La Nación
Oro negro vs. oro verde 1 2 mayo, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Oro negro vs. oro verde

 Juan Carlos Conde Vargas

Habiéndose filtrado el fallo judicial proferido por la Corte Constitucional, mediante el cual el máximo tribunal condena a Cerro Matoso indemnizar alrededor de tres mil cuatrocientas personas (en su mayoría vinculadas a comunidades étnicas de la zona) afectadas en su salud y su trabajo por cuenta de los efectos de la operación de explotación y exploración de ferroníquel, vuelven a desempolvarse las discusiones que no hace mucho se dieron en torno a la responsabilidad social de las empresas y el derecho de explotación de los recursos naturales.

El tema por supuesto no es fácil y quizá la discusión en medio de la coyuntura electoral solo contribuya a distanciar las posturas ideológicas. De un lado podrán aplaudirse las ideas orientadas a suspender a raja tabla la explotación minera, sustituyendo el modelo de desarrollo económico vigente en los últimos treinta años, y dando paso a un escenario de productividad en el cual, por ejemplo, sea el aguacate el que irrumpa como plataforma para el crecimiento social.

De otro lado estarán aquellos que promuevan la explotación minera como sustento del crecimiento económico, teniendo en cuenta las bondades del suelo, la experiencia adquirida por Colombia en estas décadas y los altos niveles de tecnificación que a la fecha se pueden aplicar, con los cuales se logra una mayor eficiencia de los recursos, fomentando ingresos adicionales para las regiones, y en todo caso reconociendo los permisos y las licencias concedidas a la fecha.

La solución no está en la escogencia de alguna de las propuestas extremas previas, pero tampoco en la búsqueda de un consenso con posturas intermedias, en las cuales so pretexto de congraciarse con todo el mundo, se fijen caminos con ¨excepciones¨ o ¨salvedades¨, que solo derivan en una incapacidad estatal para blindar la correcta explotación de los recursos naturales.

Porque así algunos desconozcan el hecho, aquellas grandes regiones de México que hoy exportan millones y millones de aguacates al mundo entero (y en especial a los Estados Unidos), también han causado un daño irreparable a las zonas de conservación ambiental y de protección forestal, por cuenta del afán expansionista a los cultivos del ¨oro verde¨; en efecto, sin importar los impactos al medio ambiente y a las cuencas hídricas aledañas, innumerables comunidades han sido afectadas a partir de la sustitución de grandes hectáreas de bosque por los famosos cultivos de aguacate.

En igual sentido, es claro que los perjuicios a la comunidad Zenú en el Alto San Jorge, causados por la explotación de Cerro Matoso, son innegables más allá del beneficio económico para el país, las regalías generadas a los municipios en donde se ubican tales asentamientos, y el empleo generado. Son casi cuarenta años de una explotación con daños a terceros, que deben ser protegidos a partir del reconocimiento de las comunidades étnicas afectadas, vulnerables en función de su condición minoritaria.

De todo lo anterior solo queda un hecho incontrovertible: La seguridad jurídica que debe reconocerse a los beneficiarios de licencias ambientales o de permisos de explotación no es absoluta; de por medio está la intervención de las autoridades estatales, en tanto se afecten legítimos derechos individuales, colectivos, presentes y futuros, así se hayan reconocido previamente (derechos adquiridos) las intervenciones sobre el suelo. Es necesario que sobre todo tipo de explotación del suelo, con propósitos agrícolas, ganaderos, minerales o industriales, se asuma la consecuencia por los daños causados, máximo si estos se han podido evitar.