La Nación
Comunero condenado por transportar alijo de base de coca 1 26 julio, 2024
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Comunero condenado por transportar alijo de base de coca

El indígena dedicado a la construcción fue sorprendido transportando 31 kilos de base de coca en zona rural del municipio de Pitalito. El comunero ‘negoció’ la pena con la Fiscalía. El hombre fue condenado a 11 años de prisión y la pagara en el resguardo indígena.

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

 

Un comunero indígena que fue sorprendido transportando un alijo de base de coca, pagará la condena de prisión en el cabildo donde esta censado.

La decisión fue adoptada por el Juez Tercero Penal Especializado de Neiva, luego de estudiar los documentos que presentó el abogado defensor, en los que acreditaba que el sujeto pertenece a una comunidad indígena en el vecino departamento del Putumayo.

Se trata de José Yohn Zamora Chávez, quien al conocer la pruebas en su contra terminó ‘negociando’ con la Fiscalía la pena y así lograr una rebaja considerable en la pena d eprisión.

La incautación

La Fiscalía en la acusación contra el indígena comunero manifestó la incautación del alcaloide ocurrió el pasado el 14 de marzo de 2023 siendo las 10:20 de la noche.

Ese día funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía (CTI) con apoyo de uniformados del Batallón de Infantería Magdalena, se encontraban realizando puesto de control en el sector de El Cable, en la vereda El Cedro, en la vía que del municipio de Pitalito conduce a la ciudad de Mocoa (Putumayo).

Allí, los uniformados hicieron la señala de pare al automóvil marca Hyundai Accent, color blanco de placa CDV-702, que se orilló en la vía. El conductor se identificó como José Yohn Zamora Chávez.

El personal al realizar la respectiva inspección y registro al vehículo, observaron anomalías en la parte trasera en la parte de los guardabarros, por lo que fueron más minuciosos encontrando un compartimento en el que hallaron varios paquetes plásticos en un total de 30.

El fiscal manifestó que los paquetes estaban envueltos en cinta color amarillo, y que contenían una sustancia que “por sus características se asemejaba a la base de cocaína”, situación por la que fue capturado Zamora Chávez, siendo informado de sus derechos como persona capturada.

Indicó el funcionario judicial que la sustancia estupefaciente fue incautada y el vehículo inmovilizado, siendo dejados a disposición de la Fiscalía General de la Nación.

Comunero condenado por transportar alijo de base de coca 7 26 julio, 2024
El indígena llevaba 31 kilos de base de coca.

‘Negoció’ la pena

Zamora Chávez, de 48 años de edad, quien fue imputado del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado, luego de conocer las pruebas documentales y técnicas en su contra decidió acercarse al fiscal y ‘negociar’ la pena.

El hombre, quien se enfrentaba a una pena de prisión de 256 a 360 meses de prisión (21 años 4 meses a 30 años) y una multa de 2.668 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes de multa, con el preacuerdo lograría una rebaja significativa.

Fue así que decidió celebrar la ‘negociación’, el delegado de la Fiscalía, asistido por su abogado defensor. “Se pactó a cambio de la declaratoria de culpabilidad del delito que se le imputó, eliminar el agravante…”, señaló el fiscal.

La condena

El preacuerdo fue presentado al Juez Tercero Penal Especializado con Funciones de Conocimiento, para su aprobación y emitiera la condena respectiva.

“Se tiene que la aceptación libre y voluntaria de los cargos por parte de José Yohn Zamora Chávez, mediante la modalidad de preacuerdo, aunado a los elementos materiales probatorios, configuran el mínimo probatorio, resultando éstos suficientes para desvirtuar el principio de presunción de inocencia…”, dijo el operador judicial.

Agregó que “no existe duda alguna” que Zamora Chávez fue capturado en flagrancia, cuando en el vehículo automóvil de placa CDV-702, que conducía, se observó un compartimento en el que se hallaron varios paquetes plásticos que contenían la base de cocaína. “La sustancia luego de realizada la prueba de Identificación Preliminar Homologada (PIPH) arrojó positivo para cocaína con un peso neto total de 31.74 kilogramos”.

El juez manifestó que con la aceptación de los cargos a través del preacuerdo se acredita la responsabilidad del procesado. “El asentimiento de los cargos por medio de preacuerdo, el cual fuera aprobado en su momento por este Juzgado…conlleva como consecuencia el reconocimiento por parte del imputado, que se encuentra plenamente acreditada la materialidad y culpabilidad de la conducta punible, lo que además se respalda con los documentos aportados por el agente acusador…”.

Sostuvo, además, que Zamora Chávez puso en peligro la salud pública. “Es claro que el comportamiento de José Yohn Zamora Chávez que dio origen a esta actuación, puso en peligro de forma cierta y sin causa que lo justificara la salud pública…la autonomía e integridad personales”.

Condena en el resguardo indígena

La defensa en la solicitud para que Zamora Chávez, pagara la pena en un resguardo indígena, aportó constancia suscrita por Antonio Conda Palco, gobernador del cabildo indígena Nasa Yu´Luucx Las Minas de Puerto Asís (Putumayo).

El documento señalaba que el comunero se encuentra censado en dicho cabildo y “por tal razón puede gozar de sus derechos como indígena”, además, la defensa aportó el listado de censo indígena del Ministerio del Interior en donde aparece el nombre de Zamora Chávez.

El juez señaló que el procesado “ostenta la calidad de indígena” teniendo identidad cultural con el cabildo Nasa Yu´Luucx Las Minas del municipio de Puerto Asís (Putumayo).

El togado manifestó que Zamora Chávez deberá ser trasladado al cabildo indígena Yu Luucx, para que descuente la pena, “no obstante, previo a ello, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, y como lo establece la jurisprudencia, el juzgado de ejecución de penas hará las consultas necesarias para establecer si el lugar de reclusión en el resguardo cumple con las condiciones de vigilancia necesaria de seguridad, siendo el apropiado para que el condenado descuente pena”.

Sostuvo que al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) corresponderá efectuar visitas a la comunidad para comprobar que el indígena se encuentre efectivamente privado de la libertad y la condena no resulte inocua. “En caso de que el indígena no esté en el lugar asignado deberá revocarse inmediatamente esta medida de reclusión…”.

El juez en la sentencia terminó condenando a 11 años de prisión a José Yohn Zamora Chávez, como autor del delito tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado. Además de una multa de 2173 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($2.520.680.000).

Indicó además que Zamora Chávez sentenciado no se hace acreedor a la condena de ejecución condicional ni a la prisión domiciliaria, debiendo ser trasladado al cabildo indígena Nasa Yu´Luucx Las Minas de Puerto Asís (Putumayo), dada su condición de comunero indígena.

No obstante, el juzgado de ejecución de penas hará las consultas necesarias para establecer si el lugar de reclusión cumple con las condiciones de vigilancia necesaria de seguridad para que el condenado descuente pena. “Al Inpec corresponderá efectuar visitas a la comunidad para comprobar que el indígena se encuentre efectivamente privado de la libertad. En caso de que el indígena no esté en el lugar asignado deberá revocarse inmediatamente esta medida de reclusión”, explicó el operador judicial.