La Nación
Jaime Felipe Lozada indignado por Ley sobre Servicios Públicos objetada por Santos 1 25 abril, 2024
POLÍTICA

Jaime Felipe Lozada indignado por Ley sobre Servicios Públicos objetada por Santos

El Representante a la Cámara por el Huila, Jaime Felipe Lozada se mostró muy molesto e indignado con el Presidente Juan Manuel Santos porque en las últimas horas devolvió al Senado el proyecto de Ley número 097/2015 Cámara y 120/2016 Senado, “por medio de la cual se establecen normas de protección y garantías contra abusos hacia los usuarios de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”.

El político huilense había sido uno de los ponentes de esta iniciativa que beneficiaría a millones de usuarios de todo el país de estratos uno, dos y tres; los cuales no tendrían que pagar el servicio de reconexión, el cual fue aprobado con mucho esfuerzo en la Cámara de Representes y el Senado.

“Rechazamos con vehemencia y deploramos que el Presidente de la República, una vez más en un acto de irresponsabilidad con el pueblo colombiano haya tomado la decisión de objetar el proyecto de Ley número 097/2015, del cual tuve la fortuna de ser ponente en la Cámara de Representantes, el cual pretendía eliminar definitivamente el cobro por reconexión de los servicios públicos domiciliarios para las familias más pobres del país”, explicó.

Lozada lamentó profundamente que por condiciones fiscales –falta de recursos- el Mandatario de los colombianos haya rechazado el proyecto y no le diera vida, porque ahora tendrá que cursar de nuevo su trámite en el Congreso y esperar que otro Presidente lo apruebe para que sea una realidad.

“Pero vemos todos los días que sí tienen recursos necesarios para darle a los terroristas de las Farc que están en las zonas veredales y regiones de Colombia, por eso rechazamos la posición del Presidente y el Gobierno Nacional, esperaremos a seguir dando la batalla hasta que este proyecto de Ley que beneficia a las familias más pobres pueda ser realidad”, puntualizó.

La polémica

En las últimas horas el Gobierno nacional se abstuvo de sancionar por motivos de inconstitucionalidad e inconveniencia el proyecto de ley que establece normas de protección y garantías a los usuarios de los servicios públicos, en particular en lo referente a los cobros por reconexión.

El proyecto de ley número 097/2015 Cámara y 120/2016 Senado, “por medio de la cual se establecen normas de protección y garantías contra abusos hacia los usuarios de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, fue devuelto al Senado por medio de un mensaje del Jefe del Estado al Presidente de la corporación, Efraín Cepeda Sarabia.

Dicha iniciativa de ley tiene como objeto “complementar los instrumentos legales existentes para proteger, promover y garantizar el libre ejercicio de los derechos de los suscriptores y/o usuarios de los servicios públicos domiciliarios, así como amparar sus derechos fundamentales y sus intereses económicos a la luz de la jurisprudencia”.

El proyecto aprobado por el Congreso prohíbe a las empresas de servicios públicos cobrar por la reconexión y reinstalación del servicio de agua, gas o electricidad.

En el mensaje, el Ejecutivo argumenta que la norma vulnera el principio de solidaridad y constituye un factor de inequidad contra las personas que pagan oportunamente sus obligaciones.

Así mismo, recuerda que el proyecto legislativo aprobado por el Congreso sobre el mismo tema, fue devuelto a finales del año pasado por el Gobierno, consideraciones similares.

El Mandatario señaló en la misiva que “el Gobierno nacional estima necesario reiterar que lo más prudente es esperar que la Corte Constitucional adopte una decisión frente a las objeciones formuladas en el mes de diciembre de 2016”.

Reiteró que “solo hasta que esa Corporación se pronuncie sobre el particular se tendrá verdadera certeza sobre el alcance de las normas que fijan el cobro de los servicios de reconexión y reinstalación y, de esta forma, se podrá reglar el tema con la seriedad y la seguridad jurídica que el país necesita”.