La Nación
Todo colombiano tiene derecho a un bono pensional 1 28 marzo, 2024
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Todo colombiano tiene derecho a un bono pensional

Todo lo que debe saber para poder acceder al bono pensional, bien sea independiente o por medio de la entidad, compañía o empresa contratante.

Según lo prescribe la ley, en el territorio nacional toda persona vinculada con contrato formal a una empresa debe cotizar salud y pensión, bien sea por cuenta propia o con el apoyo del contratante.

Cuando un colombiano cotiza pensión con Colpensiones o con cualquier entidad privada o pública se tiene derecho de inmediato a un bono pensional que equivale a los aportes mensuales realizados en el trascurso de su vida laboral en las empresas encargadas de su ingreso en la vejez.

Se deben tener al menos 1.000 semanas de cotización, lo que quiere decir que se debe haber aportado por más de 19 años.

Cuando se cumpla este tiempo se debe solicitar el bono cuando falten 2 años para ser pensionado. Es importante tener en cuenta que según la le ley de 2015, la edad para acceder a la pensión, para las mujeres es de 57 años y los hombres es de 62 años de edad.

Si, por situaciones extraordinarias se debe anticipar la solicitud de este bono, por incapacidad laboral o muerte del afilado, solo pueden hacerlo las personas que hayan alcanzado a cotizar 160 semanas, que equivalen a tres años a Colpensiones o a la Caja de Fondos Pública que se esté afiliada.

Al bono, pueden acceder las personas que han trabajado en entidades públicas o privadas que reconocen su pensión mensual.

Cuando la persona tenga la documentación al día y validada deberá presentarla ante la Oficina de Bonos Pensionales (OBP) o la entidad correspondiente para que emita el bono pensional. El fondo de pensiones hace la solicitud a los emisores y se cobra para conformar el capital que complementará la pensión.

Es de resaltar que el bono tiene los mismos rendimientos sin importar la fecha en la que fue solicitado. Los intereses van desde el día del traslado y del inicio de la cotización en el fondo de pensiones privado hasta la fecha de pensión por vejez, invalidez o sobrevivencia.