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En febrero podrá postularse para el programa de vivienda del Gobierno Nacional 1 23 abril, 2024
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En febrero podrá postularse para el programa de vivienda del Gobierno Nacional

Si usted este año está pensando en dejar de pagar arriendo y adquirir vivienda propia este año, tiene que tener en cuenta los programas que el Gobierno Nacional va a impulsar este año. Por ejemplo terminando el 2018 el presidente Iván Duque, firmó el decreto que aseguró una millonaria suma de dinero para el programa bandera de su mandato, el ‘Semillero de Propietarios’. A partir de febrero podrá postularse.

¿De qué se trata?

El Gobierno Nacional expidió el decreto 2413 que asegura $452 mil millones para los primeros 40 mil subsidios del programa ‘Semillero de Propietarios’, con lo cual el Presidente de la República asegura el funcionamiento y financiamiento del programa de arrendamiento social, para las familias que devenguen menos de 2 salarios mínimos legales vigentes.

De acuerdo con el cronograma, en junio de 2019 comenzarán a asignarse los primeros subsidios y, en julio del mismo año, los colombianos tendrán su casa en arriendo con la ayuda del Ministerio de Vivienda. Se financiará un valor máximo por hogar de $500 mil pesos, y la familia aportará $350 mil pesos. Podrá postularse a partir de febrero de este año.

“Del dinero que destine el hogar, $200 mil pesos serán trasladados al ahorro que tendrá la familia durante dos años, que se convertirá a futuro en el soporte para el pago de la cuota inicial”, explicó el viceministro de vivienda, Víctor Saavedra.

Arriendo con opción de compra

El programa Semillero de Propietarios le permitirá a 200 mil familias colombianas cumplir el sueño de tener su vivienda propia en el cuatrienio. Las familias con ingresos inferiores a 2 SMMLV, es decir, 1 millón 656 mil pesos, podrán ahorrar durante 2 años para el pago de la cuota inicial de su vivienda y acceder a los beneficios de Mi Casa Ya.

“Al finalizar el periodo de arrendamiento, es decir 2 años, los beneficiarios podrán ejercer la opción de compra sobre la vivienda que han habitado y aplicar a Mi Casa Ya. El monto de ahorro que han acumulado contribuirá al pago de la cuota inicial y la familia tendrá un subsidio a la cuota inicial de $24 millones 843 mil pesos, y un subsidio a la tasa de interés de su crédito hipotecario de 5 puntos porcentuales para VIP y 4 para VIS, que equivalen entre $8 y $14 millones de pesos adicionales. Además, como quedó estipulado en el decreto, los beneficiarios podrán suscribir una promesa de compraventa hasta seis meses antes de cumplir el periodo del subsidio de arriendo”, puntualizó el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón.

El decreto firmado por el Presidente de la República define, entre otras cosas, la asignación de subsidios familiares de vivienda para el programa, las condiciones de acceso y obligaciones para beneficiarios, viviendas, aseguradores y gestores inmobiliarios interesados, además de aspectos esenciales para la aplicación al subsidio, el ejercicio de la opción de compra de los futuros propietarios y detalla las causales de pérdida y restitución del mismo.

Cuando puede postularse

Aunque a mediados del próximo año comienza el proceso de asignación de subsidios, el programa ‘Semillero de Propietarios’ comienza a funcionar este mes con el lanzamiento de la plataforma, en febrero comenzará el registro de las personas interesadas que quieran vincularse al programa, bien sea para poner en arriendo una casa, o para arrendar un inmueble, lo que se entiende como beneficiarios y oferentes y, en abril, se publicará el primer catálogo de vivienda disponible.

‘Mi Casa Ya’ sigue disponible

Este programa de vivienda sigue vigente y a el pueden acceder personas que ganen hasta 4 salarios mínimos legales vigentes (smlmv). Estos hogares podrán obtener un subsidio monetario entre 20 y 30 smlmv y una cobertura a la tasa de interés entre 4 y 5 puntos porcentuales, dependiendo de los ingresos y del tipo de vivienda.
De esta forma, los hogares podrán comprar la vivienda que deseen, cuyo valor no exceda los 135 salarios mínimos.

1. ¿En qué consiste Mi Casa Ya?
Consiste en otorgar un subsidio a la cuota inicial, que permite completar el cierre financiero para la compra de una vivienda nueva, previo cumplimiento de los requisitos que establece la norma. Adicional al subsidio, se otorga al hogar el beneficio de cobertura a la tasa de interés, que es un porcentaje de la misma que es asumido por el Gobierno Nacional y se ve representado en una menor cuota mensual del crédito hipotecario que paga a la entidad otorgante del mismo.

2. ¿Cuál es el valor del subsidio otorgado?
Los hogares beneficiarios del programa recibirán un subsidio familiar de vivienda así:
Hogares con ingresos menores a 2 smlmv (ingresos de hasta $1.562.484), un subsidio para la cuota inicial de la vivienda correspondiente a 30 smlmv, es decir $23.437.260, una cobertura a la tasa de interés de entre 4 y 5 puntos dependiendo del tipo de vivienda:
Hogares con Ingresos Entre 2 smlmv y Hasta 4 smlmv (ingresos entre $1.562.484 y $3.124.968), recibirán un subsidio para la cuota inicial de la vivienda correspondiente a 20 smlmv, es decir $15.624.840; una cobertura a la tasa de interés representado entre 4 y 5 puntos dependiendo del tipo de vivienda.
Dependiendo de los ingresos del hogar y del tipo de vivienda seleccionada, la cuota mensual del crédito hipotecario se puede reducir hasta en un 30%.

3. ¿Quiénes se pueden postular al programa Mi Casa Ya?
Hogares colombianos que deseen adquirir una vivienda urbana nueva en Colombia y que cumplan con las siguientes características:
Tener ingresos totales menores a 4 smlmv ($3.124.968).
No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar.
No haber sido beneficiarios de un subsidio otorgado por el Gobierno Nacional que haya sido efectivamente aplicado.
No haber sido beneficiarios a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés.
Contar con un crédito aprobado para la adquisición de una solución de vivienda o contar con una carta de aprobación de un leasing habitacional emitida por un establecimiento de crédito o el Fondo Nacional del Ahorro.

4. ¿Qué tipo de vivienda puede comprarse con el subsidio de Mi Casa Ya?
Se puede adquirir una vivienda nueva urbana VIP o VIS.

La vivienda VIP es aquella cuyo costo no supera los 70 smlmv es decir $54.686.940 y la vivienda VIS es la que tiene un valor superior a 70 y hasta 135 smlmv, es decir $ 105.467.670.
El valor de la vivienda incluye el valor de los bienes muebles o inmuebles que presten usos y servicios complementarios o conexos a los mismos, tales como parqueaderos, depósitos, buhardillas, terrazas, antejardines o patios, así como el correspondiente a contratos de mejoras o acabados suscritos con el oferente o con terceros.
Para todos los efectos, el valor de la vivienda será el establecido en el avalúo comercial con el que cuente el establecimiento de crédito o el Fondo Nacional del Ahorro al momento que solicite la asignación del subsidio familiar de vivienda.

5. ¿Dónde se solicita el subsidio?
El hogar debe acercarse a un banco de su elección o al Fondo Nacional de Ahorro – FNA y consultar si puede ser beneficiario o no del subsidio. Una vez reciba la información positiva al respecto, debe realizar el trámite requerido por la entidad financiera para el otorgamiento de créditos hipotecarios.

6. ¿El programa aplica para que regiones del país?
El programa aplica para la compra de vivienda nueva en zonas urbanas de cualquier municipio del país.

7. ¿Cuál es el trámite para acceder al subsidio?
Los hogares, deben seleccionar la vivienda de su preferencia, que se ajuste a sus capacidades económicas y dirigirse a la entidad financiera de su elección o al Fondo Nacional del Ahorro. Allí, se verificarán las características de los hogares e inmediatamente se les informará si pueden ser beneficiarios o no, sin postulaciones previas, a través de una consulta en línea que hace la Entidad en un aplicativo diseñado para tal fin.
En caso de obtener una respuesta positiva, el hogar debe continuar con el trámite que tenga la entidad financiera para la aprobación de un crédito hipotecario. Una vez aprobado el crédito por parte de la Entidad Financiera, ésta se encargará de solicitar la asignación del subsidio y del trámite del desembolso del crédito.

9. ¿Si tengo un subsidio de vivienda aprobado en mi Caja de Compensación pero no lo he usado, puedo postularme a los beneficios de Mi Casa Ya?
En este caso usted podría usar su subsidio más el beneficio de la cobertura a la tasa de interés, lo que significa una disminución en un 30% – 40% de la cuota mensual de su crédito hipotecario.

11. ¿Si yo no tengo vivienda propia pero mi cónyuge sí ¿podemos aplicar a este programa?
No. El programa está dirigido a hogares que no tengan vivienda propia

12. ¿Si soy soltero y no tengo hijos, puedo aplicar al programa o es solo para familias?
Los hogares unipersonales pueden aplicar al programa.

13. ¿Cómo trabajador informal puedo aplicar al programa?
Si puede aplicar al programa y obtener los beneficios, siempre y cuando cumpla con los requisitos para postularse al mismo.

14. ¿Tengo prioridad para aplicar al programa o algún beneficio adicional por ser madre cabeza de familia?

El programa Mi Casa Ya funciona bajo el esquema de “primer llegado, primer servido”, no prioriza sobre cabezas de familia, minorías étnicas u otro y los beneficios de subsidio y cobertura a la tasa se dan de acuerdo a los ingresos del hogar y al tipo de vivienda que el mismo desee adquirir.

FOTO 1: El programa ‘Semillero de Propietarios’ es el programa bandera en materia de Vivienda del Gobierno Duque.
FOTO 2: A partir de febrero se hacen las postulaciones y en abril se harán las primeras asignaciones.