La Nación
‘Usco desvió recursos de la estampilla’ 1 17 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

‘Usco desvió recursos de la estampilla’

La Contraloría confirmó que algunos recursos provenientes de la estampilla se están invirtiendo en gastos de funcionamiento y no en ampliación de la infraestructura física. También insistió en falencias en la provisión del pasivo pensional para catedráticos y temporales.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

La Contraloría General de la República confirmó que algunos recursos recaudados por la estampilla Prousco, se están invirtiendo en sectores no contempladas en la ley que revivió este mecanismo de financiación alterna.

El tema fue ventilado en febrero pasado durante un debate de control político realizado en la Asamblea Departamental. Sin embargo, directivos de la entidad, negaron la supuesta desviación para otros rubros distintos a los legalmente autorizados.

La conclusión está contenida en los resultados de la última auditoría, donde además, precisó supuestas anomalías en materia de contratación, mantuvo las observaciones sobre las fallas en la constitución de los pasivos pensionales para catedráticos y docentes temporales.

Al final, la agencia fiscalizadora constituyó 20 hallazgos administrativos, de los cuales seis tienen presunta connotación disciplinaria, uno con solicitud de proceso administrativo sancionatorio y uno con otra incidencia, los cuales se trasladarán a las autoridades competentes.

A pesar de los hallazgos y algunas inconsistencias en los sistemas de control, la cuenta de la Usco fue fenecida, lo que significa que pasó el examen fiscal, según lo confirmó la contralora Delegada para el sector Educativo, Rubiela Mercedes Benavides Paz.

Entre los hallazgos detectados durante el proceso auditor figuran especialmente los relacionados con la provisión en demandas y litigios; debilidades en conciliación entre contabilidad y presupuesto de las cuentas por pagar; registro inadecuado en anticipos convenios con fondos especiales y deficiencias en la presentación de las notas a los estados financieros, debilidades en conciliación de cartera.

 

Desviación

Según la Ordenanza 005 de 2017 que reanudó el cobro de la estampilla, el producido de la emisión luego de deducido el 20%  irá a los fondos de pensiones de la entidad, el resto se destinará al mantenimiento o ampliación o adecuación de la infraestructura física y centros de investigación.

Por lo menos en dos contratos se evidencia que el objeto no se encuentra dentro de los fines autorizados por cuanto no se permite adquirir con recursos de la estampilla software y licencias relacionadas con la infraestructura tecnológica.

“La anterior situación, se presenta por falta de control y seguimiento de las áreas de planeación, contratación y de control interno conllevando a que los rubros presupuestales adquisición, materiales y equipos educativos  se empleen a fines diferentes de los previstos en la Ley 1814 de 2017”, precisó la contralora Delegada para el sector Educativo, Rubiela M. Benavides Paz.

 

Los contratos

La desviación de recursos se registró por lo menos en dos casos. El primero, fue el contrato de compraventa 296 del 12 de noviembre de 2019, cuyo objeto fue la compra de la renovación de la licencia Red Hat Enterprise Linux Server, Stándard para los servidores del Centro de Tecnología de Información y Comunicaciones de la universidad por $23.427.958. El contrato fue ejecutado.

El segundo fue el contrato de compraventa OC-324 del 9 de diciembre de 2019 cuyo objeto fue la compra de un software especializado para computadores del laboratorio de audiovisuales del Programa de comunicación Social y periodismo para la sede de Pitalito. El contrato tuvo un costo de $28.700.832 y fue ejecutado.

 

La otra cara

El ex rector Pablo Emilio Bahamón, explicó que los recursos deben destinarse para cubrir todas las demandas presupuestales y principalmente el déficit de infraestructura, sin que su destinación sea exclusivamente en este segmento.

En su criterio, estos contratos eran necesarios para el adecuado desarrollo y mantenimiento, como son la renovación de licencias y software para el funcionamiento del laboratorio audiovisual.

La misma versión la sustentó en febrero pasado durante el debate en la Asamblea.

No obstante, la Contraloría General mantuvo el reparo fiscal presunta connotación disciplinaria “por cuanto no se allegó prueba que demostrara que las licencias y el software adquiridos con recursos de estampillas son programas que contribuyen a elevar el nivel científico del claustro universitario, son bienes necesarios y hacen parte de la infraestructura tecnológica, sin embargo, con su adquisición no se logra elevar el nivel científico que busca la Ley 1814 de 2016”.

‘Usco desvió recursos de la estampilla’ 7 17 abril, 2024
El ex rector Pablo Emilio Bahamón durante el debate de control sobre la inversión de recursos de la estampilla.

Pasivo pensional

Según la auditoría se presenta incertidumbre en la constitución de pasivo pensional, el cual se consideró material, pero no generalizada, aunque no supera la materialidad, en razón a que la Universidad presenta obligaciones que se derivan del sistema general de pensiones que están en proceso de estudio jurídico y financiero.

A 31 de diciembre de 2019, la cuenta 2514 – beneficios pos empleo pensiones por $225.986.802, presenta incertidumbre, en razón a que no se ha consolidado la información de los 888 catedráticos y ocasionales cátedra, a los cuales se les omitió la afiliación y pago de aportes a seguridad social en pensiones, en el periodo comprendido entre 1996 a 2010.

Según la Usco se han venido realizando gestiones para la estimación del pasivo pensional, sin que se haya podido establecer el cálculo actuarial real.

“Por falta de gestión, control y seguimiento de la Oficina Asesora Jurídica y la Vicerrectoría Administrativa -Talento Humano, que puede ocasionar impacto sobre el patrimonio y sus utilidades, conllevando a que se presente incertidumbre en la subcuenta 315101- ganancias o pérdidas actuariales por planes de beneficios pos empleo de la cuenta 3151 – ganancias o pérdidas por planes de beneficios a los empleados”, precisó el organismo de control.

La respuesta

“La constitución del patrimonio autónomo tuvo como sustento un supuesto erróneo, en la medida que la Universidad nunca podrá reconocer pensiones de jubilación a docentes de cátedra por la prestación de sus servicios”, contestó la entidad para desatender la instrucción.

“Esas obligaciones, según respondió el entonces vicerrector administrativo, deben ser asumidas con los instrumentos que otorga la Ley 100 de 1993 para el cumplimiento de obligaciones de empleadores por el no pago o afiliación de trabajadores al sistema general en pensiones”.

 

Las obligaciones

La misma advertencia había sido formulada el año pasado por la Agencia Fiscalizadora, sin que se haya resuelto. No obstante, los funcionarios encargados le hicieron el quite para incumplir la orden expedida por el Consejo Superior, en el sentido de ordenar la constitución del patrimonio autónomo.

“Más que una simple contingencia o riesgo, existe para la Universidad Surcolombiana una verdadera obligación derivada del sistema general de pensiones, la cual podría ser considerada y contabilizada, por tanto, como un pasivo pensional, de acuerdo con lo explicado en este concepto, independientemente de que la misma deba ser pagada inmediatamente o en el futuro”, precisó el Consejo de Estado en una consulta elevada por la propio centro superior.

En criterio de la Sala de Consulta, “todas las entidades, públicas o privadas, que tengan a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, así como la emisión de bonos pensionales están obligadas a calcular y registrar en sus estados financieros los pasivos por este concepto”.

“De esta forma se confirma la incertidumbre sobre el valor del pasivo pensional teniendo en cuenta que se está consolidando el estudio jurídico y financiero que podría derivar obligaciones ciertas del sistema general de pensiones y no una simple contingencia o riesgo”, confirmó la Contraloría.

Inconsistencias

La normatividad contable interna establece que no podrán registrarse contablemente hechos económicos, financieros y sociales que no estén debidamente soportados.

No obstante, en el caso de los bonos pensiones, no se cumplió con este instructivo.

La liquidación provisional de bonos pensionales por 38.102 millones de pesos, presenta incertidumbre.

Desde la vigencia 2017, se viene registrando el cálculo actuarial realizado a 888 catedráticos y ocasionales cátedra, a los cuales se les omitió la afiliación y pago de aportes a seguridad social en pensiones en el periodo comprendido entre 1996 a 2010.

En la revisión de los  informes actuariales realizados en los años 2008, 2010, 2014 y 2018, la Contraloría encontró inconsistencias en personas fallecidas y cédulas no correspondientes al nombre que figura en los registros oficiales  o algunos números no existen en las bases de datos con la cual se realizaron las proyecciones, que se encuentran en proceso de análisis y evaluación.

“La anterior situación, se presenta por falta de control y gestión de la Oficina Asesora Jurídica y la Vicerrectoría Administrativa – Talento Humano en la estimación del pasivo pensional de la Universidad por lo que genera incertidumbre”, concluyó la Contraloría.

 

Cálculo actuarial

Desde el año 2017, el Departamento del Huila dispuso que el tributo por concepto de la retención por estampilla, se destinaran al pasivo pensional. Sin embargo, con corte a 31 de diciembre de 2019 se han generado por 7.085 millones de pesos y la entidad no tiene identificado de manera clara y explícita el valor del pasivo pensional.

“Esta situación se presenta por deficiencias de control y gestión administrativa de la Oficina Asesora Jurídica y la Vicerrectoría Administrativa, que conlleva a percibir los recursos sin tener la certeza de la existencia de un pasivo pensional como lo indica la norma”, concluyó la CGR.