La Nación
¡Se salvó consulta en la Usco! 3 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

¡Se salvó consulta en la Usco!

La convocatoria para elegir rector en la Universidad Surcolombiana recobró su dinamismo al naufragar una tutela solicitando la suspensión. Los ministerios de Salud y Educación fijaron su posición.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

La consulta estamentaria para la elección de rector de la Usco sobrevivió a la acción de tutela que pretendía su naufragio.

El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Neiva le lanzó el salvavidas y evitó la prolongación de la interinidad que completó dos años.

Apelando a la autonomía universitaria, de origen constitucional, instituida en la Ley 30 de 1992, el funcionario judicial declaró improcedente la tutela instaurada por un grupo de estudiantes, docentes y egresados, argumentando que la elección en medio de la pandemia, afectaría la participación estamentaria y por lo tanto, la legitimidad.

El juez Carlos Ortiz Vargas, estimó que en este caso, no se configuraba una “afectación inminente” del derecho ni la urgencia de las medidas para remediar un perjuicio irremediable. Por lo tanto, los autores de la tutela tienen otros medios de defensa, como la acción de nulidad.

El medio de control ciudadano pretendía la suspensión de la consulta, prevista para el 18 de marzo próximo, hasta que la Universidad Surcolombiana no garantice el retorno seguro a las actividades académico administrativas y se adopte un protocolo específico para el manejo del riesgo de contagio en el proceso electoral.

La decisión dejó incólume la oxigenada convocatoria y mantuvo intacto el calendario electoral.

Espaldarazo

En el mismo sentido se pronunció el ingeniero Luis Alberto Tamayo, uno de los ternados, quien se opuso a la suspensión del proceso estamentario.

“El Consejo Superior no está vulnerando ningún derecho fundamental a los accionantes, todo lo contrario, al expedir el Acuerdo 001 del 29 de enero de 2021, que levantó la suspensión del proceso, lo que precisamente pretende es garantizar la realización de la consulta”, afirmó al oponerse a la suspensión indefinida.

Además, respaldó la realización de la consulta para el 18 de marzo, considerando que ya no existe restricción para la movilidad, ni medidas de aislamiento, debido a la menor letalidad y velocidad del contagio, como ha quedado evidenciado en las últimas semanas.

Tamayo Manrique fue el único de los tres candidatos que se sumó al debate. Los dos otros dos ternados, Nidia Guzmán y Nelson Gutiérrez Guzmán, no se pronunciaron.

Si pero no

El Ministerio de Salud, curiosamente, no se pronunció de fondo sobre las elecciones en medio de la pandemia con riesgos de aglomeraciones.

Frente a la viabilidad de continuar con procesos electorales y demás mecanismos de participación ciudadana y, la expedición de un protocolo específico para ello, el Ministerio de Salud advirtió que esta decisión, en el marco de sus competencias, le corresponde a la autoridad administrativa -Usco- definir si se implementa la actividad solicitada, o si, por el contrario, esta puede ser aplazada o reevaluada teniendo en cuenta la situación actual de nuestro país a causa de la pandemia.

“Las entidades o autoridades del distinto orden nacional, deben cumplir con sus funciones a menos que sea definido de manera tacita o expresa la suspensión de alguna de ellas, situación que no se ha dado para el caso que nos máxime cuando el Ministerio ocupa y de Salud y Protección Social en cumplimiento de sus obligaciones ha emitido protocolos de bioseguridad que permiten el cuidado de la salud de la población en general y al tiempo la reactivación de diferentes actividades”.

Reiteró que la vigilancia y cumplimiento de los protocolos de bioseguridad de las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública estará a cargo de la Secretaría Municipal o Distrital o la entidad que haga sus veces, que corresponda a la actividad económica, social o al sector de la administración pública de acuerdo a la organización administrativa de cada entidad territorial municipal o distrital.

“En el presente caso, no se evidencia acción u omisión concreta, atribuible a dicho ministerio, de la cual se pueda deducir afectación alguna al debido proceso, a la participación democrática, a la revocatoria del mandate de los elegidos, invocados por los accionantes y que sean provocados por este, por lo que en consecuencia el amparo debe ser denegado”.

 

Como Pilatos

Aunque el Ministerio de Educación Nacional hace parte del Consejo Superior y su delegada, Carolina Guzmán Ruíz, preside el organismo directivo se mostró, sorpresivamente, ajeno a la consulta estamentaria. Olímpicamente, como Pilatos, se lavó las manos.

“El Ministerio de Educación con base en la autonomía universitaria, reconoce a las instituciones de educación superior el derecho designar sus autoridades académicas y administrativas no ha establecido protocolos para llevar a efecto elecciones en general, sin embargo, resalta que mediante la Directiva Ministerial No. 13 ha brindo orientaciones para el manejo de la emergencia”, aseveró.

“Esas recomendaciones-dijo- se enfocan principalmente en el retorno progresivo a la presencialidad con alternancia; dichas orientaciones, deben ser atendidas por las instituciones de educación superior, en coordinación con las autoridades regionales y locales y sus orientaciones particulares”.

Registraduría

La Registraduría Nacional del Estado Civil también se apartó de cualquier pronunciamiento.

“La Registraduría no es la entidad llamada a responder por lo requerido por los accionantes, en tanto que no tiene atribuida la facultad constitucional o legal para dirigir y organizar los eventos electorales como el que motiva la presente acción constitucional y por lo tanto la de suspender los actos emitidos por parte del Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana.

“Aun cuando en algunas oportunidades brinda asistencia a los procesos eleccionarios de diferente índole, como sería el caso de una elección del rector de un establecimiento de educación superior, si este lo solicita, la misma se circunscribe exclusivamente a prestar el apoyo logístico en su realización, sin que esto implique tomar o interferir en las decisiones adoptadas por estos de acuerdo con sus estatutos y reglamentos”, precisó.

No obstante, -dijo- teniendo en cuenta la actual situación de salud pública, originada por la pandemia por el coronavirus covid-19, la RNEC ha adelantado todas las acciones para garantizar simultáneamente el deber de organizar los comicios y mecanismos de participación ciudadana y de contar con unas condiciones de bioseguridad y salubridad que no pongan en riesgo a toda la población que interviene en el desarrollo de las elecciones.

¡Se salvó consulta en la Usco! 9 28 marzo, 2024

Avales

La Secretaría de Salud de Neiva confirmó que la entidad realizó el 15 de febrero del presente año una inspección a las instalaciones de la Universidad Surcolombiana con el fin de verificar la lista de chequeo del Protocolo de bioseguridad para el manejo y control de la pandemia.

“A la fecha ninguna institución incluida la Universidad Surcolombiana ha presentado ante dicha entidad, protocolo alguno para llevar a cabo elecciones en general”, reportó la Secretaría de Salud del Huila.,

Otra mirada

Por su parte la Universidad Surcolombiana defendió la convocatoria y se opuso de frente a un nuevo aplazamiento, que implicará la continuidad de la interinidad, iniciada el 14 de febrero de 2019, cuando la titular Nidia Guzmán, nuevamente candidata, fue suspendida por el Consejo de Estado.

“La Usco –dijo- ha hecho grandes esfuerzos para dar continuidad a sus procesos académicos y administrativos pese al tiempo de pandemia a través de la virtualidad”.

En su criterio, el voto en blanco hasta la fecha ha tenido las mismas garantías de participación y difusión en los debate realizados que los candidatos ternados. “No resulta acorde a la realidad afirmar que la imposibilidad de realizar el último debate agendado es una limitación de la institución al derecho a la información de los electores”, aseguró.

“Bajo las actuales restricciones no sería autorizado un retorno a las aulas de la sede central, ni mucho menos una reunión de la comunidad universitaria con los riesgos de aglomeración para realizar el debate”.
“Tampoco se considera pertinente pretender la suspensión del proceso electoral de manera incierta e indefinida hasta que se logren condiciones de normalidad y presencialidad previas a la pandemia. Esta situación afectaría seriamente la estabilidad administrativa y gobierno de la institución”, precisó el rector de la institución, Hernando Gil Tovar al analizar la acción judicial.

Consulta virtual

Así mismo dejó en claro los avances para una consulta virtual, por ahora, descartada.

El voto electrónico fue aprobado como una alternativa de elección para los diferentes estamentos y elección de rector, actualmente en proceso de estructuración técnica para poder implementarse hacia el futuro con todas las garantías de seguridad y complejidad. Por ahora resultaba imposible por obsolescencia lo que implica la actualización de la plataforma tecnológica.

El Jefe del Centro de Información, Tecnologías y Control Documental confirmó que adicionalmente dos servidores se quemaron y deben ser reemplazados.

La Usco consideró que la pretensión de garantizar el traslado de todos los estudiantes desde el lugar de residencia hasta las sedes de votación, resulta desbordada. La misma garantía debería extenderse a los graduados, docentes y administrativos por derecho a la igualdad, lo cual sería una tarea extremadamente compleja para la Universidad.

“Que estas elecciones no se desarrollen en las condiciones habituales acostumbradas no significa la inmediata amenaza o vulneración a los derechos invocados, con los comicios se busca garantizar su derecho a elegir y ser elegidos en condiciones que garanticen su salud en medio de las actuales condiciones de emergencia”, precisó Gil Tovar.

¡Se salvó consulta en la Usco! 10 28 marzo, 2024

Protocolos

Según voceros de la institución, están en trámite de aprobación e implementación de los protocolos de bioseguridad en cada una de las sedes, los cuales a su vez deben ser aprobados y autorizados por las secretarías de salud.

En Neiva ya fueron avalados los protocolos con algunas recomendaciones para su ejecución. Para la sede de Pitalito la administración municipal aprobó el protocolo. Están pendientes las autorizaciones para Garzón y La Plata.

Estimaron que tal como se han diseñado los protocolos no habrá aglomeración. Para la consulta se dispuso por una única vez y por unos minutos la asistencia a las sedes de los electores bajo el distanciamiento mínimo de dos metros de separación entre los usando e implementando las condiciones y elementos de bioseguridad, previendo su rápida rotación para evitar su aglomeración.

Improcedente

En estas condiciones, el juez Segundo Civil del Circuito de Neiva, Carlos Ortiz Vargas, apelando a la autonomía universitaria, declaró improcedente la tutela y dejó en firme la realización de la consulta.

Sin embargo, insistió en la urgencia de mantener los protocolos de bioseguridad y garantizar una amplia participación en el certamen democrático.

“A fin de garantizar los derechos políticos electorales de los ciudadanos en los distintos ámbitos territoriales en los que se ha convocado a elecciones de cualquier índole, resulta fundamental que los procesos electorales que se desarrollen, cumplan con todas las garantías técnicas y de bioseguridad para lograr tanto una amplia participación ciudadana, como resultados confiables que brinden legitimidad a los funcionarios electos, y la elección de rector de la Universidad Surcolombiana no es ajena a esta situación”, anotó el operador judicial.

“Para esto, resulta indispensable la adopción de todas las medidas necesarias y posibles que permitan que los actores políticos puedan realizar proselitismo y que los electores cuenten con información suficiente para la emisión de su voto; así como que todos los participantes en los procesos electorales lo hagan en condiciones de seguridad y confianza”, enfatizó Ortiz Vargas.

El funcionario anotó que el voto electrónico, al no ser obligatorio, sino como una alternativa no es posible darle aplicación de manera forzosa, “Esto no sería óbice, para que de no aplicarlo, se tengan que suspender las elecciones hasta su implementación”, acotó.