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Se conjuró el paro camionero en el país 2 3 mayo, 2024
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Se conjuró el paro camionero en el país

Se conjuró el paro camionero en el país 8 3 mayo, 2024

Esta madrugada después de 23 días, llegó a su fin el paro camionero nacional, luego de un acuerdo entre los dirigentes transportadores del país y el Gobierno Nacional.

Para levantar el paro se firmó un documento que garantiza en el corto, mediano y largo plazo la implementación de medidas que benefician al sector. Además se realizará un minucioso seguimiento y control, al cumplimiento de las normas que regulan las relaciones entre el generador de la carga, la empresa de transporte público y los propietarios y tenedores de vehículos.

"Por la vía del diálogo concretamos acuerdos, que se centran en beneficios tangibles. Lo logrado fue fruto de las necesidades y requerimientos de los transportadores de carga, los cuales han sido atendidos por el Gobierno. De esta manera, se levanta la inmovilización y se normaliza la prestación del servicio en el país", afirmó la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives.

También se acordó la conformación de una comisión permanente que estará integrada por expertos en prestación del servicio de transporte de carga, representantes del Gobierno y de los principales gremios del transporte de carga.

Se permitirá a los transportadores la afiliación y autoliquidación al sistema general de riesgos laborales por parte de los transportadores, así como al acceso a líneas de créditos en el Fondo Nacional del Ahorro y al programa especial de vivienda.

El Ministerio de Transporte trabajará en temas como el cumplimiento de logística de cargue y descargue; prescripción de comparendos de tránsito, levantamiento de vara en peajes para optimización de tiempo en paso de peajes y políticas que eviten cabotaje, entre otros.
  
Finalmente entre los acuerdos alcanzados en el tema de Relaciones Económicas se destacan que los Costos Eficientes de Operación del SICE TAC (Sistema de Costos Eficientes) son dinámicos y en ningún caso podrá pagarse por debajo de los mismos en las relaciones económicas entre generador de la carga, empresa de transporte y propietario, poseedor o tenedor del vehículo de servicio público de carga, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2228 de 2013.