La Nación
JEP niega medida para restringir libertad y quitar curules a ex-Farc 1 26 abril, 2024
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JEP niega medida para restringir libertad y quitar curules a ex-Farc

La Fundación Defensa de Inocentes, que representa a algunas de las víctimas de la antigua guerrilla de las Farc, pretendía que los exguerrilleros Pablo Catatumbo y Julián Gallo, alias ‘Carlos Antonio Lozada’, se les restringiera la libertad y perdieran la curul en el Congreso.

La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), negó la posibilidad de restringir la libertad en Zonas Veredales de Normalización de los exjefes guerrilleros Pablo Catatumbo y Julián Gallo, alias ‘Carlos Antonio Lozada’. Igualmente, negó la posibilidad de separarlos de sus curules en el Congreso.

Así lo indicó en auto de 32 páginas al resolver una petición que en ese sentido elevó la Fundación Defensa de Inocentes, que representa a algunas de las víctimas de la antigua guerrilla de las Farc en macrocaso 01 denominado “Toma de rehenes y graves privaciones de la libertad cometidas por parte de las Farc-EP”.

La solicitud la hizo la Fundación en el escrito de observaciones al Auto No. 10 que imputó cargos de secuestro a los exmiembros del secretariado de la extinta guerrilla Farc alegando que hay riesgo de que los comparecientes se den a la fuga y no respondan ante la JEP.

Según el escrito presentado, “ya hay antecedentes sobre dicho riesgo, el cual no puede asumirse por parte de la sala, pues no hay que desconocer que estamos ante personas señaladas de cometer crímenes de lesa humanidad y de guerra, las cuales están ad portas de aceptar su responsabilidad y/o de enfrentarse a un proceso para determinar su responsabilidad o no por los delitos endilgados”.

La Fundación también pidió a la JEP que los comparecientes perdieran su calidad de congresistas al considerar que un responsable de crímenes de lesa humanidad y de guerra “no puede actuar como congresistas, ni estar desempeñando otras labores que no sean única y exclusivamente el cumplimiento de la sanción, pues dichas sanciones exigen el cumplimiento de horarios de trabajos y restricciones de movilidad las cuales deberán cumplir en las zonas veredales transitorias de normalización”.

La Sala de Reconocimiento determinó que la medida cautelar solicitada estaba basada en “una premisa hipotética que supone un riesgo de abandono de los compromisos adquiridos en el Acuerdo Final por parte de los comparecientes individualizados en el Auto No. 019 de 2021 ante el rearme de algunos excomparecientes de la JEP”.

“La Sala no encuentra una argumentación que permita determinar cuál es el objeto de protección de la medida. De un lado, no se señala cuál es el riesgo a conjurar con la solicitud. Aún suponiendo que la solicitud tiene la finalidad de garantizar la efectividad de las decisiones, no se encuentra argumentación alguna sobre cómo los comparecientes van a obstruir el proceso o no comparecerán en el mismo”, dice la decisión.

La Jurisdicción analizó varios argumentos y las normas que le dan sustento y determinó que el proceso dialógico ante la Sala de Reconocimiento está estructurado bajo el presupuesto de que los comparecientes se encuentran en libertad, situación que es necesaria para que realicen actividades como la búsqueda de información para su aporte a los mecanismos judiciales y extrajudiciales del Sistema Integral o la realización de actos tempranos de reparación o reconocimiento.

Sobre la petición de retirar del Congreso a Catatumbo y Gallo, la Sala dijo que no encontró “una argumentación que permita evaluar el objeto de protección de la medida solicitada, el riesgo a conjurar y su gravedad y la urgencia de su evitación”.

“La solicitud no presenta elementos de conocimiento que permitan a la Sala determinar que la participación en política de los comparecientes que desempeñan el cargo de congresistas haya afectado el cumplimiento de los requerimientos realizados en el marco del Caso No. 01 o del (Sistema Integral), los derechos de las víctimas o la efectividad de decisiones futuras de la JEP”, dijo la JEP.

Con información de El Tiempo.