La Nación
¿Cómo madres cabeza de hogar condenadas podrán recibir la excarcelación? 1 26 abril, 2024
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¿Cómo madres cabeza de hogar condenadas podrán recibir la excarcelación?

Las mujeres que cometan delitos menores podrán permanecer en sus casas, cuidando a sus hijos y trabajando en servicio comunitario para enmendar sus penas con un enfoque social.

La población femenina en las cárceles del país creció más del 400%, al pasar de 1.500 reclusas en 1991 a 6.954 en la actualidad. El 75% de ellas eran madres de cabeza y el 53,4% habían sido condenadas por delitos menores en los que habían incurrido por sus condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

La cruda realidad muestra el acelerado aumento de las mujeres en el sistema penal colombiano, y ante dicha problemática el Congreso aprobó en último debate el proyecto de ley que les brindará alternativas a las mujeres privadas de la libertad y madres cabeza de familia para que paguen sus condenas con trabajo comunitario.

La nueva norma favorece a todas aquellas mujeres madres cabeza de familia condenadas por penas relacionadas con el procesamiento y tráfico estupefacientes, o que han sido detenidas por la comisión de delitos no violentos y que no ponen en riesgo la seguridad ciudadana.

El senador Rodrigo Lara, promotor del proyecto, señaló que el proyecto busca resocializar a las personas y mejorar algunos indicadores sobre la situación de sus familias cuando se paga la condena con cárcel.

Permitiendo que las mujeres puedan pagar su deuda con la sociedad sin afectar sus hogares. “Cuando se separa la mamá de sus hijos estamos ante dos condenas: la condena de la mujer y la condena, al mismo tiempo, de sus hijos, pues ellos quedan a la deriva, con condiciones precarias, que los lleven a fenómenos como la deserción escolar, las adicciones y la posibilidad de caer en comportamientos delincuenciales”, puntualizó Lara Restrepo.

Los requisitos para acceder al beneficio de esta ley es ser madre cabeza de hogar, no tener antecedentes penales en los pasados cinco años anteriores al delito, ser condenada por delitos menores o penas de máximo ocho años, no haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni del hijo y demostrar que la comisión del delito está asociada a la situación de pobreza y marginalidad.