¿Y de la autonomía qué?. Por Marta Lucía Ramírez

Bien hizo el Presidente Santos en darles la bienvenida a los nuevos mandatarios regionales con un mensaje muy claro: que cuentan con un aliado en el Gobierno nacional. Y no es para menos, pues deberá trabajarse mancomunadamente para lograr no solo que se implemente en su integridad la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, sino también para que opere correctamente el Sistema General de Regalías, dos de los principales objetivos de la administración actua En el caso de la reforma estructural a las regalías se expidió el Decreto 4923 de 2011, a través del cual se garantizó la operación de los recursos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables y se fijó su distribución, administración, ejecución, objetivos y fines, así como su uso eficiente y las condiciones para su destinación. Con justa razón se han presentado complejas discusiones y polémicas que surgieron en el seno del Congreso, en tanto podría tratarse de una concentración excesiva del gasto público y de la planeación de la inversión en cabeza del Gobierno central a riesgo de un vaciamiento de las competencias atribuidas a las entidades territoriales. ¿Esa será la mejor forma del Gobierno Nacional de aliarse y hacer prevalecer la autonomía de los entes territoriales, al igual que los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad? Definitivamente no. Al incidir poderosamente en la asignación de los recursos de las regalías, la descentralización administrativa también tambalea o, al menos, retrocede en su avance. Ahora bien, no se trata de impedir que exista tensión entre el Gobierno Nacional y las entidades territoriales. De lo que se trata es de articular y distribuir las competencias de los distintos niveles de la administración de tal suerte que se materialicen los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad, con los cuales se preserven las competencias de los órganos territoriales correspondientes para asuntos de interés meramente local o regional, al paso que cuando trascienda esa órbita, sea la ley la que regule la materia. El hecho de sujetar, subordinar o hacer opcional la participación de las instancias departamentales, municipales o distritales, deviene en el claro desconocimiento de la autonomía de las mismas, desplazando sus competencias, asignadas por la Constitución de 1991 y la Ley. No cabe pensar en que no se pueden confiar a los entes las herramientas necesarias para que estructuren, mejoren y diversifiquen sus capacidades y den respuestas concretas y materiales a sus habitantes. El Gobierno nacional será, entonces, el mejor aliado de los entes territoriales y de la descentralización si permite su efectiva participación, con voz y voto, en cada una de las fases de que se compone el Sistema General de Regalías. En un horizonte de tiempo determinado veremos…

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