El ex mandatario deberá pagar de su propio bolsillo 60,78 millones de pesos por adjudicar irregularmente el contrato de licores, violando expresas normas legales. El ex mandatario deberá pagar de su propio bolsillo 60,78 millones de pesos por adjudicar irregularmente el contrato de licores, violando expresas normas legales. El presidente Juan Manuel Santos hizo efectiva la sanción impuesta por la Procuraduría. LA NACIÓN, Neiva El presidente de la República Juan Manuel Santos hizo efectiva la sanción disciplinaria impuesta al ex gobernador Luis Jorge Pajarito Sánchez por la irregular adjudicación del contrato de licores con la firma Licorsa en el 2008.
La medida está contenida en el Decreto 0286 firmada por el jefe del Estado y por el ministro del Interior Fernando Carrillo Flórez. El ex mandatario seccional fue sancionado con suspensión por el término de diez meses. La sanción que para efectos de su ejecución fue convertida en una multa equivalente a 60,78 millones de pesos que deberá cancelar de su propio bolsillo, conforme lo ordenó la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal. Sánchez García fue sancionado en primera instancia con destitución e inhabilidad por doce años el 9 de diciembre de 2011. Sin embargo, sorpresivamente fue sustancialmente reversada el 16 de agosto de 2012 en segunda instancia. El fallo quedó ejecutoriado el 16 de agosto de 2012; surtiendo efectos a partir del 4 de septiembre de 2012, según lo certificó el jefe de la Unidad Coordinadora parata la Contratación Estatal, Camilo Andrés García Gil. Según la procuraduría, el contrato para la producción y comercialización de Doble Anís, no cumplió con los presupuestos legales y fue adjudicado en medio de total improvisación, violando los principios rectores de la contratación estatal. La misma sanción le fue impuesta a su jefe jurídica Amanda Cecilia Londoño de Perdomo. La sanción fue impuesta por Juan Carlos Novoa Buendía y María Eugenia Carreño Gómez, procuradores primero y segundo delegados para la Contratación Estatal, quienes integraron la Sala Disciplinaria. En contravía Según la Sala Disciplinaria, con el irregular procedimiento los funcionarios eludieron las exigencias regladas e inexplicablemente so pretexto de unas causales irreales desconocieron los procedimientos de selección objetiva, violando el principio de responsabilidad. Además, actuaron en contravía de los principios de eficiencia y eficacia y principalmente al margen de los principios de transparencia y responsabilidad en materia contractual. La Procuraduría censuró que el ex mandatario seccional no hubiera hecho gestión alguna para iniciar un nuevo proceso de selección para contratar la producción y comercialización y le desmontó todos sus argumentos sobre inseguridad jurídica, previsto por un supuesto proyecto de ley para regular las concesiones de licores. “Las justificaciones contenidas para adjudicar directamente no eran consecuentes con la realidad fáctica. Es un sofisma pensar que se garantizó la observancia de los principios de transparencia y selección objetiva… lo evidente es que se estuvo dando paso a una contratación casi programada, producto de una gestión inoportuna por parte de la administración del Departamento del Huila…”, argumentaron los dos procuradores. Contrario a haber iniciado un nuevo proceso licitatorio cuando terminó la concesión, “inexplicablemente se dejó pasar seis o más meses, para de manera apresurada optar por una contratación directa a espaldas de las exigencias legales”, observó la Procuraduría. Negligencia “Las pruebas son contundentes en demostrar, que antes que haberse optado por dar aplicación a la regla general que impera en materia de contratación estatal para la escogencia del contratista (licitación pública) de manera negligente, esgrimiendo como presupuestos, unos estudios previos que no consultaron la realidad fáctica y tampoco jurídica de la situación, por encima de los principios de eficiencia y eficacia que debe reinar en el ejercicio público, se procedió a hacer uso de la contratación directa, sin haber tenido la seguridad necesaria…”, reseñó la Procuraduría. “Al contrario, lo evidente es que en contravía de las reglas que rigen la escogencia del contratista, de manera fácil se optó por la contratación directa, esgrimiendo unos estudios que no comportaron la realidad fáctica y tampoco jurídica en la que se vio envuelto el Departamento del Huila para mantenerse en el mercado con su producto del cual era titular; el que además era o es la base para garantizar la salud del pueblo huilense”. “Bajo esos presupuestos -agregaron- sin ser plausible observar el esfuerzo para conjurar la situación, o por lo menos para tratar de superarla con los elementos al alcance de la administración, mal se puede hoy decir que se estuvo de cara a un error de interpretación, para ser predicable el error como causal de justificación”. En su opinión, mal podía bajo ese contexto procesal, insinuar la existencia de una causal de justificación. La sanción de destitución e inhabilidad fue sustituida por una suspensión de diez meses, convertible en una multa, por no estar en ejercicio de un cargo público, equivalente a diez salarios devengados para la época, 60,78 millones de pesos que Sánchez García deberá cancelar. La sanción además, le quedó registrada en su hoja de vida, según el Decreto 0286 que acaba de promulgar el presidente Santos. El polémico contrato El contrato de concesión 1107 fue firmado el 25 de septiembre de 2008 entre el ex gobernador Luis Jorge Sánchez y Aldemar Rojas Bustos, representante legal de la firma Licorsa, con el visto bueno de la Jefe Jurídica Amanda Cecilia Londoño de Perdomo. El contrato por un valor de 549,34 millones de pesos los cánones de arrendamiento de las bodegas, áreas de producción y maquinaria de la factoría oficial y debía ejecutarse en un plazo de siete meses.