La Nación
Nueva condena por niños abusados en un hogar de bienestar 1 30 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Nueva condena por niños abusados en un hogar de bienestar

Por lo menos seis niños entre dos y cuatro años fueron abusados por el marido de la madre comunitaria encargada de su protección. La aterradora historia ocurrió en Pitalito.

 

Ricardo Areiza

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tendrá que responder pecuniariamente por los daños morales causados a varios menores de edad abusados por el marido de la madre comunitaria, encargada, supuestamente, de su custodia.

La sanción fue impuesta por el Juzgado Octavo Administrativo de Neiva, después de diez años de haberse instaurado la demanda de reparación integral colocada por los familiares de uno de los niños sometidos a la violencia sexual en un hogar comunitario en Pitalito.

“Los actos abusivos perpetrados al interior del hogar comunitario eran sistemáticos, pues ante la gravedad de los hechos y ante la pluralidad de víctimas, dicha práctica venía siendo efectuada de tiempo atrás a cuando fue advertida por los padres de familia”, sostuvo la juez María Consuelo Rojas Noguera al proferir una nueva sentencia contra la entidad por fallas en el servicio.

Hace poco, la entidad fue condenada por la violación a un menor ubicado en un hogar de paso en el barrio Cámbulos.

Estos dos casos, aunque aterradores, no son los únicos que ocurren en el Huila. También en muchas regiones del país. La historia se sigue repitiendo.

La escabrosa historia de abusos repetidos ocurrió en septiembre de 2011 en el hogar ‘Mi Pequeño Jardín’, ubicado en el barrio Guadual -San Antonio, atendido por la madre comunitaria la señora María Sonia Urbano Martínez.

El hogar comunitario de bienestar, adscrito al centro zonal de Pitalito, ofrecía atención integral a menores de la primera infancia de familias en situación de vulnerabilidad.

Como operador del programa figuraba la Cooperativa Multiactiva Famicoop, según contrato de aporte Nº 157 suscrito el 14 de enero de 2011. No obstante, la madre comunitaria había sido designada por la entidad oficial.

Los padres de familia denunciaron las aberraciones a la que sometió a por lo menos seis niños entre los dos y los cuatro años, que estaban en custodia. Como responsable ls víctimas denunciaron a Jeampier Linares Ramos de 38 años de edad, natural de Bogotá y residente en el barrio San Antonio. El depravado convivía en el mismo lugar con la madre comunitaria, encargada de la protección de los niños.

Los abusos fueron confirmados por el Instituto de Medicina Legal y psicólogas del ICBF. Los menores contaron lo que les hacía. El abusador además, los pegaba con una correa y los intimidaba. “Chito a los papás”, les decía.

El cierre

El lugar fue cerrado después de las denuncias. Sin embargo, ahí no paró la historia de este nuevo episodio de abuso infantil.

El 21 de julio de 2017 la coordinadora del Centro Zonal ICBF Pitalito, Alba Luz Erazo Chávarro, ordenó el cierre definitivo del hogar Comunitario de Bienestar Mi Pequeño Jardín por “circunstancias que impidieron su normal funcionamiento”.

“Se tomaron dos vías de acción: la primera vía, se dispuso el cierre definitivo del establecimiento por los hechos denunciados, pues es una causal de cierre, y, en cuanto a la segunda vía, se adelantaron los procedimientos de restablecimiento de derechos a los niños asistentes en esa unidad comunitaria”, explicó la funcionaria, sin más explicaciones.

“No obstante la gravedad, no se observa en el expediente que el Instituto haya realizado una investigación exhaustiva tendiente a determinar si las denuncias aludidas eran ciertas o no, o bien porque quiso marginarse de la verdad, o bien, porque entendió que existía certeza sobre los hechos lamentables”, agregó la funcionaria judicial.

Estos hechos, según la juez, demostraron con certeza que los menores fueron víctimas de actos sexuales abusivos que atentaron contra su integridad moral e interrumpieron su normal desarrollo infantil.

Cayó el pedófilo

El pedófilo fue capturado el 29 de septiembre de 2011, según orden expedida por el Juez Tercero Penal Municipal de Pitalito.

Ese mismo día el Juzgado Segundo Penal Municipal con función de control de garantías legalizó la captura y dispuso su detención efectiva en centro carcelario.

El 24 de octubre de 2011, la Fiscalía lo acusó del delito de actos sexuales con menor de catorce años con circunstancias de agravación punitiva. El conocimiento del caso le correspondió al Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito.

Mientras se adelantaba el proceso penal contra el abusador, el despacho judicial avanzaba en la demanda de reparación integral.

Aunque la entidad se opuso alegando falta de testigos, el despacho judicial estimó que se lesionó un bien patrimonial jurídicamente protegido, ocasionado por la acción u omisión de agentes del Estado que actúan dentro de la órbita obligatoria de sus funciones, sin que el administrado tenga la obligación legal o jurídica de soportarlo; es decir, que el Estado en ejercicio de su soberanía y funciones no tiene derecho a causar.

“En el presente caso, el daño antijurídico alegado por los actores, corresponde a los actos sexuales abusivos de los que fueron víctimas los menores de edad, cuando asistían al hogar comunitario Mi Pequeño Jardín, a cargo del ICBF, en el municipio de Pitalito.

“No puede aceptarse el argumento defensivo del CBF en el sentido de que como no obran testimonios de personas que directamente hayan percibido los actos sexuales abusivos y que el daño no fue probado. Ello sería tanto como convertir a los pequeños en víctimas invisibles”, anotó.

Grave falla

En el presente caso, la responsabilidad atribuida a la entidad oficial fue la de falla del servicio, por incumplimiento de su obligación de protección a menores entregados para su asistencia y protección a través de un hogar comunitario que funcionaba con su aval.

Los menores, víctimas del abusador, se encontraban bajo la custodia de un hogar comunitario avalado y autorizado por el ICBF, y en una situación de incapacidad dada su corta edad (4 y 3 años, respectivamente), les impedía auto determinarse y protegerse. Además, esta penosa situación colocó al ICBF en una posición de garante frente a los menores.

El ICBF a través del Hogar Comunitario, tenía el deber jurídico concreto de obrar para impedir que se produjera la afectación a la vida e integridad del menor.

En estas circunstancias, el juez determinó que el daño resulta imputable al ICBF y no a la empresa Famicoop, operadora del contrato Nº 157 de 2011.

Enormes riesgos

La madre comunitaria María Sonia Urbano Martínez nunca fue sido sometida por el ICBF a los filtros necesarios de aptitud e idoneidad para ser agente educativa. Al parecer venía vinculada con anterioridad como madre comunitaria, Tampoco se hizo un estudio serio de su entorno familiar y del riesgo que podía representar para los niños asistentes a Mi Pequeño Jardín.

Además, no existían controles tendientes a verificar de primera mano los riesgos que representaban para los niños las locaciones en sí mismas ni las personas que allí residían. Tampoco se hacían verificaciones periódicas del riesgo psicosocial que puedan generar las mismas madres comunitarias y sus compañeros permanentes o demás familiares residentes en la locación que funciona la unidad.

Según el funcionario judicial, la responsabilidad de los daños sobre los niños que asistan a un hogar comunitario a cargo del ICBF, es en principio del Estado, y en el caso concreto no obra prueba que lo releve de tales daños, en la medida que la falla deviene de la omisión del ICBF en adoptar medidas eficaces para proteger los bienes constitucionales y legales vulnerados a los menores de edad que demandan a través de sus progenitores la reparación del daño.

La condena

“Los niños fueron afectados a nivel emocional, debido a los actos lúbricos abusivos, así como a través de la violencia ejercida por el agresor quien amenazaba y golpeaba a una de sus víctimas si ésta llegase a hablar del tema con sus padres”, concluyó la juez.

Además, estimó que los verdaderos efectos del abuso del que fueron víctimas pueden presentar consecuencias posteriores, que no es posible advertirse su verdadera dimensión con exactitud por la temprana edad de ellos. La condena asciende a 817 millones de pesos que tendrá que cancelarle la entidad oficial a título de reparación a una de las seis familias afectadas.

La entidad apeló. El Tribunal Administrativo acaba de asumir el estudio de la apelación.

 

Millonaria indemnización

Este no es el único caso. Recientemente la entidad condenó a la misma entidad a cancelar una millonaria indemnización por un niño violado en un hogar de paso, donde había sido ubicado temporalmente como medida de protección.

El abuso sexual ocurrió el 30 de julio de 2012 en el hogar de paso ubicado en el barrio Los Cámbulos de Neiva.

El Tribunal Administrativo del Huila condenó al Instituto Colombiano de Bienestar familiar y a la Alcaldía de Neiva a pagar solidariamente los perjuicios morales y materiales ocasionados al menor, a sus padres, a sus tres hermanos y a su abuelo, el equivalente a 145 salarios mínimos mensuales, unos 107 millones de pesos.

La Asociación de Profesionales de Trabajo Social del Huila dueña del contrato también responderá por el valor que el la Alcaldía de Neiva canceló a los demandantes por los perjuicios morales.

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Los abusos en estos hogares son recurrentes.
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Centro Zonal de Pitalito.