La Nación
Del acoso sexual y otras barbaridades 1 29 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Del acoso sexual y otras barbaridades

El Código Penal Colombiano define el acoso sexual como aquella conducta que comete la persona que acose, hostigue, persiga o asedie física o verbalmente a otra, con fines sexuales no consentidos, valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad, poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica.

Para esa conducta el ordenamiento jurídico contempla una pena de prisión de uno a tres años, siempre que no concurran circunstancias de agravación punitiva; caso en el cual, la pena se incrementará sustancialmente.

Durante las últimas semanas Colombia ha volcado sus ojos sobre una situación que vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre el acoso sexual y las violencias contra las mujeres. El pasado 13 de enero se conoció la designación que hizo el presidente Gustavo Petro de Víctor de Currea-Lugo como nuevo embajador de Colombia ante los Emiratos Árabes Unidos. Las críticas no se hicieron esperar.

Una de las primeras voces que se pronunció en contra de la decisión del Gobierno Nacional fue la de la representante a la Cámara Jennifer Pedraza. La congresista escribió en su Twitter que el designado embajador tenía múltiples denuncias por acoso y abuso sexual mientras se desempeñaba como docente de las universidades Javeriana y Nacional; por ende y con razón, le parecía inconcebible que el gobierno del cambio realizara este tipo de nombramientos.

Sorpresivamente el exrepresentante Germán Navas Talero se enfureció tanto por lo manifestado por Pedraza en su red social, que irrespetuosamente y pretendiendo sin éxito ofenderla, la tildó de “vendedora de piñatas de bazar de pueblo” y la responsabilizó de desacreditar el Congreso. Nada más risible que una acusación de esa naturaleza que pone en evidencia la misoginia campante que se pasea por las calles del país.

Señor Navas Talero, el Congreso está desacreditado no por denunciar públicamente actos de acoso y violencia sexual, sino porque es un secreto a voces que en ese lugar se planean y cometen delitos de todo tipo.

Al margen del desafortunado episodio con el exrepresentante Navas Talero, una vez se hizo pública la designación del nuevo embajador de Colombia en medio oriente, se conocieron por lo menos cinco testimonios de mujeres que manifestaron ser víctimas de acoso sexual por parte de Currea-Lugo. Las narraciones son escandalosas y dan cuenta de besos forzados, tocamientos no consentidos, hostigamiento verbal y hasta violencia física.

El nombramiento de una persona con acusaciones tan graves no podía ser aplaudido y merecía todo el rechazo de la opinión pública como efectivamente sucedió, al punto de que el presunto acosador declinó de su nombramiento.

Es cierto que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia, De Currea-Lugo tendrá todas las garantías que proporciona el sistema jurídico colombiano para defenderse de las acusaciones en su contra; sin embargo, el mensaje de la sociedad debe ser claro: tolerancia cero con la designación de personas en altos cargos del Estado sobre las que recaigan acusaciones por la comisión de actos que configuren violencia contra la mujer.

La indiferencia de los nominadores solo perpetúa patrones nocivos de comportamiento que en nada contribuyen a la superación de la discriminación por razones de género. Las autoridades y los particulares no pueden ser neutrales.

La Corte Constitucional en sentencia T-140 de 2021 señaló que los estereotipos de género determinan el modo en que las autoridades reaccionan frente a las violencias contra las mujeres. En ese sentido se les ha dado una serie de características con base en las cuales se juzga la conveniencia o no de ser escuchadas y protegidas institucionalmente.

Por ejemplo, se ha creado el estereotipo de la “mujer honesta”, considerándose que solo aquella es merecedora de tutela judicial. La “mujer instrumental” es otra de las categorías establecidas en el imaginario colectivo, según la cual, una mujer realiza denuncias falsas para obtener un objetivo determinado. A la “mujer corresponsable” las autoridades y la sociedad en general le atribuyen parte de la culpa por las lesiones recibidas; finalmente, se ha instituido la concepción de la “mujer fabuladora” como aquella que denuncia hechos de violencia que obedecen, según la creencia popular, a exageraciones o deformaciones de la realidad en contraposición con la racionalidad del hombre.

Las categorías identificadas no son más que formas a través de las cuales se estigmatiza a la mujer para restarle credibilidad a sus relatos. La ridiculización pretendida por Navas Talero a la representante Jennifer Pedraza es un claro ejemplo, como también lo es, la justificación ofrecida por De Currea-Lugo a los medios de comunicación que lo han entrevistado en busca de explicaciones frente a las denuncias de sus presuntas víctimas. El profesor se excusa señalando que es un hombre heterosexual “coqueto” y “con pene”. ¿Eso qué quiere decir? ¿ser coqueto y tener pene lo exime del deber de respetar la integridad psicológica, física y sexual de una mujer? Por supuesto que no señor De Currea-Lugo.

Que no se equivoquen los “machos” serán recordados como un triste accidente en la historia de la humanidad.

Solidaridad con todas las mujeres que pese a ser tildadas de locas, fabuladoras e irracionales, se atreven a contar sus historias personales sometiendo sus vidas al escarnio público para poner en evidencia las ultrajes de los que son víctimas. Ellas visibilizan realidades violentas e intentan sensibilizar sobre la necesidad de acciones inmediatas y eficaces para que el mundo sea un lugar amable para todas nosotras. A ustedes, gracias. Yo les creo.