La Nación
Multa de 3 mil millones de pesos a conductor por transportar químicos 1 27 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Multa de 3 mil millones de pesos a conductor por transportar químicos

La justicia condenó a John Fredy Caro Oyuela por el delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos. El hombre fue capturado en Pitalito y llevaba en la tractomula 162 galones de ácido sulfúrico. “La sustancia química es utilizada para el procesamiento de cocaína”, dijo la Fiscalía. Un testigo de la defensa será investigado por falso testimonio.

 

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

 

Tres mil millones de pesos es la multa que deberá pagar al Tesoro Nacional, John Fredy Caro Oyuela, luego de ser hallado responsable de transportar  613,17 kilos de ácido sulfúrico utilizados para el procesamiento de cocaína.

El testigo clave de la Fiscalía fue un investigador del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), que permitió al Juez Primero Penal Especializado de Neiva encontrar responsable al conductor del delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos.

El togado demás ordenó que el testigo de la defensa, con el que buscaba la inocencia del procesado, sea investigado por falso testimonio.

 

La incautación

La captura de John Fredy Caro Oyuela, ocurrió en un puesto de control instalado en la vereda El Cedro, en el municipio de Pitalito, por unidades del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en coordinación con efectivos del Batallón Magdalena, en la madrugada del 7 de agosto de 2020.

Efectivos del CTI recibieron una llamada telefónica en la que informaban sobre el desplazamiento de un tractocamión Kenwort, de color rojo, que había salido de la ciudad de Bogotá con un cargamento de cemento y durante el trayecto entre los departamentos del Tolima y Huila, había cargado recipientes plásticos con sustancia para el procesamiento de narcóticos.

La fuente señaló a los investigadores que el cargamento de cemento tenía como destino el departamento del Putumayo. , por lo que se diseñó un operativo para ubicar el vehículo en la capital huilense. “Como estos resultaron infructuosos, procedió a dar aviso a las autoridades del sur del Huila”, dijo el fiscal del caso.

Los funcionarios del cuerpo de investigación se desplazaron rápidamente hacia el Valle de Laboyos y solicitaron el apoyo del personal militar, quienes les avisaron que en el retén militar, al revisar la tractomula Kenworth, color rojo, de placa SZX-482, conducida por Caro Oyuela, observaron una gran cantidad de bultos de cemento gris y canecas plásticas con líquido.

El vehículo fue trasladado hasta las instalaciones del Batallón Magdalena, en donde le realizaron una inspección a la carga, hallaron 600 bultos de cemento gris y 18 canecas plásticas pequeñas que contenían una sustancia líquida, al parecer, para el procesamiento de narcóticos.

Las autoridades establecieron que eran transportados 162 galones de ácido sulfúrico. “La sustancia química controlada es utilizada para el procesamiento de cocaína”.

De inmediato el conductor fue capturado y puesto a órdenes de la Fiscalía de turno URI por el delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos.

 

“No hay duda”

El investigador líder manifestó en el juicio oral contra Caro Oyuela que el hombre “por voluntad propia”, comentaba que lo habían contratado en Pitalito para ese viaje y para compensar los gastos como conductor iba con esas canecas.

Señaló que había pasado por Neiva muy temprano, habiendo sido abordado en Pitalito para llevarlas.

El funcionario señaló que observó al hombre tranquilo. “No indicó el nombre de la persona que le entregó esas canecas, las cuales recogió sobre la vía, una vez le hicieron el pare con la mano, le pidieron que llevara esas canecas, acordando el precio en $150.000 o $200.000, y que se las iban a recibir en el Putumayo”.

Por su parte, un amigo del conductor, que testificó a su favor, señaló que el acusado le debía $300.000 y lo llamó para que se vieran a la estación de servicio Las Palmas, en Pitalito, y en donde, al llegar, había un señor con el que Caro Oyuela estaba haciendo un negocio para llevar un jabón líquido y un límpido. “Puede afirmar que era jabón líquido y límpido porque se lo escuchó decir al señor que estaba ahí”.

El juez señaló que no hay duda que la persona que transportaba ilícitamente el ácido sulfúrico desde Bogotá es Caro Oyuela. “Si al ser un conductor con experiencia en el transporte de carga sabía que para ello debía tener la correspondiente guía o remisión, también tenía el conocimiento de que para transportar una sustancia de naturaleza distinta a la que lícitamente transportaba, con mayor razón lo requería y el no tenerlo permite colegir la realización voluntaria y consciente de dicho transporte ilegal…”.

Agregó que el relato del investigador líder es espontáneo. “Suministró la razón del porqué obtuvo el conocimiento o percepción directa de lo que afirmó, se corroboró con el resultado obtenido en las labores de verificación…”.

Sostuvo que testimonio del amigo de Caro Oyuela presentado por la defensa “riñe tajantemente con la realidad presentada, por la información previa obtenida en cuanto a la línea de tiempo, verificaciones y resultados positivos obtenidos por el investigador, apreciándose un interés en soportar a la ligera las manifestaciones voluntarias del procesado”.

El operador judicial indicó que las argumentaciones de la defensa y la hipótesis con la que pretendía “crear un manto de duda”, no cuentan con ningún soporte probatorio. “Insistimos en que los hechos y circunstancias en que fue encontrada la sustancia ilícita, fueron aceptadas y admitidas por la defensa, por lo que no es admisible ahora cuestionamiento alguno…la cual resultó real y verídica”.

Precisó el togado que las pruebas recaudadas, analizadas de manera “individual y en conjunto”, y el testigo de cargo de la Fiscalía, permiten llegar con certeza a la conclusión, de la responsabilidad John Fredy Caro Oyuela. “Contrariamente a la presunta duda alegada por la defensa”.

Reiteró que el investigador, quien fue el testigo clave de la Fiscalía, fue “claro, coherente, desprovisto de algún interés de querer faltar a la verdad o animadversión para perjudicar al enjuiciado, son los que permiten colegir de manera clara y cierta que Caro Oyuela participó activamente en el transporte dentro de este grave y reprochable acto…”.

Sostuvo que la duda probatoria que fue planteado por la defensa, no surge de especulaciones o conjeturas retóricas en sus alegatos, “sino de proposiciones fácticas plausibles, consistentes en hechos directos o indicadores concretos evidenciados en el juicio a través de los medios de prueba de descargo practicados, que al ser confrontados con los de cargo, permitan llegar a la conclusión de que en verdad existe una duda sustancial razonable…”.

El juez encontró responsable John Fredy Caro Oyuela responsable del delito de tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, y lo condenó a ocho años de prisión y una multa de 3.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Además, ordenó que se investigue al testigo de la defensa por falso testimonio. “El testimonio del testigo tampoco es verosímil porque no demuestra constancia y una sólida coherencia interna consigo mismo, en cuanto a la explicación que da como se produjo el increíble encuentro para el pago del préstamo de dinero, porque en su narración afirma otras circunstancias que no explican por qué se encontraba él en Pitalito…”.