La Nación
Se desplomó adición por $10.702 millones para atención de la pandemia en Neiva 2 19 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Se desplomó adición por $10.702 millones para atención de la pandemia en Neiva

Por incorporar obras ajenas a la emergencia sanitaria, la sala plena del Tribunal Administrativo del Huila, anuló la reasignación de partidas presupuestales ordenada por el alcalde de Neiva Gorky Muñoz. El Decreto 0367 fue expedido con una falsa motivación que provocó el inesperado colapso financiero.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

Los movimientos presupuestales realizados por el alcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón para atender los efectos de la pandemia, se derrumbaron sorpresivamente, en momentos en que avanzamos raudos al pico de la epidemia global.

La adición presupuestal por 10.702 millones de pesos, autorizada mediante Decreto 0367 del 24 de marzo de 2020 quedó por fuera del ordenamiento jurídico y en consecuencia perdió fuerza ejecutoria por ilegal.

El Tribunal Administrativo del Huila, lo invalidó, en una dividida votación, al incorporar partidas ajenas a la atención de la emergencia sanitaria, incluyendo obras de infraestructura para otros fines.

La nulidad fue decretada por la sala plena, conformada por seis magistrados, con la intervención del ex magistrado Jorge Augusto Corredor, quien actuó como conjuez para desempatar la reñida votación.

La decisión de única instancia hizo tránsito a cosa juzgada y por lo tanto, no tendrá ningún recurso.

El fallo fue proferido al realizar la revisión automática de los decretos con fuerza de ley, expedidos por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia económica y sanitaria.

 

Partidas reasignadas

La reasignación de las partidas corresponden a recursos por mayor recaudo y saldos sin ejecutar incluyendo rendimientos financieros de la vigencia fiscal de 2019 y partidas de destinación específica, en este caso ‘intocables’ para otros menesteres.

La reorientación de los recursos corresponden a saldos vigencias anteriores de multas por comparendos y sanciones;   regalías petrolíferas directas; saldos de vigencias anteriores del Sistema General de Participaciones, asignaciones especiales desahorro Fonpet para educación; saldos no ejecutados de vigencias anteriores del Fondo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres y hasta los recursos para el sistema de alertas tempranas destinadas para los corregimientos de Fortalecillas y Vegalarga.      |

Entre las apropiaciones figuran 2.600 millones de pesos para la Secretaría de Gobierno, para obras diferentes a la atención del Covid-19. Las partidas se asignaron en el componente institucional de justicia y seguridad, para reducir la tasa de homicidios a través de los planes de seguridad y obras de infraestructura como la construcción de un centro de reclusión para menores en el barrio Bogotá a la que le habían asignado 500 millones de pesos, según lo admitió el titular de esa cartera, Faiver Hoyos.

Igualmente incluía el diseño y construcción de una subestación de bomberos en el oriente de Neiva; la adquisición de equipos para atención de emergencias; modernización del cuerpo de bomberos oficiales.

En la adición figuraban recursos por 1.200 millones para un programa de prevención de accidentes de tránsito, control y vigilancia de la movilidad y reducción del riesgo.

Se desplomó adición por $10.702 millones para atención de la pandemia en Neiva 8 19 abril, 2024
Las partidas polémicas

Contrapunteo

Según la administración municipal, la adición cumplió con la normatividad excepcional que autorizó temporalmente a los gobernadores y alcaldes para la reorientación de rentas y la reducción de tarifas de impuestos territoriales, en el marco de la emergencia económica.

Los movimientos presupuestales fueron autorizados por el Comfis realizado el 24 de marzo de 2020, incluyendo las rentas de destinación específica.

Sin embargo, el procurador 153 Judicial de Neiva, David de la Torre Vargas, formuló serios reparos de legalidad que determinaron finalmente su inesperado desplome.

En su criterio la adición debe anularse por ilegal teniendo en cuenta que no existen criterios en la motivación del acto administrativo que permitan identificar que los recursos por el orden de 2.600 millones de pesos destinados a la Secretaría de Gobierno para rediseñar, aprobar e implementar los planes integrales de seguridad y convivencia ciudadana estén directamente relacionados para atender los gastos en materias de su competencia, que sean necesarios para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, en el marco de lo dispuesto en el Decreto 417 de 2020.

“Estos –dijo- son programas con fines específicos determinados por la ley que no tienen relación directa con los aspectos de la pandemia y, por ende, de la emergencia sanitaria ni del Estado de excepción, adicionalmente, se enmarcan dentro de un rubro presupuestal encaminado a la “reducción de la tasa de homicidios”.

“Con fundamento en lo anterior, el Gobierno Municipal no debió acudir a las facultades excepcionales invocadas en el decreto para realizar la modificación que hace la norma acusada, como quiera que dicho movimiento no está justificado en hacer frente a las causas que dieron lugar a la emergencia”, acotó el agente del Ministerio Público.

Desde perspectiva,  la adición sí estaría destinada a hacer frente directamente a la emergencia sanitaria, como en el caso de los recursos para la compra de elementos de protección a los agentes de tránsito o al fortalecimiento y compra de equipos especializados para la atención de emergencias o destinados al fondo de gestión del riesgo del municipio, empero, ello no ocurrió con un rubro de 2.600 millones de pesos asignados para otras actividades.

“Lo cierto es que el alcalde Gorky Muñoz fundamentó la expedición del acto en la emergencia sanitaria y en el estado de excepción, materializando un movimiento presupuestal que no se enmarca en tales fines”, explicó el agente del Ministerio Público.

En su criterio, “constituye un desconocimiento a las normas en que debe fundarse y una falsa motivación que dan lugar a su nulidad total, teniendo en cuenta que se trata de un movimiento presupuestal que no puede nulitarse parcialmente, pues las cifras globales son la suma de cada rubro o tipo de gasto”. Esa fue la estocada definitiva para que se decretara la nulidad total y no parcial, como se pensó inicialmente.

“En ese orden, las entidades territoriales, como lo es el Municipio de Neiva tienen la facultad de redistribuir las rentas internas, sin autorización del concejo municipal durante los estados de excepción, siempre y cuando la medida se adopte para conjurar las causas que dieron origen a la emergencia y cuando haya normalidad institucional, deben atender la normativa aplicable al presupuesto municipal”, precisó.

 

La nulidad

“La reorientación de rentas destinadas a disminuir los efectos del virus Covid-19, deben ser de destinación específica como lo indica el Decreto 461 de 2020, distintas a los denominados recursos ordinarios, especificidad que no cumplen los ingresos en cuantía de $10.701.753297”, subrayó el Tribunal Administrativo.

“Es claro que las atribuciones de reorientación de rentas que se otorgó a alcaldes y gobernadores, están restringidas para las ‘rentas de destinación específica’ que no sean de creación constitucional, es decir, rentas de destinación específica de creación legal, sin que se puedan ejercitar para reordenar rentas ordinarias o que no tienen por virtud de la ley o de la constitución, una finalidad específica y concreta”.

“En manera alguna debe entenderse como una atribución en blanco o sin límites para reordenar en su totalidad el presupuesto de rentas municipales”, concluyó.

En resumen: el Decreto 0367 de 2020 revisado debe ser anulado en su integridad, pues las modificaciones al presupuesto que en él se contienen, son de rentas que carecen de destinación específica y debieron ser tramitadas a través del concejo municipal; no recurriendo a facultades extraordinarias que solo lo autorizaban para reordenar rentas de destinación específica.

 

Se desplomó adición por $10.702 millones para atención de la pandemia en Neiva 9 19 abril, 2024
La adición de partidas no excepcionales tendrá que autorizarlas el Concejo de Neiva.

La polémica

En ese orden, las entidades territoriales, como el Municipio de Neiva, tienen la facultad de redistribuir las rentas internas, sin autorización del concejo municipal durante los estados de excepción, siempre y cuando la medida se adopte para conjurar las causas que dieron origen a la emergencia.

La adición incluyó partidas con destinación específica que no podían utilizarse para otras actividades, entre ellas los saldos de multas por comparendos y sanciones, que deben será destinarse exclusivamente para compra de elementos a los agentes de tránsito incluido los de protección sanitaria para esta emergencia.

Igualmente los recaudos del fondo de seguridad de la vigencia anterior, recursos destinados al Fonsecon; así como los mayores recaudos y saldos pendientes de la sobretasa bomberil, exclusivos para el fondo bomberil.

Los demás recursos de la millonaria adición se destinaron al Fondo Municipal de Gestión del Riesgo.

 

Proyectos ajenos

Adicionalmente, la administración incorporó otros recursos para proyectos y obras de infraestructura, ajenos a las acciones para enfrentar o mitigar los efectos de la pandemia que deja  hasta la fecha en la capital huilense 15.128 infectados y 392 muertos.

Para la Secretaría de Gobierno fueron apropiados 2.600 millones de pesos no tiene conexidad y no cumple el requisito de necesidad presupuestal. Además, no tiene relación alguna con las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y como lo indicó el procurador judicial, David de La Torre Vargas.

Se destinaron recursos para la reducción de la tasa de homicidios mediante la ejecución del plan de seguridad, tema, si bien trascendental en la actividad de la administración, no está conectado con las facultades otorgadas al alcalde.

“El aludido movimiento presupuestal no tiene la finalidad de afrontar y contrarrestar los efectos sanitarios y de salubridad pública”, anotó el magistrado José Miller Lugo.

Las apropiaciones de gastos con destino al eje estratégico ambiental, para el componente prevención y atención de desastres, gestión de riesgo, fortalecimiento del proceso de conocimiento del riesgo, mitigación en zonas declaradas de alto riesgo, no tienen ninguna relación con la atención de la pandemia.

Tampoco el proyecto para el diseño y la construcción de la subestación de bomberos en la zona oriente al que le asignaron 1.300 millones de pesos ni el proyecto de modernización del cuerpo de bomberos oficiales de Neiva por valor de 100 millones de pesos.

“Estas apropiaciones tampoco se justifican ni se relacionan con las acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica como lo exige específicamente el Decreto 461 del 22 de marzo de 2020.

“Por ello, estas apropiaciones carecen de sustento legal y deben ser anuladas al desconocer el principio de necesidad y de conexidad”, anotó el magistrado Lugo Barrero quien salvó su voto.

Las demás apropiaciones, en su criterio, debieron dejarse incólumes. Esta posición fue respaldada además por los otros dos magistrados que también salvaron su voto.

Sin embargo, los otros cuatro magistrados, se sumaron a la posición del procurador judicial,  según la cual movimiento presupuestal que no puede nulitarse parcialmente, pues las cifras globales son la suma de cada rubro o tipo de gasto.

Salvaron su voto José Miller Lugo, Beatriz Teresa Galvis Bustos y Gerardo Iván Muñoz. El magistrado Enrique Dussán Cabrera, también aclaró su voto, reiterando su apoyo a la ponencia que resultó victoriosa.

“Al clarificarse la naturaleza de los recursos (que son de origen ordinario, no especiales), he estado de acuerdo que no se tipifica con lo establecido en el Decreto 461 de 2020, por lo que todo el Decreto es nulo, como efectivamente voté en su momento”, precisó Dussán Cabrera.

Se desplomó adición por $10.702 millones para atención de la pandemia en Neiva 10 19 abril, 2024