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Vegalarga: la ruta de la reubicación 2 29 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Vegalarga: la ruta de la reubicación

Vegalarga: la ruta de la reubicación 8 29 marzo, 2024
El juez Tito Alejandro Rubiano vigilará personalmente la ejecución del plan que durará por lo menos 22 meses.
El plan de acción para prevenir tragedias como las registradas en Mocoa, Manizales o Campoalegre, en los centros poblados de Vegalarga y Anacleto García no tiene reversa.

Las medidas ordenadas por el juez séptimo administrativo, Tito Alejandro Rubiano Herrera, en el trámite de una acción popular, deberán comenzar a ejecutarse a más tardar el primero de junio.

El plan costará alrededor de 25.938 millones de pesos y deberá ejecutarse en un plazo no inferior a los 22 meses.

Sin embargo, para comenzar se tendrían apenas 1.350 millones de pesos. De estos, la Alcaldía de Neiva apropió los primeros 750 millones de pesos, 100 millones la Alcaldía de Tello y 500 millones la Gobernación del Huila.

El proyecto para Vegalarga, tendría un costo de 14.370 millones de pesos, según estimativos de la Alcaldía de Neiva. Implicaría la construcción de un nuevo colegio, nuevo centro de salud, obras de mitigación, mejoramiento vías, servicios públicos y alertas tempranas. 

El plan de acción para el centro poblado de Anacleto García costará 10.568 millones de pesos. El alcalde de Tello, Eduar Holguín López, comprometió sólo 100 millones para iniciar y 200 millones que asignó la Gobernación.

“Este es un primer paso que se ha dado por parte de las autoridades administrativas. No es perfecto pero es un primer paso muy importante y corresponde a unas competencias asignadas a los municipios de Tello y Neiva”, precisó el juez Séptimo Administrativo.

De manera subsidiaria participarán la Gobernación del Huila, el Banco Agrario, la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo, el Ministerio de Vivienda, el DPS y las demás entidades que participaron.

“La idea inicial es que plan se ejecute entre las entidades convocadas y la comunidad, la principal beneficiada con las decisiones que se han adoptado”, afirmó el juez,  quien aclaró los alcances del fallo por razones pedagógicas.
 
LA REUBICACIÓN

De las 132 viviendas ubicadas en zona de riesgo no mitigable, 70 serán reubicadas en Vegalarga. El estudio contemplaba sólo 58 viviendas.

El resto de viviendas puede permanecer en sus sitios. Entre ellas 42 que se encuentran en riesgo alto mitigable. En este caso se requieren obras de infraestructura. “El pacto contempla obra pública que permita mitigar o reducir el riesgo potencial que se pueda generar  por fenómenos de remoción en masa o inundaciones de gran magnitud como lo señala el estudio”, precisó el juez.

Igualmente pueden permanecer otras 36 viviendas en riesgo medio. En este caso se requieren obras o acciones no estructurales, como aplicación de la norma sismo-resistente, uso adecuado del suelo en las laderas, reforestación, manejo de aguas de escorrentía y alcantarillados.

Lo mismo ocurre en el centro poblado de Anacleto García en Tello. En un primer escenario, el estudio señala que de las 158 viviendas en riesgo no mitigable, 38 deben reubicarse y el resto, 120 familias, podrá continuar conviviendo con el riesgo pero es necesario realizar obras de mitigación para disminuir el riesgo.

“La reubicación no es inmediata. La reubicación, en este caso, debe entenderse como todo un procedimiento que involucra además del espacio, el tiempo que se requiera para tomar la mejor decisión”, explicó el juez Rubiano.

“En ese orden-dijo- se definió un plazo de 22 meses, un plazo prudencial que puede variar y en estos casos la cosa juzgada se puede tornar relativa. No es una camisa de fuerza que nos impida movernos en otras direcciones porque es de la esencia de los derechos e intereses colectivos, la prevención de desastres técnicamente previsibles”.

“Otra precisión para la comunidad: cuando se habla de reubicación no son todos, no es instantánea, tercero no van a ser desarraigados de una manera desproporcionada, irrazonable e injusta. El proceso se hará en un contexto y bajo unos parámetros y todos podrán participar activamente”, reiteró.
 
FALLO INAPELABLE

La sentencia es definitiva. “Lo que son susceptibles de ajustes son las medidas contempladas para cumplir con la sentencia”, explicó el juez. Se determinó que en efecto se están vulnerando los derechos colectivos invocados por la Defensoría del Pueblo. Las medidas buscan en un primer momento acabar con las amenazas o en este caso mitigar o disminuir los riesgos lo que más se pueda. Por ser una acción constitucional especial el juez no pierde la competencia en la ejecución.

Es una sentencia de obligatorio cumplimiento. Aprobada hace tránsito a cosa juzgada pero puede haber ajustes en las medidas.
 
CUÁNDO INICIA

Por tratarse de un pacto, acogido y construido por las partes, es inapelable. Sin embargo,  se fijó un plazo de tres meses para iniciar la ejecución.

Según las cuentas procesales, la notificación y publicación de la sentencia deben surtirse en mayo y el plan acordado debe comenzar a ejecutarse a partir del primero de junio con evaluaciones de seguimiento cada tres meses.

La meta es que en agosto se haga la primera reunión de evaluación, en mesas de trabajo que coordinará la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo. El comité de auditoría que liderará el propio juez, estará integrado por delegados de las entidades signatarias y representantes de las comunidades.
 
LA FINANCIACIÓN

El pacto de cumplimiento demandará inversiones estimadas inicialmente en 25.938 millones de pesos. No obstante, en el plan de acción solo se anunciaron recursos por 1.850 millones de pesos. De estos, 1.350 millones para este año y 500 millones para 2018. ¿Y el resto?

Para comenzar los fondos territoriales de gestión del riesgo que deben constituirse en los departamentos y municipios no tienen los recursos necesarios. El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo debe aportar.

En principio los municipios de Neiva y Tello tendrán la primera responsabilidad. No sólo en la apropiación de los recursos sino en la gestión y presentación de proyectos  al gobierno nacional y a organismos como los Ocad para captar recursos.

De estos proyectos dependerán los aportes de entidades como el Banco Agrario, DPS y Ministerio de Vivienda. El componente técnico y la definición de censos lo liderará la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo.

“Con ese abanico de entidades que participan soy optimista en que vamos a poder llevar a cabo estas medidas y a garantizar la financiación”, apuntó el operador judicial, quien seguirá coordinando el comité de auditoría.
 
SITIOS DE REUBICACIÓN

La reubicación como quedó consignado en la sentencia debe ser parcial, no total. Sin embargo, deberá realizarse en un lugar en el lugar que determine cada uno de los municipios en coordinación con las comunidades.

El estudio inicial contemplaba algunas posibles alternativas:Las fincas de Lucas, El Cedral o en un lote cerca de San Antonio.

“El sector debe estar libre de cualquier amenaza o riesgo, debe contar con los servicios públicos esenciales y conservar el arraigo, para generar mayores y mejores condiciones de vida a los pobladores de los dos centros poblados”, precisó Rubiano Herrera.
 
DERECHOS DE PROPIEDAD

Aunque la sentencia no lo aborda, la reubicación genera otros temas como los derechos sobre los bienes de las familias que deben ser reubicadas.

Ese tema hace parte del censo porque permite establecer la relación jurídica que existe  entre las familias y sus bienes.

“Allí habría necesidad de adelantar los estudios de títulos, habrá propietarios, poseedores, tenedores, eventualmente ejidos o baldíos. Las situaciones jurídicas se darían en esos tres escenarios: propiedad, posesión y tendencia y de acuerdo con ellos se les garantizaría en el mismo orden y proporción. Esos terrenos al ser compensados con otros pasarían a la administración”, anotó el juez administrativo.
 
ROL DE LA COMUNIDAD

Aunque hay un sector reacio a aceptar esas medidas, el funcionario judicial confía en que la implementación de las medidas los hará cambiar de parecer.

“Soy optimista porque lo he notado: una vez se dé la dinámica que suscitarán las audiencias de auditoría sobre el cumplimiento del pacto, la comunidad va a participar más decididamente. La gente ha ido cambiando poco a poco la percepción que tiene sobre el tema. Creo que están entendiendo que la decisión que se tome es la correcta, además que no puede ser otra. La palabra clave es optimismo y en eso estamos”.
 
Estudiantes seguirán con ‘pico y placa’
 
La medida cautelar fue una decisión transitoria mientras se tomaba una decisión definitiva. Como ya se tomó, lo lógico era levantarla.

“En este caso, por tratarse de menores que deben tener una especial protección, la medida se levanta, pero se mantiene la orden de reubicar a los estudiantes. La medida se mantiene hasta que haya una mejor solución,”, aclaró el funcionario judicial.

En estas condiciones, los 155 estudiantes, matriculados en las cinco sedes en jornada única, no podrán regresar a la sede central, en la zona de riesgo. Los alumnos, la mayoría de grados diez y once, deberán continuar recibiendo las clases en las sedes alternas.

 “Mientras el juzgado no disponga otra cosa, los estudiantes continuarán en las sedes alternas. Si hay otra mejor solución la medida puede revisarse”, anotó el juez.

Los servicios de restaurante y transporte escolar, el traslado del mobiliario, laboratorios y biblioteca, quedará en manos de la alcaldía. 

El colegio fue sellado el 17 de abril pasado y sus alumnos, la mayoría procedentes del vecino corregimiento de Anacleto  García, seguirán recibiendo clases en la escuela El Cedral, con ‘pico y placa’.
 

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