La Nación
Mindefensa demanda a militares por falsos positivos 1 18 mayo, 2024
INVESTIGACIÓN

Mindefensa demanda a militares por falsos positivos

Los antiguos miembros del Ejército condenados por las muertes extrajudiciales de civiles, tendrán que pagar de su bolsillo, las indemnizaciones que el Estado le reconoció a los familiares de las víctimas.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

Seis ex militares del Batallón Magdalena condenados por un falso positivo en Pitalito tendrán que responder ahora con su patrimonio personal, por las indemnizaciones canceladas a los familiares de las víctimas.

El Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional decidieron repetir monetariamente contra un oficial, un suboficial y cuatro soldados profesionales, responsables de la ejecución de los campesinos Danilo Yepes Pineda y Saúl Ortiz Muñoz, ocurridas el 22 de marzo de 2006 en la vereda Kennedy.

Los dos labriegos fueron sacados de sus viviendas cuando se aprestaban a iniciar sus actividades agrícolas, los condujeron a un lugar montañoso  y luego fueron ultimados a sangre fría, en un falso combate. Luego los presentaron como guerrilleros dados de baja en una confrontación armada.

Los militares, adscritos al pelotón ‘Berlín’ al mando del teniente Carlos Andrés Mahecha, montaron el ‘operativo’ y lo hicieron pasar como un combate.

Por los dos crímenes extrajudiciales, el Ministerio de Defensa tuvo que cancelar a los familiares de los campesinos una suma equivalente a los 1.515 millones de pesos, que ahora deberán restituirle los militares ya condenados.

Las sentencias de reparación fueron proferidas por el Juzgado Cuarto Administrativo de Neiva el  12 de julio de 2011, adicionada por el Tribunal Administrativo del Huila, el 30 de abril de 2013.

Ahora tendrán que responder con su patrimonio, el teniente Carlos Andrés Mahecha Bernal, el sargento Jimmy Giraldo Marín y los soldados profesionales John Fredy Parga Bonilla, José Wilson Orrego Noreña, César Augusto Vásquez Ordoñez.

La acción de repetición se ejerce contra servidores o ex servidores públicos que como consecuencia de su conducta dolosa o gravemente culposa haya provocado un reconocimiento indemnizatorio por parte del Estado, proveniente de una condena, conciliación u otra forma de terminación de un conflicto.

 

La demanda

El Ministerio de Defensa instauró la respectiva demanda. El 30 de noviembre pasado se realizó la audiencia inicial para determinar si es procedente la acción de repetición para que paguen los dineros que el Estado tuvo que desembolsar por las conductas delictivas.

La demanda no es la primera que se instaura. Todas las condenas que se han fallado por los falsos positivos se trasladaron a los responsables.

El magistrado Enrique Dussán, convocó para el 20 de enero próximo la audiencia de pruebas.

Aunque la acción de repetición ya comenzó, su terminación puede enredarse. Durante la audiencia inicial quedó planteado que varios de los militares implicados se sometieron a la Jurisdicción Especial para la Paz, lo que significa que la justicia transicional tiene otras fórmula para el pago de la indemnización a las víctimas.

 

Falso positivo

Según el reporte militar, hacia las siete de la mañana se presentó un supuesto enfrentamiento armado con cuatro presuntos guerrilleros de las Farc, dos de los cuales fueron abatidos. Luego fueron presentados como guerrilleros muertos en combate.

La Fiscalía 37 de Derechos Humanos, logró demostrar que los labriegos no eran guerrilleros ni habían disparados armas.  Las pruebas testimoniales y técnicas revelaron que la ‘Operación Misil’ resultó un claro montaje.

“Entre otros aspectos no se encontraron residuos de disparo en mano a los occisos y una de las armas incautadas no era apta para disparar de acuerdo con las pruebas realizadas”, confirmó la Fiscalía.

“Es claro que los militares obraron con toda la intención de causar el daño y el resultado ya causado por cuanto no hubo hostigamiento ni enfrentamiento con la víctima Saúl Ortiz ni tampoco accidente; lo que hubo fue una ejecución”, anotó la Fiscalía.

De acuerdo con el material probatorio, incluso, con la aceptación de los militares,  el sargento  Fernando Riveros Sarmiento y el soldado César Augusto Vásquez Ordóñez fueron los autores de la muerte de  Danilo Yepes Pineda mientras que el soldado José Wilson Orrego Noreña participó como autor en el crimen de Saúl Ortiz Muñoz.

“Orrego Noreña eligió y dirigió intencional y coordinadamente su actuar en el crimen de Saúl Ortiz”, precisó.

Mindefensa demanda a militares por falsos positivos 7 18 mayo, 2024
El falso positivo publicado el 23 de marzo de 2006.

El montaje

En criterio de la Fiscalía, el operativo no fue casual, sino planeado con antelación. “El operativo militar estaba debidamente diseñado para llegar a la zona de las viviendas de los occisos, o sea…no fue ocasional su ubicación en las viviendas, como se pretende indicar”.

“Lo que revela la prueba testimonial es que los hechos no sucedieron como pretenden afirmarlo los militares, sino que, al contrario, los testigos presenciales dan fe de que los occisos fueron ultimados y luego pretendieron dar la apariencia de un combate”.

Plan criminal

“Lo que revelan los hechos es que se elaboró una operación para llegar a las viviendas de Saúl y Danilo, como efectivamente lo hicieron”, insistió-, allí pretendieron aludir a un enfrentamiento con varios sujetos que dispararon, cuando los testigos están refiriendo que Saúl fue retenido por uno de los miembros del Ejército y luego fue ultimado por varios disparos que dejaron huellas en su humanidad, como se dejó constancia en la necropsia, que los disparos fueron recibidos a corta distancia; por ello el afán de los militares de indicar que hubo un forcejeo”, anotó.

“Aquí se refleja un plan criminoso común, una división de trabajo para la ejecución de su plan que efectivamente se llevó a cabo, pero que sus afirmaciones de combate se fueron desvirtuando en razón a lo dicho por los testigos y la prueba técnica, por ende, el presunto ataque nunca existió, sino que fue un actuar de los militares debidamente planeado y ejecutado”, concluyó el fiscal delegado que resolvió en su momento la impugnación acusatoria.

 

Enjuiciados

El falso positivo fue investigado inicialmente por el Juzgado 65 de Instrucción Penal Militar. No obstante, el 4 de mayo de 2009 se declaró sin competencia para continuar con la investigación y remitió el caso a la Fiscalía 76 Especializada de Neiva.

El 12 de noviembre de 2010 este despacho ordenó la apertura de la instrucción y dispuso la vinculación mediante indagatoria del sargento Fernando Riveros Sarmiento y de los soldados profesionales José Wilson Orrego Noreña y César Augusto Vásquez Ordoñez. Igualmente fueron indagados otros militares que hacían parte del cuestionado pelotón.

El 17 de junio de 2011 la Fiscalía les impuso medida de aseguramiento con detención preventiva al sargento Riveros y a los soldados profesionales Orrego y Vásquez. El 4 de diciembre de 2011 la Fiscalía los acusó formalmente en calidad de coautores.

 

Evidencias

“Los testimonios de los familiares de las víctimas, los hallazgos de la necropsia y los resultados de la prueba de residuos de disparo practicada a los cadáveres, permiten desvirtuar lo expresado por los militares en el sentido de que Danilo Yepes  les disparó y que fue ello lo que generó la supuesta reacción que desencadenó su muerte y la de Saúl Ortiz”, precisó la Fiscalía.

“El revólver calibre 38 apto para disparar sólo se le encontró una vainilla percutida pero como los occisos no arrojaron residuos de disparo positivo en mano, se hace más evidente que la escena fue alterada ya que la prueba pericial de residuos de disparo es enfática que los occisos no dispararon por lo tanto el arma no fue accionada y como consecuencia de ello pues no atacaron a la tropa militar”, precisó.

“Esta evidencia desmiente el dicho de los procesados que fueron atacados cada uno en su punto de observatorio que tenía. La típica coartada de que primero fueron atacados por los maleantes”.

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La audiencia virtual contra los militares implicados.OS

Las condenas

Los militares terminaron admitiendo su participación en el falso positivo. Todos fueron condenados.

La sentencia fue proferida el 12 de febrero de 2013 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito, en calidad de autores del doble homicidio en persona protegida.

Los militares fueron condenados  a la pena principal de 360 meses de prisión y multa de 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos Como pena accesoria les impuso inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de quince años.

Además, fueron sentenciados a pagar el equivalente a sesenta salarios mínimos por cada una de las muertes, como perjuicios morales a favor de los familiares de Saúl Ortiz Muñoz y Danilo Yepes Pineda. La sentencia condenatoria fue apelada y confirmada en su integridad por el Tribunal Superior de Neiva el 6 de junio de 2013.

La Corte Suprema de Justicia con ponencia de la magistrada Patricia Salazar Cuéllar la dejó en firme las condenas impuestas a los tres militares.