La Nación
Mensajes de WhatsApp no son privados en grupos laborales: Corte Constitucional 1 26 abril, 2024
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Mensajes de WhatsApp no son privados en grupos laborales: Corte Constitucional

La Corte Constitucional advirtió que el derecho a la intimidad no se vulnera cuando un superior accede a las conversaciones que sus empleados mantienen a través de grupos institucionales y estas pueden ser utilizadas dentro de procesos disciplinarios en el marco del trabajo.

Así lo estableció al resolver una tutela presentada por un empleado que fue suspendido por incitar a sus compañeros a no realizar su trabajo, a través de un audio de WhatsApp.

La Corte señaló que dicho grupo tenía por objeto “ser un un canal de comunicación ágil y eficaz para informar al equipo de trabajo sobre asuntos relevantes y laborales de la compañía”. Por esta razón el trabajador no podía pretender que la información que  circulaba fuera netamente privada.

El fallo también explica que para plataformas como estas, se debe aplicar la ‘expectativa de privacidad’, un criterio que ayuda a definir si para conversaciones específicas se puede reclamar el derecho a la intimidad, es decir si “pueden ser conocidas o interferidas por otros”.

Esta expectativa de privacidad aumenta cuando “por ejemplo los miembros del chat son familiares cercanos, el grado de protección de la intimidad tiende a incrementarse (por ejemplo, un chat compuesto exclusivamente por padres e hijos o por la pareja) al paso que si los vínculos no son tan estrechos, la intensidad de la expectativa de privacidad podría atenuarse, explica la Corte.

*Con información de Caracol Radio