La Nación
Diez años de cárcel por transportar base de coca 1 26 julio, 2024
INVESTIGACIÓN Sin categoría

Diez años de cárcel por transportar base de coca

El conductor de una camioneta particular sorprendido transportando base de coca fue condenado a 128 meses de prisión. La captura ocurrió en zona rural de Neiva. El hombre terminó ‘negociando’ la pena con la Fiscalía Especializada.

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

Diez años en la cárcel deberá permanecer el conductor de una camioneta particular, luego de ser sorprendido transportando un alijo de base de coca, en zona rural de Neiva.

Se trata de Jorge Enrique Molina Paredes, quien decidió ‘negociar’ la pena con el Fiscal 32 Especializado de la Dirección de Fiscalía Especializada contra el Narcotráfico, al conocer las pruebas que había en su contra.

Los años en establecimiento carcelario fueron acordados en el preacuerdo suscrito por el procesado y el fiscal. “El cargo que se formularía y por el que aceptaría hacer una declaración de culpabilidad es el de autor del delito doloso de tráfico, fabricación o porte de estupefacientespero como única rebaja compensatoria por el acuerdo, se le eliminaría la causal específica de agravación”.

La pena quedo legalizada por el Juez Primero Penal Especializado de Neiva con Funciones de Conocimiento, luego de haber estudiado el documento. “Tratándose de la terminación anticipada del proceso, el examen de los elementos de juicio acopiados es menos exigente y no requiere de una profunda comprobación probatoria”, dijo el operador judicial.

El decomiso de la droga

El cargamento de alcaloide fue incautado el domingo 14 de mayo de 2023 a las 2:45 de la tarde, en un puesto de control en la vía que de Neiva conduce al corregimiento de Vegalarga instalado por uniformados de la Compañía Antinarcóticos de Operaciones de la Policía en Neiva, que adelantaban registro de control de vehículos y solicitud de antecedentes a personas.

Allí, los policías vieron que se aproximaba una camioneta doble cabina, Ford Ranger, de placa GUR-910, le hicieron al conductor la señal de que parara o se orillaran al costado de la vía y al detenerse le solicitaron los documentos e identificándose como Jorge Enrique Molina Paredes.

“Al preguntársele cuál era su destino respondió con voz ahogada y entrecortada que Neiva”, dijo en la acusación el Fiscal 32 Especializado de la Dirección de Fiscalía Especializada contra el Narcotráfico.

Agregó que ante el nerviosismo y actitud sospechosa, los uniformados le solicitaron al conductor que descendiera de la camioneta para realizarle un registro personal y un registro material al vehículo.

El fiscal señaló que el canino antinarcóticos en la revisión a la camioneta, dio una alerta al olfatear la puerta de la carrocería, por lo que los policías al examinarla encontraron que había una pequeña abertura a través de la que se observaba que dentro de ella habían unos paquetes de forma rectangular.

Precisó el delegado de la Fiscalía que ante la falta de seguridad “para proteger su vida e integridad”, además de la falta de las herramientas adecuadas para la extracción de los paquetes observados, los uniformados trasladaron el vehículo y el conductor hasta la base antinarcóticos ubicada en el aeropuerto ‘Benito Salas’ de Neiva.

En el lugar los policías sacaron de la caleta de la puerta del platón seis paquetes “elaborados en forma rectangular y de distinto tamaño envueltos con cinta de color café y plástico transparente y de color negro”, señaló el fiscal.

Sostuvo que casa paquete contenía  base de coca. “La sustancia incautada fue sometida al análisis físico y químico de la prueba de pesaje e identificación determinando que el peso del alijo era de 10,2 kilos y dio resultado positivo para cocaína y sus derivados”.

“Puso en peligro la salud pública”

Indicó el juez que la actitud nerviosa y el ocultamiento de la sustancia señalan que el procesado sabía que llevaba el estupefaciente. “La intención dañosa del acusado se infiere del modo en que fue ejecutada la conducta y en particular de los hechos indicadores se puede colegir que tenía conocimiento de que se trataba de un objeto prohibido, ilícito…”.

Precisó además que transportaba una importante cantidad de alcaloide para llevarla al mercado ilícito. “Se establece del hecho de que efectivamente se trataba de una gran cantidad de sustancia estupefaciente que estaba siendo transportada para introducirla al mercado ilícito de estupefacientes en el que hubiera podido ser vendida o suministrada atomizada en miles de dosis a la población dependiente o no dependiente”.

El operador judicial sostuvo además que “se concluye” que Molina Paredes con su acción no sólo contravino formalmente la normatividad penal, sino que realizó unos actos prohibidos en la legislación penal, es decir, “puso en peligro la salud pública…”.

El juez manifestó que se confirmó la participación del procesado a través de su captura en flagrancia con la sustancia. “La conducta de portar, llevar consigo o transportar el objeto material de un delito, constituye un referente material importantísimo…”.

Agregó que con la aceptación de su responsabilidad al suscribir “de manera libre, voluntaria y consciente, con la asesoría de su defensor”, el preacuerdo que realizó con la Fiscalía se puede deducir autoría en el transporte del alcaloide. “La prueba que se extrae de los medios de conocimiento tiene la fuerza probatoria suficiente…para lograr desvirtuar el principio de la presunción de inocencia que lo amparaba”.

Reiteró el togado que Molina Paredes tenía la capacidad de reaccionar en su comportamiento frente a los mandatos o exigencias normativas. “Por ende con la facultad de conocer la ilicitud de su conducta y de determinase de acuerdo con dicha comprensión; debe asumirse que podía elegir entre los varios comportamientos posibles el que se ajustara a los límites de lo social y legalmente permitido en el ordenamiento jurídico…”.

El juez luego de analizar el preacuerdo condenó a Jorge Enrique Molina Paredes a la pena de 10 años y 8 meses de prisión (128 meses), además de una multa de 1.334 salarios mínimos legales mensuales vigentes que deberá pagar a favor del Tesoro Nacional en el Banco Agrario, al hallarlo responsable del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

El operador judicial, además, compulsó copias a la Dirección Nacional de Fiscalías Especializadas de Extinción de Dominio de Bogotá para que determine la viabilidad de iniciar el procedimiento de extinción de dominio de la camioneta Ford, línea Ranger, en la que era transportado el alijo de base de coca.