La Nación
Por captura ilegal indemnizan a concejal de Algeciras  1 10 mayo, 2024
INVESTIGACIÓN

Por captura ilegal indemnizan a concejal de Algeciras 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

Señalado como un supuesto miliciano de las antiguas Farc, el ex presidente del Concejo de Algeciras (Huila) Cein Lara Ramírez estuvo preso durante seis meses.

Un informe de inteligencia de la Policía (Dijin) y la versión de dos desmovilizados, entre ellas la un menor, sirvieron como soportes para que la Fiscalía 27 Especializada iniciara la investigación el 23 de julio de 2003.

El comerciante, convertido luego en concejal,  fue vinculado en un proceso penal por la presunta comisión del delito de rebelión que nunca se demostró. La propia Fiscalía concluyó que los cargos no tenían ningún fundamento y decidió archivar el proceso y ordenar su libertad, luego de seis meses de estar detenido.

El Consejo de Estado acaba de confirmar en segunda instancia, la condena que profirió contra la Fiscalía el Tribunal Administrativo del Huila. El comerciante fue elegido concejal en el 2003 pero renunció por las amenazas. Después aspiró por la Alianza Verde alcanzando una curul. El año pasado fue presidente de la corporación.

La captura

Soportado en el informe de inteligencia de la Dijin la Fiscalía Sexta Delegada abrió la investigación, ordenó el allanamiento de varios inmuebles, y  dispuso la captura de varias personas presuntamente vinculadas con las Farc, entre ellas, el comerciante Cein Lara Ramírez. Ese día, el comerciante fue detenido a las 4:30 de la madrugada en un envolvente operativo que concluyó con varias capturas.

La Fiscalía tenía en su poder los testimonios de varios desmovilizados, entre ellos, Vicente Díaz Riaño, Julio Lenin Vanegas Gil, Julio César Torres Valderrama, Hermes Barrera Bedoya y Orlando Rojas Tumbo. Además, una declaración de ex guerrilleros que resultó falsa.

El informe policial lo vinculaba con las milicias de la columna Teófilo Forero y lo señalaba como el encargado de inteligencia y suministro de víveres. Además, lo sindicaba como una de las personas que manejaba las finanzas del jefe guerrillero Gustavo Navarro Morales, (‘El Mocho’), abatido el 20 de octubre de 2003, durante un bombardeo en San Vicente del Caguán (Caquetá) con un saldo de once muertos.

El 26 de abril de 2004, la Fiscalía instructora le definió la situación y profirió  medida de aseguramiento consistente en detención preventiva por el delito de rebelión. Nada de eso se demostró.

Sin embargo, el 20 de septiembre de ese mismo año, la Fiscalía Cuarta Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito precluyó en su favor la investigación y ordenó su inmediata libertad.

La decisión que fue confirmada por la Fiscalía Segunda Delegada ante el Tribunal Superior Neiva-Huila. El comerciante, demandó a la Fiscalía el 19 de septiembre de 2006  por la injusta privación de la libertad de que fuera objeto durante seis meses.

Por captura ilegal indemnizan a concejal de Algeciras  7 10 mayo, 2024
Cein Lara con los ex candidatos Diego Muñoz y Sergio Naranjo.

Primera condena

El 22 de junio de 2012, el Tribunal Administrativo del Huila condenó a la Fiscalía por los perjuicios causados.

La corporación advirtió que la Fiscalía a pesar de no tener las pruebas ordenó la captura.

Además, profirió la medida de aseguramiento en contra del comerciante, “pese que las versiones en su contra eran frágiles y no ofrecían ningún grado de certeza, ni estaban sustentadas en otros medios de convicción”. Luego entonces, existe una privación que se detenta en injusta”, señaló el magistrado Enrique Dussán al proferir la sentencia.

“La medida cautelar se adoptó en una deleznable prueba de cargo. La rúbrica de uno de los testigos no correspondía a los trazos manuscriturales que él normalmente utilizaba”, señaló.

La otra cara

El caso llegó al Consejo de Estado. A la Sección Tercera le correspondió el estudio de la impugnación que formuló la Fiscalía, pidiendo que se revocara la sentencia de primera instancia.

“Si bien se precluyó la investigación a favor de Cein Lara Ramírez, al momento de dictar la medida de aseguramiento habían serios señalamientos que lo ubicaban en el lugar de los hechos y, las circunstancias lo hacían partícipe de los actos delictivos investigados.

“La preclusión se dio por una garantía plena, en virtud de la cual las dudas se resuelven a favor del procesado”, recalcó.

La misma Fiscalía señaló que los únicos dos testimonios recaudados no ofrecían la credibilidad suficiente y por ende, no existía prueba por la cual se indicara que el señor Lara estaba incurso en el delito de rebelión, de ahí a que ordenara su libertad inmediata.

La confirmación

Sin embargo, el magistrado Ramiro Pazos Guerrero, desestimó la argumentación de la Fiscalía y soportado en sus propias decisiones, advirtió que en este caso, hubo una detención ilegal que causó un daño antijurídico que debe ser resarcido. En este caso- añadió- no hubo una conducta civilmente reprochable.

“En efecto, de las providencias obrantes en el plenario y, en especial de la resolución de preclusión, se tiene que la misma Fiscalía advirtió que en el proceder del señor Cein Lara Ramírez no se advertía la existencia de la comisión de un delito y, que los testimonios en su contra, no tenían sustento y, que incluso hubo un “afán de los organismos de seguridad de enristrarlo como subversivo”, señaló el magistrado al resolver la segunda instancia.

“En el caso bajo estudio, de acuerdo con el material probatorio allegado al plenario, hay lugar a declarar la existencia de la privación injusta de la libertad, toda vez que no se observa la existencia de un eximente de responsabilidad, como sería el hecho de la víctima”.

En estas condiciones, confirmó el fallo de primera instancia y condenó a la Fiscalía a cancelarle por lo menos 70 millones de pesos por la detención ilegal.

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En campaña con Claudia López, ex senadora verde.