La Nación
Salió de la cárcel alcalde electo de El Agrado 1 26 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Salió de la cárcel alcalde electo de El Agrado

Después de varios intentos fallidos, el Juez Primero Penal del Circuito revocó la medida de detención preventiva y le concedió el beneficio de detención domiciliaria. Sus electores el ofrecieron un cálido recibimiento.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

El alcalde electo de El Agrado (Huila), Carlos Alberto Murcia, abandonó ayer la cárcel Las Mercedes de Garzón donde permanecía recluido desde diciembre pasado por supuesta corrupción electoral.

El joven dirigente conservador retornó a su pueblo natal, beneficiado con casa por cárcel que le concedió ayer el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón.

El mandatario elegido en octubre pasado, pero no posesionado fue trasladado en un vehículo del Inpec, hasta su residencia.  Una impresionante multitud lo recibió ayer tarde, en señal de respaldo. Numerosas motos y varios automotores se sumaron al espontáneo recibimiento que cubrió, según testigos, unas diez cuadras.

Desde la entrada al pueblo hasta el parque principal había globos y banderas. En un momento entonaron el himno nacional.

“Caliche, Caliche, Caliche”, pregonaba la multitud. El alcalde no posesionado, no pudo contener el llanto.

En medio de la algarabía, se limitó a saludar al público que lo aclamaba, se quitó por un momento el tapabocas y entre lágrimas y largos suspiros, sintió los aires de la libertad.

Su hermano, Luis Fernando Murcia, su familia y numerosos seguidores lo acompañaron hasta su casa paterna, donde cumplirá la orden del juez que le sustituyó la medida, en pleno pico de la pandemia.

 

La revocatoria

El juez Primero Penal del Circuito de Garzón, Juan Carlos Bolaños Motta le revocó el lunes pasado la medida de aseguramiento en establecimiento carcelario y le concedió la detención domiciliaria bajo caución prendaria.

Luego de agotar los trámites ante el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) ayer fue trasladado hasta su residencia en El Agrado, donde deberá permanecer con las limitaciones propias de la detención domiciliaria.

El mismo despacho decretó el 8 de julio pasado la detención domiciliaria a la ex alcaldesa, Waldina Losada Vega y a la concejal electa (no posesionada) Bertilda Ramírez Valderrama investigadas por los mismos hechos.

En este caso, su abogado argumentó que aunque no se presentan nuevos elementos materiales probatorios, las condiciones jurídicas que se consideraron para ordenar su detención, cambiaron sustancialmente.

 

La captura

Murcia Méndez fue capturado el 12 de diciembre de 2019, tres semanas después de haber sido elegido en una reñida contienda con el candidato liberal, Edison Johan Sánchez España, a quien le ganó por 161 votos.

Esa estrecha diferencia, origen de la polarización, terminó judicializada. En esa misma fecha fueron detenidas la alcaldesa de la época Waldina Losada Vega, quien soportaba la campaña y la promovía de frente pese a su investidura;  y la presidenta del concejo Bertilda Ramírez Valderrama, su fórmula a la corporación.

La fiscal especializada, Martha Lucía Osorio Lozano, les imputó los delitos de los delitos de concierto para delinquir, fraude en inscripción de cédulas y corrupción al sufragante.

No obstante, los tres implicados, sostienen que detrás de esas denuncias se movieron otras fuerzas políticas, para opacar los resultados electorales.

La medida de aseguramiento fue proferida por el Juzgado Octavo Penal de Neiva en diciembre de 2019.

Al resolver el recurso, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva mantuvo incólume la medida en un auto proferido el 29 abril de 2020.

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El alcalde electo, Carlos Murcia Méndez, al arribar ayer a su pueblo natal.

Sustitución

La Fiscalía presentó el escrito acusación el 12 de mayo de 2020, sin que hasta la fecha se haya podido realizar la audiencia preparatoria.

La  acusación fue adicionada con el descubrimiento de otros elementos materiales probatorios y la presentación de por otros 200 testigos. Esa circunstancia, a juicio de la defensa, fue presentada como argumento para invocar la sustitución de la medida.

El abogado Iván Cancino argumentó que en este caso, los fines por los cuales se le impuso la detención preventiva, han desaparecido, en razón a que ya se surtió la etapa investigativa y la Fiscalía terminó el descubrimiento probatorio.

“En el caso de los testigos -dijo- se encuentran atados a unas declaraciones juramentadas sin que exista ninguna solicitud de protección de testigos por parte de la Fiscalía”.

“Los delitos que se le imputaron no son actos de corrupción que atenten la administración pública sino que las imputaciones  pueden afectar los mecanismos de participación democrática, sin que el procesado en su condición de alcalde electo ponga en riesgo a la comunidad, a los testigos o la integridad de las pruebas”.

Cancino destacó además, el arraigo, la ausencia de antecedentes penales y su calidad de ex concejal y líder de la comunidad, con amplio reconocimiento ciudadano, como quedó demostrado ayer durante el multitudinario recibimiento.

 

La oposición

La fiscal 35 especializada Martha Lucía Osorio se opuso a la revocatoria o sustitución de la medida.

La funcionaria judicial insistió en que  no existen elementos nuevos para que reclamar la sustitución y menos la revocatoria.

En su criterio, la carga argumentativa no tiene el soporte para desmontar la inferencia razonable y por lo tanto, consideró que la revocatoria en éstas circunstancias, resulta abiertamente improcedente.

“Los elementos que sirvieron para proferir la medida no han desaparecido, con un agravante que compromete recursos públicos para corromper y lograr los fines de la organización criminal, ofreciendo dinero, proyectos productivos y beneficios para quienes lo apoyaran”, explicó la fiscal del caso.

“Las conversaciones telefónicas legalmente interceptadas son verdaderos elementos de convicción que permiten acreditar la forma en la que actuaron los detenidos”, acotó la representante del organismo acusador.

La Fiscalía reveló varias conversaciones telefónicas de la entonces alcaldesa con la senadora Esperanza Andrade y con su tío Eduardo Serrano, donde analizan una eventual intervención ante el Fiscal General de la Nación, supuestamente para frenar el operativo que estaba en marcha. Esas conversaciones telefónicas, legalmente interceptadas, fueron utilizadas para argumentar una posible obstrucción a la debida administración de la justicia.

“La Fiscalía, dijo, cuenta actualmente con numerosas interceptaciones telefónicas, legalmente obtenidas, declaraciones y otras evidencias que pueden afectarse”.

“La etapa no ha terminado y aun varias de las pruebas solicitadas no han sido practicadas, siendo aún posible, ejercer influencias sobre las versiones de los testigos. Tampoco ha desaparecido la posibilidad de obstrucción de la justicia”, precisó la funcionaria.

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Un emocionante recibimiento le ofrecieron sus electores.

La negativa

El 17 de agosto pasado, una juez de garantías rechazó idéntica solicitud  y mantuvo la detención en establecimiento carcelario, afirmando que representaba un peligro para las víctimas y los testigos.

“En el presente caso, en necesario precisar que la carga procesal que le asiste a la defensa para pretender la revocatoria o la sustitución no es suficiente para revocarla”, concluyó la juez.

Aunque los delitos imputados vulneran los mecanismos de participación democrática, como lo señaló la defensa, también reporta un agravante punitivo porque median recursos públicos, insistió.

“En el presente caso, es necesario, reiterar que el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Neiva con función de control e garantías de Neiva en acto proferido en diciembre de 2019 impuso a Carlos Alberto Murcia, medida privativa de la libertad en establecimiento carcelario al considerar acreditados los requisitos objetivos y subjetivos para evitar la obstrucción el debido ejercicio de la justicia y proteger a la comunidad de la continuación de la posible actividad delictiva de los implicados”, explicó la operadora judicial.

En su criterio, los fines de la medida prevalecen sobre el derecho del alcalde electo de pedir la sustitución, argumentó para negar la revocatoria.

La decisión fue apelada. Ahora, al desatarse el recurso el juez de segunda instancia, revocó la detención intramural y la sustituyó por detención domiciliaria, bajo caución.

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La audiencia virtual.

El nuevo escenario

Cuando se decretó el mismo beneficio para la ex alcaldesa y la concejal electa, el juez de segunda instancia, admitió las nuevas condiciones para sustituir la medida.

Con la presentación del escrito de acusación quedó agotada la posibilidad de la Fiscalía para continuar realizando una investigación. Además, la práctica de los medios probatorios ya se surtió lo que descartaría una posible obstrucción de la justicia.

Explicó que si bien los implicados quebrantaron “esa confianza y que ello las hace merecedoras a la medida de aseguramiento, también es cierto que tienen un afincado arraigo en esa población, que carecen de antecedentes penales, han estado dedicadas a actividades lícitas, son personas que tienen sus vínculos familiares sin que de su entorno se ponga en tela de juicio el buen comportamiento con sus familias, y como se dijo anteriormente, no tienen antecedentes de comportamientos violentos contra su comunidad”.

Además, recalcó que en los delitos imputados no se encuentran enlistados en las prohibiciones contenidas en el Código Penal. “Por lo tanto, acotó, no existe la exclusión objetiva para que puedan acceder a este mecanismo sustituto de cumplimiento de la detención preventiva”.

Esa misma tesis cobró vigencia y respaldó la revocatoria.

“En este caso es procedente conceder la sustitución de la detención preventiva que cumplen en la cárcel de Garzón por su residencia en El Agrado”, concluyó.

Eso sí, advirtió que el encartado, no podrá posesionarse, no podrá entrar a ejercer el cargo, ni posesionarse ante un notario o ante dos testigos porque está vigente en su contra una medida de aseguramiento.

Lo claro es que tendrá casa por cárcel y desde aquí podrá ejercer su derecho a la defensa, en las audiencias virtuales, mientras persiste la emergencia sanitaria.