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‘No habrá cambios en frontera Colombia- Nicaragua’ 1 3 mayo, 2024
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‘No habrá cambios en frontera Colombia- Nicaragua’

‘No habrá cambios en frontera Colombia- Nicaragua’ 7 3 mayo, 2024
El presidente Santos indicó que, por ahora, los límites con Nicaragua son inmodificables.
El fallo de la Corte Internacional de La Haya, que aclaró el diferendo de límites marítimos entre Colombia y Nicaragua, solo podrá aplicarse tras la firma de un nuevo tratado entre las dos naciones. En estos términos, el presidente Juan Manuel Santos precisó los alcances de una decisión divulgada ayer, de la Corte Constitucional, en referencia al tema.

“La Corte Constitucional acogió, después de un estudio riguroso y serio, la tesis que hemos venido sosteniendo desde el mismo día en que salió el fallo de La Haya en noviembre de 2012 y que ratificamos en septiembre del año pasado, cuando demandé personalmente el Pacto de Bogotá”, explicó el presidente Santos.

Según el Mandatario, “en la demanda se sostuvo que, de conformidad con la Constitución Nacional, los límites de Colombia sólo pueden ser modificados o establecidos por medio de un tratado celebrado por el Gobierno, aprobado por el Congreso y luego revisado por la Corte Constitucional”. Por lo tanto, agregó, “el fallo de la Corte de La Haya sólo se puede aplicar después de un nuevo tratado”.

En consecuencia, de acuerdo con el presidente Santos, “esa fue la tesis acogida por la Corte Constitucional en un fallo histórico, que aplica de manera clara lo ordenado por la Constitución”.

“En consecuencia, para nuestro país –mientras no sea celebrado un nuevo tratado–, los límites de Colombia con Nicaragua continúan siendo los establecidos en el tratado Esguerra–Bárcenas. Es decir, los límites anteriores al fallo de la Corte Internacional de Justicia”, añadió el Jefe de Estado.

Analistas precisaron que, en diferentes oportunidades, la Corte Constitucional ha señalado que los tratados internacionales que obligan, sin ningún tipo de omisión, son los que se refieren al cumplimiento de las normas del Derecho Internacional Humanitario y de Derechos Humanos, tema sobre el que no cabe discusión.

No obstante, frente a otros tratados anteriores a 1991, sí están abiertos al examen de la Corte, y entre ellos está el Tratado de Bogotá, y que lo que este establece en materia de límites va en contravía de la Carta del 91.