La Nación
Duque firmó estatuto de protección de migrantes venezolanos 1 26 abril, 2024
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Duque firmó estatuto de protección de migrantes venezolanos

El jefe de Estado firmó el decreto que fija las reglas para la entrada en vigencia del Estatuto Temporal de Protección para los venezolanos.

 

El presidente de la República, Iván Duque, firmó ayer en la Casa de Nariño el decreto que establece el Estatuto de Protección Temporal a migrantes venezolanos, con el cual se busca garantizar la atención necesaria para esta población que salió de su país por la situación económica y social.

En medio del acto protocolario, el jefe de Estado señaló que esta medida busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, teniendo en cuenta que se trata de la población “más vulnerable”, por lo que se estima que el mecanismo desestimule la migración irregular con la entrada en vigencia de la norma. “Esto es un hecho de paz, de humanidad y de fraternidad”, expresó el mandatario tras firmar el documento.

El estatuto tendrá una vigencia de 10 años y según cálculos del Gobierno puede beneficiar a unos dos millones de personas, toda vez que quienes ya han regularizado su situación en
Colombia podrán acogerse al estatuto para poder permanecer los diez años en el país.

Según datos de Migración Colombia, hasta el pasado 31 de diciembre había en el país 1,72 millones de migrantes venezolanos, de los cuales cerca de un millón son indocumentados, por esta razón, era urgente ofrecerles una solución a su estatus, además de unos 800.000 que están con su situación regularizada.

“Hemos asumido gran parte de esa responsabilidad social y económica, pero al hacerlo, respetuosamente, también apelamos al llamado a la comunidad internacional para que este tipo de medidas se puedan replicar en otros países de la región”.

“No podemos quedarnos impávidos y ser espectadores de la crisis migratoria más grande del mundo, sabiendo que no somos un país rico, pero eso no impide sentir el dolor del hermano”, añadió el presidente.

 

 

Condiciones para los migrantes venezolanos que quieran acceder al estatuto de manera temporal:

-Estar en el territorio nacional como titulares de un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o de un Permiso Especial de Permanencia (PEP).

-Estar en el país bajo el titular de un Salvoconducto SC-2 mientras se tramita una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.

– Estar en el país de manera irregular a 31 de enero de 2021.

– La persona deberá ingresar de forma normal por el Puesto de Control Migratorio bajo todas las condiciones de legalidad, a la vez que debe cumplir con las normas migratorias.