La Nación
¿Por qué anularon la elección de la Personera de La Plata? 1 26 abril, 2024
HUILA

¿Por qué anularon la elección de la Personera de La Plata?

La elección Andrea Carolina Marroquín Hernández, como Personera del Municipio de La Plata fue anulada por el Tribunal Administrativo del Huila. La Organización de Líderes Territoriales para el Desarrollo (Olted), no era idónea para adelantar el concurso de méritos para la elección de Personero. La procuradora no ha sido notificada de la decisión.

 

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

 

“Quedó demostrado que el concurso el concurso de méritos no fue adelantado de manera directa por el Concejo Municipal sino por la Organización de Líderes Territoriales para el Desarrollo (Olted) que no ostenta la condición de ser una entidad especializada para adelantar procesos de selección…”, sentenció el magistrado al anular la elección de Andrea Carolina Marroquín Hernández, como Personera del Municipio de La Plata.

La decisión fue adoptada por el togado ponente José Miller Lugo Barrero de la Sala Sexta de Decisión Escritural del Tribunal Administrativo del Huila, al resolver la apelación contra la sentencia del Juzgado Quinto Administrativo de Neiva.

La elección de la personera Andrea Carolina, para el periodo 2020 a 2024, fue demandada por la Procuraduría 90 Judicial I Para Asuntos Administrativos, al señalar que la entidad Olted contratada por el Concejo de La Plata no era idónea para adelantar el concurso de méritos.

La procuradora Andrea carolina manifestó que no ha sido notificada del fallo del Tribunal y se abstuvo de referirse al respecto.

Según la denuncia, Olted, que cuenta con cuatro empleados, ofreció al municipio, prestar sus servicios de asesoría jurídica y apoyo a la gestión en el estudio, revisión, análisis y presentación de Proyectos de Acuerdo Municipal y la realización del concurso público y abierto de méritos para la elección de Personero.

La empresa sostuvo que contaba con experiencia e idoneidad para la ejecución de este tipo de contratos y con herramientas suficientes para la realización de las labores requeridas. “El Concejo Municipal de la Plata no allegó documento alguno que permita establecer el análisis de idoneidad y experiencia realizado a Olted que conllevara la suscripción del referido contrato. Tampoco se evidencia soporte alguno de la verificación que adelantara el Concejo Municipal de La Plata o su mesa directiva o presidente respecto del personal que cumpliría las funciones de apoyo, mucho menos se definió quién dentro de la institución debía realizar las preguntas ni cómo se garantizaría su reserva y posibles conflictos de intereses con futuros participantes”, señaló la denuncia de la Procuraduría.

Precisó el Ministerio Público que el concurso de méritos no fue apoyado por una entidad idónea, “pues muy a pesar que en el anterior periodo institucional Olted adelantó un buen número de concursos de méritos para elegir personeros, esa experiencia no resulta suficiente para calificarla como una entidad idónea en los términos exigidos…”.

No obstante el juzgado en la sentencia de primera instancia señaló que quedó demostrada la experiencia de la Olted para asesorar y acompañar el proceso de selección en calidad de Unidad de Apoyo Normativo del Concejo Municipal de La Plata y consideró que el número de empleados de la entidad tampoco es demostrativo de la falta de idoneidad, infraestructura y logística administrativa “necesarias para el desarrollo del proceso de selección para proveer el cargo de personero, ya que dicha organización no fue la responsable de la ejecución del mismo y su labor solo se ciñó a brindar acompañamiento al cabildo”.

Sostuvo además el juzgado que el Concejo no se desprendió del control y dirección del proceso, “pues de manera directa, llevó a cabo la consolidación de una lista de elegibles frente a la cual no se observa que se hubiere presentado reclamación o recursos alguno…”

 

Un nuevo concurso de méritos

El magistrado Lugo Barrero manifestó que, según las pruebas, el concurso de mérito no fue adelantado de manera directa por el Concejo de La Plata sino por la Olted, entidad que no es especializada para adelantar procesos de selección de personal. “La asesoría contratada, bajo la modalidad de Unidad de Apoyo Normativo, no puede asimilarse a la habilitación que el legislador estableció frente a la actuación administrativa que concierne a la elección del personero municipal…”.

El diseño de la convocatoria, la elaboración las pruebas de conocimientos, la custodia, reserva del cuadernillo de preguntas y sus respuestas, estuvieron a cargo de Olted, según el contrato celebrado con el municipio de La Plata. “Para la Sala, tales acciones exceden la asesoría contratada como Unidad de Apoyo Normativo, pues son propias del procedimiento que corresponde ejecutar el Concejo municipal o un ente especializado en selección de personal, vicio en la génesis del trámite del concurso que tiene incidencia en la elección de la personera municipal”, sostuvo el togado.

Precisó que el Concejo delegó en la entidad todo lo relacionado con el concurso de méritos. “Analizado en su conjunto el material probatorio, específicamente la propuesta presentada para efectos de la contratación con la Organización de Líderes Territoriales como unidad de apoyo normativo, en consonancia con la declaración rendida por el representante legal de ésta última, se observa que el Concejo Municipal de La Plata, trasladó a este tercero la función de elaborar no solo el acto de convocatoria del proceso de selección para proveer el cargo de Personero Municipal de La Plata, sino también la de construir los cuestionarios de preguntas y el formulario de respuestas de las pruebas de conocimiento que debían aplicarse en dicho concurso y determinar el proceso de custodia de tales documentos hasta el día de realización de la prueba”.

Aseguró que la Olted no solo trazó los lineamientos generales del procedimiento, sino que materializó sus propias directrices en materia de elaboración de preguntas y custodia de los cuestionarios de la prueba de conocimientos a aplicar a los aspirantes, “actuar que resulta relevante en el trámite de la elección de personero de ese ente territorial…”.

Precisó que el Concejo se alejó de su responsabilidad en el concurso para elegir personero. “Contrario a lo señalado por el a quo (juez de primera instancia), en el presente asunto se demostró que el cabildo sí se desprendió del control y dirección del proceso, pues la consolidación de la lista de elegibles tuvo lugar a partir de un proceso completamente reglado por un tercero, en el que se definieron las etapas de convocatoria, reclutamiento y pruebas bajo parámetros que solo podían ser fijados por el Concejo Municipal…”.

Reiteró que la Olted no es una institución de educación superior pública ni privada, es una entidad sin ánimo de lucro que ofrece consultoría, asesoría, capacitación y gestión de proyectos y no adelantar procesos de selección. “El Concejo municipal de La Plata optó por trasladar su función a una entidad sin ánimo de lucro que no cumple con las exigencias normativas señaladas”.

Para el operador judicial el proceso de selección de Personero del Municipio de La Plata se encuentra afectado de una irregularidad desde su inicio, por lo que el Concejo de La Plata deberá adelantar un nuevo concurso de méritos para elegir Personero Municipal.