La Nación
Sancionado operador de alimentación escolar 2 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Sancionado operador de alimentación escolar

Un consorcio valluno encargado del programa de alimentación escolar en el Huila cobró pero no suministró todas las raciones a colegios rurales del occidente del Huila. La Contraloría falló con responsabilidad fiscal. Primicia.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

La Unión Temporal Alimentación Huila, uno de los grandes proveedores del servicio de restaurantes escolares, tendrá que responder por las raciones que nunca entregó completas a los centros educativos rurales del municipio de La Plata.

Las irregularidades se registraron en mayo de 2016. Las raciones entregadas no coincidían con la minuta patrón del Programa de Alimentación Escolar (PAE) ni con las porciones canceladas pero no suministradas.

Según el personero de La Plata, Nicolás Andrés Murcia, el incumplimiento afectó a los estudiantes de las instituciones educativas rurales de San Vicente, sede Las Brisas, San Miguel, Yu Luucx Pishau, sede Potrerito,  Monserrate, Villa de los Andes y sede El Coral.

Por esas anomalías, la Contraloría General de la República profirió un fallo con responsabilidad fiscal contra los operadores del programa estatal.

El fallo a título de culpa grave cobija a Luz Mabel Pinzón Arenas, representante legal del consorcio y vocera de la Fundación Naturaleza y Vida (Fundanavi).

Curiosamente,  la gerente de la firma operadora Luz Mabel Pinzón  fue candidata al Concejo de Palmira (Valle) por el Movimiento Aico. En las elecciones del 27 de mayo pasado obtuvo 1.176 votos.

Por el mismo hecho deberá responder Juan Manuel Rojas Rojas, gerente de la Fundación Fomento Social (Fomento), integrante de la unión temporal. Los dos contratistas del Valle, operan en todo el país.

“Existe certeza del daño al erario, elemento esencial de la responsabilidad fiscal, ante el incumplimiento por parte del operador en la entrega de alimentos contratada y que le fuera cancelada”, confirmó la Gerencia Colegiada al proferir el fallo.

Contra la providencia procede el recurso de reposición. Los sancionados podrán recurrir la decisión en un plazo de diez días.

 

El contrato

El contrato de comisión 142 del 29 de 2016 fue celebrado con Correagro S.A., sociedad comisionista miembro de la Bolsa Mercantil de Colombia.

En desarrollo de este negocio y teniendo como comisionista vendedor a Comisionistas Financieros Agropecuarios (Comfinagro), la Unión Temporal Huila asumió la operación mercantil en la zona 1, que incluye a los municipios de Aipe, Altamira, Íquira, La Argentina, La Plata, Nátaga, Paicol, Palermo, El Pital, Santa María, Tarqui, Teruel, Villavieja y Yaguará.

El contrato inició el 28 de marzo de 2016. El contrato inicial fue por 8.425 millones de pesos, con un plazo de duración en 82 días del calendario escolar. Luego fue adicionado en 842 millones de pesos para un total de 9.268 millones de pesos y un plazo adicional de 22 días, llegando.  El contrato culminó el  8 de septiembre del 2016, antes de terminar el año escolar.

La irregularidad no era excepcional. La misma situación se registraba en otras regiones, lo que originó una reunión extraordinaria con los operadores, la Bolsa Mercantil y los supervisores.

Las raciones fueron compensadas en otros municipios, pero no en los centros educativos, objeto de la investigación.

 

Los hallazgos

El supervisor Rafael Enrique Barrero Jaramillo quien fue eximido de la responsabilidad fiscal, demostró que las irregularidades nunca fueron reportadas a la Gobernación y documentó las gestiones adelantadas para recuperar los faltantes.

Según el funcionario, se e realizaron visitas a tres instituciones educativas antes de que salieran a vacaciones y en las otras tres después del periodo vacacional, visitas en las que se encontraron irregularidades puestas en conocimiento del operador, acorde con la ficha técnica vigente para esa negociación”.

La tasación de incumplimiento incluyó también otras anomalías en la dotación de personal, suministro implementos de aseo y la no prestación del servicio sin justificación válida o sin permiso de la Secretaría de Educación, lo que generaba un daño patrimonial.

“Sin embargo- dijo- la Gobernación del Huila buscó una indemnización por todos los perjuicios causados en el trimestre de abril a junio de 2016 por mal funcionamiento del operador de la zona 1, al no entregar completas las raciones escolares, no suministrar la dotación completa, ni entregar elementos de aseo, entre otros, hechos reconocidos por el operador”.

 

Sancionado operador de alimentación escolar 8 28 marzo, 2024

 

El acuerdo

El jefe de contratación de la época, Juan Carlos Casallas, le pidió a la Bolsa Mercantril la declaratoria de incumplimiento de la operación. Sin embargo, no prosperó.

A pesar de los incumplimientos continuaron operando el servicio, luego de un acuerdo logrado en el comité de conciliación. La empresa contratista se comprometió a devolver cien millones de pesos,  representados en raciones adicionales de servicio de alimentación en las mismas condiciones de calidad, cantidad y precio contemplados en el negocio.

“Las falencias que identificó el Personero de La Plata fueron genéricas y basadas en alimentos preparados, cuando cada alimento se considera en estado crudo. De ahí surgieron las diferencias en gramajes”, explicó la gerente de la firma operadora Luz Mabel Pinzón Arenas.

“Al final se logró una indemnización global como una solución adecuada donde las partes se declararon a satisfacción, sin generar desequilibrio financiero o contractual”, anotó.

Por su parte Juan Manuel Rojas Rojas, gerente de la Fundación Fomento Social (Fomento), el socio estratégico, aseguró que las diferencias presentadas e investigadas fueron subsanadas por el comité arbitral que se realizó en la Bolsa  Mercantil, que administra el sistema de ofertas públicas.    Sin embargo no entregó los soportes.  En ese comité participaron Correagro, Comfinagro, funcionarios de la Gobernación y miembros de la Unión Temporal Alimentación Huila.

Aun así,  la Contraloría puso en duda la devolución  y estimó que no hubo evidencias de esa compensación que  sí funcionó en otros municipios.

En el caso de La Plata, no hubo compensación. Las actas de la entrega nunca fueron adjuntadas. Tampoco  los planes de mejoramiento.

La Sociedad Comisionista de Bolsa (Correagro) reportó a la Bolsa Mercantil las mismas anomalías.  Además, reportó la falta de carpetas de control establecidas en la Ficha Técnica de la negociación y  la falta de pago a manipuladoras y proveedores, según las quejas presentadas por rectores de instituciones educativas de los municipios de La Argentina, Santa María y Aipe, todas dirigidas al supervisor Rafael Enrique Barrero.

“Por el contrario deja de presente que por parte de la Gobernación no se realizó un estudio acorde a la realidad de la prestación del servicio del programa de alimentación escolar en la zona 1 del Departamento”, precisó.

Sancionado operador de alimentación escolar 9 28 marzo, 2024
Luz Mabel Pinzón fue candidata al Concejo de Palmira

Sin evidencia

“No existe evidencia de que las irregularidades investigadas formaran parte del acuerdo fruto del comité arbitral puesto que no hay documento alguno que compruebe esta afirmación o que haga referencia a diferencias en las cantidades de alimentos entregados en comparación con la minuta patrón del Ministerio de Educación. Tampoco que hayan sido objeto de planes de mejora o compensaciones”, precisó el investigador.

El pacto suscrito por las partes ante la BMC sobre un arreglo total y definitivo respecto al negocio hasta esa fecha, julio 7 de 2016 no podía pretenderse indemnizaciones, sanciones o descuentos adicionales”, aclaró. “Este acuerdo,  no implica que las irregularidades evidenciadas por la Contraloría dejen de constituirse en un detrimento al patrimonio estatal, pues se trata de recursos públicos que dejaron de ejecutarse para cumplir su fin social, en este caso el Programa de Alimentación Escolar (PAE) a de los niños de las instituciones educativas de La Plata”.

En estas condiciones, la empresa Alimentación Huila quebrantó  los lineamientos técnicos administrativos, los estándares y las condiciones mínimas del programa estatal, de obligatorio cumplimiento y aplicación para todas las entidades territoriales, los actores y operadores.

Según esta regulación, los operadores deben remitir la entrega de las raciones para cada institución educativa en los formatos oficiales,  de acuerdo con los cupos asignados para cada una. De estos formatos se debía dejar copia en los comedores escolares y reponer los faltantes de alimentos o las devoluciones de los mismos que no cumplieran con las características establecidas en las fichas técnicas, en un tiempo no mayor a 24 horas después de evidenciarse el faltante, lo que en este caso no ocurrió.

“La unión temporal y los miembros que la conformaban no dieron cabal cumplimiento a sus obligaciones puesto que, en algunas de las instituciones educativas de La Plata no entregaron la cantidad de alimentos establecidos en los lineamientos técnicos del Ministerio de Educación”, concluyó la Contraloría.

Es más, el operador no adelantó gestión alguna para corregir las anomalías, omitió el respectivo registro en los formatos oficiales y por lo tanto,  compensación o descuento del valor a cancelarle por la prestación del servicio.

“La unión temporal conoció oportunamente las deficiencias y no las subsanó, ni las comunicó o registró para conocimiento de las demás partes involucradas en el negocio. Tampoco realizó las devoluciones”, precisó.

“La omisión comprobada en el cumplimiento de su deber se ajusta a los preceptos establecidos para la culpa grave, ya que no empleó del debido cuidado en la labor que ejecutaba o en el negocio ajeno que se le encomendó”, subrayó.