La Nación
Turbulencia en Avianca 1 26 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Turbulencia en Avianca

William Alvis Pinzón

 

Cuando se creía que el Gobierno de Iván Duque transitaba sin Dios ni ley en su favorecimiento a Avianca, apareció un ciudadano cualquiera y con una de las contribuciones de la Constitución de 1991, la Acción Popular, logró que la Sección Primera Subsección A, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del Magistrado Luis Manuel Lasso, decretara la suspensión provisional del desembolso del préstamo de 370 millones de dólares que le fue autorizado.

Entre otros documentos que sirven de sustentos de la demanda, que fueron retomados en el auto que decreta la medida cautelar, se señala la existencia de un “informe auditor independiente sobre la revisoría financiera intermedia”, rendido por la sociedad de auditoría KPMG S.A.S. con el cual se acredita que, según la información financiera consolidada condensada al 30 de junio de 2020, el Grupo Avianca Holding presenta pérdidas del ejercicio por US$353 millones, tiene un déficit patrimonial por US$355 millones y diferencias de capital de trabajo por US$4.027 millones.

Se sostiene también en el informe que los problemas financieros de Avianca son anteriores a la Pandemia, y que, recientemente, para afrontar los efectos generados por la pandemia del COVID 19, el 10 de mayo de 2020, el Grupo aludido presentó peticiones voluntarias ante el Tribunal de Bancarrota del Distrito Sur de Nueva York, para su protección bajo el Capítulo 11 del Código de Bancarrotas de los Estados Unidos.

El citado informe concluye que, “Estas condiciones indican la existencia de una incertidumbre material que puede generar dudas significativas sobre la habilidad del Grupo para continuar como negocio en marcha. Nuestra conclusión no es modificada en relación con este asunto.”.

El Gobierno tiene la ventaja de que toda la documentación solicitada provienen de sí mismo, lo que hará necesario el fortalecimiento de la parte actora a través de coadyuvantes expertos (ONGs y centros de estudios), que puedan aportar al debate ya que por tratarse de una acción popular es de naturaleza publica y amplia en la legitimación por activa.[1]

De modo que estamos en presencia de un capítulo de David y Goliat en este proceso de Acción Popular, en el que un ciudadano enfrenta con la Constitución en la mano y en los estrados judiciales a un poderoso gobierno y grupo económico, en defensa del patrimonio de todos los colombianos. ¡Que viva la ciudadanía!, ¡que viva la Constitución!