La Nación
Losada demanda a Comfamiliar y pide (de nuevo) su reintegro 2 8 mayo, 2024
INVESTIGACIÓN

Losada demanda a Comfamiliar y pide (de nuevo) su reintegro

8 meses después de la intervención de Comfamiliar del Huila, el exdirector Luis Miguel Losada acaba de acudir a la jurisdicción ordinaria en busca de su reintegro. También reclama salarios y otros emolumentos adeudados. La demanda ya fue admitida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva.

 

La sorpresiva intervención que hizo en julio del año pasado el gobierno nacional, a través de la Superintendencia del Subsidio Familiar, a la Caja de Compensación Familiar del Huila, le acaba de costar a la entidad una demanda a través de la cual el exdirector Luis Miguel Losada busca su reintegro y el pago de salarios y otros emolumentos adeudados. Ya lo había intentado a través de una fallida acción de tutela, pero ahora Losada Polanco ha decidido acudir a la jurisdicción ordinaria.

La demanda, radicada el 9 de marzo pasado, se abre paso en el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva. El juez, Armando Cárdenas Mora, la admitió el 14 de este mismo mes, a través de la radicación número 001-2023-00104-00. Allí, se dispuso el traslado de la demanda a la parte accionada –Comfamiliar del Huila—para que la conteste por intermedio de apoderado judicial por un término de 10 días hábiles siguientes a la notificación personal de la providencia.

En esta misma decisión, el togado reconoció personería jurídica a la abogada de Barranquilla, Ligia Cielo Romero Marín, como apoderada de Losada Polanco.

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¿Qué alega el exdirector?

En la demanda, el exdirector Losada hace un recuento de las actuaciones de la Superintendencia del Subsidio Familiar en Comfamiliar del Huila, desde la Resolución 736 del 13 de noviembre de 2015, a través de la cual ordenó la medida cautelar de vigilancia especial o salvamento, hasta la intervención administrativa total bajo la Resolución 0469 del 25 de julio de 2022.

Antes de la intervención, la Superintendencia del Subsidio Familiar emitió resoluciones en las que certificaba el cumplimiento del plan de mejoramiento en más del 90%. “Desde la administración del demandante Losada Polanco se lograron las metas ordenadas en la medida cautelar de vigilancia especial o salvamento a la Caja”, advierte la demanda. Y agrega: “Pese a lo anterior, la Superintendencia ordenó la intervención administrativa y la separación del cargo del director Luis Miguel Losada”.

“En ninguno de los artículos de la parte resolutiva de la Resolución 0469 se ordenó o dispuso notificar el acto administrativo a la persona jurídica Caja de Compensación Familiar del Huila, pese a que aquella se encuentra constituida como persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro y siendo ella la entidad destinataria de la medida de intervención administrativa total”, manifiesta el documento. También advierte que el día de la intervención, los funcionarios de la Superintendencia del Subsidio Familiar llegaron a las instalaciones de la Caja “sin identificarse ni colocar de presente ninguna orden judicial o administrativa”.

En la demanda, el exdirector revela que la Resolución 0469 fue ejecutada sin encontrarse en firme y que pese a que el numeral 9 de ese documento ordenó la notificación electrónica a sus correos electrónicos, “tal orden no fue cumplida”.

Sobre la suspensión de su contrato, la demanda indica que el 25 de agosto pasado, Luis Miguel Losada notificó a la Superintendencia del Subsidio Familiar su calidad de pre-pensionable. El 2 de septiembre, le respondieron que no cumplía con “los requisitos para ser acreedor de la estabilidad laboral reforzada por pre-pensión”, y que la terminación del contrato laboral a término indefinido era bajo la modalidad de despido sin justa causa.

En ese mismo mes, el Departamento de Gestión de Talento Humano de Comfamiliar confirmó que Losada Polanco sí gozaba de estabilidad laboral reforzada por pre-pensionado y que aun así, el 15 de septiembre, el agente especial de intervención de la Caja, Raúl Fernando Núñez Marín, mediante la Resolución AEI 012, resolvió ordenar su desvinculación definitiva.

La demanda indica, así mismo, que Comfamiliar del Huila no le pagó a Losada Polanco los salarios del mes de agosto de 2022 ni tampoco tuvo en cuenta para la liquidación final de prestaciones sociales ese mes. “El despido sin justa causa, violó derechos fundamentales al demandante como mínimo vital móvil, vida digna y trabajo, por ser pre-pensionado”, añade.

Las pretensiones

El exdirector de Comfamiliar pide a la justicia que se “declare y condene” a la Caja a “reintegrarlo al mismo cargo que ejercía a la fecha de la terminación unilateral sin justa causa, es decir, director administrativo”.

También pide que “a consecuencia del reintegro se condene a Comfamiliar del Huila a reconocer y pagarle los salarios causados desde la fecha del despido, 16 de septiembre de 2022, hasta la fecha en que se haga efectivo el reintegro, con los incrementos salariales anuales”. Así mismo, Losada demanda el pago de primas de servicios, cesantías y vacaciones, al igual que los aportes a pensión y salud.

Pretensiones subsidiarias

La demanda de Luis Miguel Losada contra Comfamiliar consigna además pretensiones subsidiarias para que en el hipotético caso en el que el Juez no acceda al reintegro solicitado, condene a la entidad a reconocer y pagar los salarios correspondientes de primero al 31 de agosto de 2022, cuyo valor asciende a $29.529.600, así como la diferencia del auxilio de cesantías por no haber incluido en la liquidación final ese mes, con una base de liquidación de $30.837.412, y cuya diferencia asciende a la suma de $2.569.785, entre otros emolumentos.

Y hay dos solicitudes más: a que se condene a la Caja extra y ultra petita o “por fuera de lo pedido”, y al pago de las costas procesales.

Lo que viene

Tras la admisión de esta demanda, el juez Primero Laboral del Circuito de Neiva deberá proceder a convocar a la primera audiencia de trámite, en donde las partes podrían llegar a un arreglo conciliatorio.