La Nación
Una medida con muchos dientes 1 19 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Una medida con muchos dientes

Sergio Felipe Salamanca

Gran conmoción generó en Colombia la noticia sobre el levantamiento de veda del caimán aguja, sin embargo, es importante recalcar el hecho que muchos medios de comunicación contaron la noticia a medias, generando una ola de críticas contra las entidades ambientales nacionales.

Reconozco que luego de leer la noticia sentí una gran desilusión por el retroceso que en materia ambiental acaba de dar el país, pero a la vez sentí la necesidad de llegar al fondo del asunto y conocer los verdaderos motivos que llevaron a una decisión que aparentemente es injustificable.

Nada mejor para comenzar que la misma Resolución 2298 de 2018 del Ministerio de Ambiente, mediante la cual se levantó parcialmente “(…) la veda establecida en la Resolución 573 de 1969 del INDERENA para la especie caimán de aguja o caretabla (Crocodylus acutus) (…)”. Esta resolución presenta una estructura en la que sustenta su decisión en una serie de consideraciones jurídicas y técnicas.

En materia jurídica, se hace un recuento de las diferentes leyes que desde mediados del siglo pasado han regido la materia, citando entre otras, a la Ley 23 de 1973 y al Decreto Ley 2811 de 1974 (Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente); la Ley 99 de 1993 “Ley general ambiental de Colombia” y el Decreto 1076 de 2015 “Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.

Complementando sus argumentos jurídicos, la resolución incluye argumentos de carácter técnico, según los cuales, luego que la especie haya estado al borde la extinción, se logró implementar un programa de protección y conservación en el que sus antiguos cazadores se convirtieron en los principales guardianes, logrando una satisfactoria recuperación de la especie.

A partir de esta experiencia se decidió permitir que las comunidades de la bahía de Cispatá, Tinajones, La Balsa y sectores Aledaños del departamento de Córdoba que habían participado activamente en la recuperación de la especie tuvieran la posibilidad de beneficiarse económicamente de la misma, pero siguiendo las estricticas condiciones impuestas por la resolución.

Para concluir, estimo que la resolución guarda armonía entre la realidad y su argumentación, sin embargo, brilla por su ausencia las referencias a la Ley 1774 de 2016, la cual reconoce la calidad de seres sintientes a los animales, lo que mantiene el debate entre los derechos de los animales vs los derechos a la subsistencia de ciertas comunidades.