La Nación
EDITORIAL

Revocatoria de mandato

Desde hace 18 años, cuando se expidió la Ley 134 de 1994 que estableció la democrática posibilidad de revocar el mandato de alcaldes y gobernadores, todos los intentos por hacer realidad este mecanismo han fracasado. Desde hace 18 años, cuando se expidió la Ley 134 de 1994 que estableció la democrática posibilidad de revocar el mandato de alcaldes y gobernadores, todos los intentos por hacer realidad este mecanismo han fracasado. Al igual que ocurre con la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, que nunca ha llevado a juicio a ningún alto funcionario de los aforados por la Constitución, la revocatoria de mandato no ha podido hacerse efectiva en contra de ningún mandatario local o regional; y no porque no se lo mereciesen varios de ellos, sino porque el mecanismo legal parece establecido justamente para que no pueda funcionar. Los exigentes requisitos que prevalecen para este procedimiento de participación democrática de los ciudadanos hacen nugatorio ese derecho; vale decir que, pese a que el respectivo mandatario haya sido elegido con un bajo número de votos, la Ley 134 señala que, para solicitar la convocatoria de votación revocatoria, se necesita el 40% de votos que se depositaron en la respectiva elección que se pretende revocar. Y luego, que participe por lo menos el 50% de quienes lo hicieron en esa elección, y que la mitad más uno de ellos vote por la revocatoria. Así pues, para revocar a un Alcalde como el actual de Bogotá (sólo como ejemplo del absurdo legal), que fue elegido con menos del 35% de los votos válidos, se requeriría la firma del 40% (más de los que votaron por él). Y luego, el número de sufragios no debe ser inferior al 50% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario, y que por lo menos la mitad más uno de éstos apruebe la revocatoria. Ahora, por iniciativa del acucioso congresista putumayense liberal Guillermo Rivera, se busca reducir estos requisitos y hacer viable la posibilidad de revocatoria. Pero hay algunos peros a ese proyecto que ya avanza. Se incurre en una clara discriminación contra los municipios pequeños, donde se exige el mismo 40% de firmas, pero a los de categorías 1 y 2 apenas el 20% y a los de 3 y 4 el 30%. No tiene ningún asidero que se estratifique la democracia; los votos de los ciudadanos de Isnos o Algeciras tienen el mismo valor y mérito que los de Bogotá o Cartagena o Neiva. En todo caso sigue siendo una cifra muy alta, solamente para solicitar la convocatoria, en donde es claro que no se está decidiendo sobre la permanencia del mandatario sino apenas se está llamando a los ciudadanos para que resuelvan si revocan o no. El número de firmas, como ocurre incluso para proyectos de ley o de reforma constitucional, debería ser de un 10% para su convocatoria, y sí mantener el 50% de participación cuando se decida la revocatoria. Se alaba, sí, que se reduzca de 18 meses a 12 el término transcurrido del mandato para intentar su revocatoria. Un año es un tiempo prudente para evaluar la gestión de cualquier gobernante y darle paso a la opinión ciudadana. La democracia depende de los votos y sus dueños son los ciudadanos. “La revocatoria de mandato no ha podido hacerse efectiva en contra de ningún mandatario local o regional; y no porque no se lo mereciesen varios de ellos, sino porque el mecanismo legal parece establecido justamente para que no pueda funcionar”. EDITORIALITO El senador Jorge Eduardo Géchem acaba de oficializar su aspiración a la presidencia del Congreso. Aunque no será fácil lograr el consenso, por lo menos, deberá contar con la solidaridad de la bancada surcolombiana. De lograrse, será una posición representativa para la región.