La Nación
Ejército debe aclarar que fue un ‘falso positivo’ 1 26 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Ejército debe aclarar que fue un ‘falso positivo’

Un joven cafetero cayó en un retén militar  en Tesalia (Huila) y luego apareció como un supuesto guerrillero abatido en un combate. Aunque se probó el montaje, el caso sigue impune. 

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

Después de 14 años, un ‘falso positivo’ perpetrado por un escuadrón militar del batallón Pigoanza en Tesalia (Huila) sigue en la impunidad. Aunque se probó el montaje, penalmente no hay responsables.

El joven cafetero Lenin Yustres Amézquita se encontraba validando su bachillerato cuando fue presentado como un “guerrillero dado de baja el 18 de agosto de 2007.

Antes de su trágico final, recibió las últimas clases sabatinas y viajó a su visitar a su hermana en la inspección de Pacarní en el municipio de Tesalia (Huila). Cuando regresaba a su vivienda se encontró sorpresivamente con el retén militar.

El muchacho, de 23 años, sobrino del exalcalde de Íquira, Alberto Yustres, no logró regresar a casa.

Los militares, adscritos al batallón de infantería No.26 Cacique Pigoanza, lo detuvieron cerca de la finca ‘La Esperanza’ cuando se desplazaba en su motocicleta. Sin contemplación, le dispararon en medio de la oscuridad. Luego simularon un ataque.

La orden de operaciones ‘Espada II’, fue impartida por el Comando del Batallón de Infantería No. 26 Cacique Pigoanza con sede en Garzón.

Un escuadrón militar fue encargado del puesto de control entre los municipios de Íquira y Tesalia.

Al mando estaba el sargento segundo Mauricio Ortega López, comandante de la Compañía Bayoneta 4 integrada por ocho soldados profesionales. De éstos, cuatro fueron los encargados de disparar.

Los militares reportaron el supuesto combate y confirmaron que un guerrillero había sido “dado de baja”.

 

Indignación

Al día siguiente, apareció el cadáver. Estaba junto a la moto con cuatro impactos de fusil. En el bolsillo delantero le encontraron una granada. Cerca del cuerpo apareció un revólver viejo, varios proyectiles sin percutir y nueve vainillas de fusil ya disparadas.

Cuando se conoció la noticia, los vecinos se agolparon en el lugar para impedir que trasladaran el cuerpo. La víctima, contrario al reporte militar, estaba dedicada a cultivar y comercializar café. Su trayectoria era ampliamente conocida.

Todos protestaban. Al sitio llegaron los familiares. También la Fiscalía.

“Era un muchacho trabajador, quien con esfuerzo había conseguido una finca en la cual se dedicaba a sembrar café  y a comercializarlo con unos compradores conocidos en la Inspección de Pacarní”, relató Adelmo Yustres, su padre.

“Lenin no pertenecía a ningún grupo armado ilegal Farc, Auc o bandas criminales, contrario a esto estaba dedicado a la siembra, venta de café y a la crianza de sus hijos en compañía de su esposa”, declaró.

“No prestó servicio militar, ni pertenecía a ninguna pandilla, por tanto no conocía de armas, ni tampoco las tenía. Su rutina estaba enfocada en estudiar los días sábados, tratando de terminar su bachillerato”, subrayó su progenitora, Sara Amézquita.

De hecho, el colegio Empresarial de Los Andes, confirmó que el joven estaba matriculado en esa institución y se encontraba cursando el primer y segundo periodo del Grado Décimo del ciclo especial integrado de la educación básica en Calendario B en la jornada semipresencial sabatina.

Los militares fueron investigados por el Juzgado 65 de Instrucción Penal Militar de Pitalito (Proceso penal No. 1696) sin condenas conocidas.  Lo mismo ocurrió con la investigación formal disciplinaria adelantada por el Batallón Pigoanza.

En cambio, en la justicia administrativa tuvo eco. En primera y segunda instancia se condenó a la Nación por el crimen.

Ejército debe aclarar que fue un ‘falso positivo’ 7 26 abril, 2024
El falso positivo ocurrió el 19 de agosto de 2007.

Ejecución extrajudicial

Con toda la evidencia recolectada, el Juez Quinto Administrativo de Descongestión, concluyó que la muerte del joven agricultor ocurrió como consecuencia de una ejecución extrajudicial. “Se trata de un homicidio efectuado deliberadamente por agentes estatales, cuando la víctima se encontraba en estado de indefensión o inferioridad, ya que nunca disparo  contra los militares como ellos lo afirman en sus declaraciones”, afirmó.

“Adicionalmente, -dijo- la escena del crimen fue alterada para simular un combate que nunca existió”.

“Contrario a lo señalado por los uniformados obran en las investigaciones penal militar y disciplinaria, algunas pruebas que arroja una lectura diferente a la sostenida por la entidad demanda, que indican que los hechos en que falleció Yustres Amézquita, no fueron producto de una confrontación armada”.

“De estos hechos indicadores, añadió, no es posible inferir credibilidad a la hipótesis de un enfrentamiento armado, pues en uso de una sana lógica, si una sola persona, pretende llevar a cabo una emboscada a un pelotón del Ejército”.

 

Prueba reina

La prueba de absorción atómica reveló que la víctima no tenía indicios de pólvora en sus manos.

“El resultado se considera ‘no compatible’ con residuos de disparo en mano”, concluyó el informe reportado dos días después.

Adicionalmente, el Grupo de Balística del CTI de la Fiscalía precisó que el arma encontrada en “posesión” del occiso, un revolver calibre 38 especial, con el cual, presuntamente habría atacado a la tropa estaba en regular estado de conservación.

Se trata de un arma que si bien es cierto, sus mecanismos de disparo, eran aptos para percutir cartuchos del calibre .38, su regular estado general de conservación, indica que no era un arma de uso permanente, como se pudiera creer de un arma perteneciente a un miembro de alguna organización delictiva”.

En este orden de ideas, contrario a lo afirmado por la entidad demandada, no hay prueba que indique siquiera indiciariamente, que señor Lenin Yustres  Amézquita perteneciera a algún grupo al margen de la ley, como lo certificaran las mismas entidades de inteligencia del Estado”, concluyó el magistrado Gerardo Iván Muñoz.

“Todo esto nos lleva a concluir que la muerte del señor Lenin Yustres Amézquita, no se produjo como resultado de un enfrentamiento armado”, afirmó. “Conforme al análisis probatorio dicha muerte corresponde a las características de una ejecución extrajudicial, en la que se pretendió hacer pasar a un civil, por combatiente dado de baja en combate”.

Además, el Ejército no acreditó que el occiso hubiese pertenecido al grupo subversivo al cual lo asociaba, así como tampoco, que tal persona hubiera disparado contra los militares.

“En el presente caso- dijo- se configuró una falla en el servicio imputable al Ejército Nacional, como quiera que las circunstancias que rodearon la muerte del señor Lenin Yustres Amézquita, tal y como quedaron demostradas, ponen de presente un actuar que resulta desde todo punto de vista arbitrario y antijurídico”.

En estas condiciones, confirmó el fallo de primera instancia y condenó al Estado a cancelar a los familiares de la víctima la debida indemnización.

Además, le ordenó al Ministerio de Defensa que debe precisar que no fue un combate, sino una ejecución extrajudicial.

 

Reparación simbólica

Adicionalmente, a título de reparación simbólica, le ordenó a la institución militar la publicación de los fallos de primera y segunda instancia, en medios impresos de amplia circulación nacional y local, con la inclusión de una certificación en la que conste que la muerte del señor Lenin Yustres Amézquita no ocurrió con ocasión de un combate sino que fue consecuencia de una ejecución extrajudicial perpetrada, el día 19 de agosto de 2007.

Además, con el propósito de no repetición, le ordenó al Ministerio de Defensa la publicación total de la sentencias en un lugar visible al público de la sede principal de dicha entidad, y la divulgará por medios escritos -físicos y magnéticos- por todos los batallones y brigadas del Ejército Nacional.

Sin embargo, la orden la realizó parcialmente. Solo realizó una publicación en el diario La República, y argumentando costos, se abstuvo de hacer la debida rectificación sobre el falso positivo.

Ahora, el magistrado, le ordenó de nuevo hacer pública la declaración, precisando que la muerte del Yustres fue una ejecución extrajudicial.