La Nación
Altamira se quedó sin Personero 1 4 mayo, 2024
INVESTIGACIÓN

Altamira se quedó sin Personero

El agente del ministerio público, Héctor Augusto Vargas Toledo, elegido en enero para un segundo periodo, tendrá que salir del cargo, temporalmente, por las anomalías en el proceso de selección.

 RICARDO AREIZA

Investigacioneshuila@gmail.com

Cero y van dos. Las irregularidades reportadas en la elección del personero de Altamira (Huila) Héctor Augusto Vargas Toledo, como estaba advertido, precipitaron ayer la suspensión provisional del cargo.

La decisión la tomó el Tribunal Administrativo del Huila en el trámite de la primera demanda ordenada desde el año pasado por el Procurador Delegado con funciones mixtas para la conciliación administrativa.

Según el magistrado José Miller Lugo Barrero, en este concurso, surtido irregularmente con la Universidad Popular del Cesar (UPC), se quebrantaron las garantías constitucionales y los criterios de objetividad, transparencia, imparcialidad y publicidad de los aspirantes, al haberse ejecutado mediante actos ilícitos.

La medida cautelar de suspensión temporal fue respaldada por los magistrados Nelcy Vargas Tovar y Gerardo Iván Muñoz.

Por hechos idénticos el 9 de abril de 2024 fue suspendida la personera de Guadalupe, María Alexandra Floriano Parra.

La funcionaria fue elegida por unanimidad el 10 de enero de 2024. Obtuvo 11 votos. Ese mismo día fue posesionada para un segundo periodo constitucional de cuatro años (2024-2028).

La servidora pública fue la única ganadora en un concurso, al parecer, amañado, con un puntaje total del 88,61%. El resultado fue publicado el 9 de enero de 2024.

Reelección

A pesar de las irregularidades advertidas con anticipación, la mesa directiva del Concejo de Altamira consolidó los resultados del concurso y realizó la publicación de resultados de la prueba de entrevista (acta No. 01 del 5 de enero de 2023).

El 9 de enero integró la lista de elegibles y al día siguiente el resultado fue protocolizado (Resolución No. 007 de 2024).

Vargas Toledo, reelegido para un nuevo periodo, tomó posesión del cargo el día 23 de enero de 2024 ante el Juzgado Único Promiscuo de Altamira.

El nombramiento fue firmado por los miembros de la mesa directiva, Luis Humberto Jiménez, en calidad de presidente; Juan Manuel Cárdenas, primer vicepresidente e Isaac Ramírez, segundo vicepresidente.

Anomalías

La acción de nulidad fue presentada por Natalia Paola Campos Sossa, en calidad de Procuradora 90 Judicial para Asuntos Administrativos de Neiva. Otras dos demandas fueron presentadas por Grenfell Lozano Guerrero Holmes y José Rodríguez, en representación de la Universidad Popular del Cesar. Esta última también fue admitida.

Las tres demandas contienen hechos y pruebas similares, entre otros por incumplir con los estándares mínimos, previstos para el desarrollo de estos concursos.

El proceso de selección lo inició la anterior mesa directiva mediante Resolución 029 de 2023. El cuestionado convenio fue suscrito por la presidenta de la corporación María Edith Cano Serrato y el supuesto rector encargado de la UPC Orlando Seoanes.

A pesar de las advertencias realizadas desde el año pasado por la universidad vallenata sobre las irregularidades en el proceso de contratación, los concejales de Altamira hicieron caso omiso y mantuvieron el proceso irregular hasta su culminación.

No autorizado

El rector, Robert Romero, advirtió que la Universidad Popular del Cesar no tiene la reglamentación, el presupuesto ni la estructura para adelantar ese tipo de concursos. Por eso les insistió en que los convenios firmados en su nombre no tenían el aval ni habían sido autorizados.

“La rectoría a mi cargo no ha suscrito ni ha autorizado la suscripción de convenio relacionado con el concurso público de méritos para la selección de los candidatos al ejercicio de empleo público de Personero en ese municipio”, informó Romero Ramírez. Sin embargo, los concejales pasaron de agache.

La suplantación

En el caso de Altamira, dijo que Seoanes Lerma, se hizo pasar como rector encargado y como tal suscribió el convenio de manera inconsulta, abusando de una delegación transitoria, según lo denunció el rector de la institución.

“Ni en la rectoría, ni en la oficina jurídica ni en la Unidad de Contratación de la Universidad Popular del Cesar, reposa documento alguno sobre convenio o contrato interadministrativo celebrado entre esta entidad y el Concejo Municipal”, reiteró el abogado de la institución, José Rodríguez Araque. Por estos hechos, fue denunciado penalmente ante la Fiscalía.

Altamira se quedó sin Personero 7 4 mayo, 2024
Copia de la demanda de la UPC.

Denuncia penal

Adicionalmente, tanto la UPC como la Procuraduría presentaron una denuncia penal por los posibles delitos que se hayan podido configurar.

La denuncia fue radicada por el rector de la institución el 20 de noviembre de 2023.

Según el Vicerrector Administrativo envió propuestas a más de 300 concejos municipales del país y alcanzó a firmar 41 convenios, sin haber sido autorizado. Por eso fue relevado en diciembre pasado. Hasta la fecha, la Fiscalía no ha reportado avances en las investigaciones preliminares.

La procuradora Judicial, Natalia Paola Campos Sossa pidió expresamente la nulidad de la elección por el cúmulo de irregularidades denunciadas por la propia universidad.

Adicionalmente, la procuradora judicial, Beatriz Eugenia Ríos, hizo lo propio, en otra acción de nulidad por la irregular reelección de la personera de Guadalupe María Alexandra Floriano Parra, ya suspendida.

Las funcionarias fueron comisionadas el 5 de febrero de 2024 como agentes especiales para estos dos casos por el procurador delegado Luis Ramiro Escandón.

La procuradora Beatriz Eugenia Ríos reveló graves inconsistencias en el proceso de calificación, seguridad y cadena de custodia de las pruebas practicadas.

Altamira se quedó sin Personero 8 4 mayo, 2024
Vargas Toledo reelegido por el Concejo el 10 de enero de 2024.

Idoneidad

La funcionaria recalcó que el concurso de méritos no fue apoyado por una entidad idónea, como lo exige la ley. “Si bien es cierto la UPC al ser una universidad pública, la haría en principio idónea para acompañar al concejo municipal en la realización del concurso de méritos para la selección de personero municipal, para el momento de la suscripción del convenio respectivo no contaba con las herramientas humanas, administrativas y financieras para la ejecución de la mencionada tarea de apoyo, desvirtuándose de esta manera la aludida idoneidad”, precisó la Procuradora Judicial.

“En consecuencia, -agregó- el acto de elección acusado es nulo por expedición irregular y violación de las normas en que debía fundarse, concretamente, por desconocimiento del estándar mínimo de idoneidad de la entidad encargada de adelantar el concurso de méritos”.

En su criterio, “ese vicio del procedimiento es trascendente en el acto definitivo, pues no permite asegurar que la lista de elegibles a partir de la cual se hizo la elección se configuró luego de un proceso de selección realizado con respeto de los estándares mínimos de objetividad, transparencia e independencia que tanto la jurisprudencia constitucional como la ley exigen”.

En consecuencia, solicitó la nulidad del nombramiento y urgió la suspensión provisional, como medida cautelar.

Sin validez

La otra demanda, como lo registró LA NACIÓN, fue presentada, con similar argumentación por el abogado Grenfell Lozano Guerrero.

“En la compleja actuación administrativa que culminó con el acto de declaratoria de elección del Personero se incurrió en violación de determinadas reglas jurídicas de inexcusable observancia por parte de la autoridad pública responsable de la elección”, argumentó Lozano Guerrero.

“El concurso de méritos al no haber sido apoyado por la Universidad Popular del Cesar, carece de validez jurídica de quien suscribió el convenio de cooperación, desconociendo quién fue el verdadero responsable de realizar todo el proceso, avalado por el entonces presidente del Concejo 2023.

La otra cara

Vargas Toledo se opuso a la medida cautelar, argumentando que “no se dan las condiciones exigidas para que se decrete la suspensión provisional

Además, “no se encuentra una evidente y palmaria transgresión del ordenamiento jurídico en el trámite administrativo para convocar el concurso”.

“Al hacer una confrontación de la solicitud de la accionante con la realidad que obra hasta el momento en el expediente, no es posible establecer de facto una presunta violación o vulneración al ordenamiento jurídico, por no ser manifiesta la contradicción, ni encontrarse configuradas algunas de las causales de nulidad invocadas”, alegó su apoderada Karen Juliette Cabrera.

El alcalde, Yecid Rodríguez Tovar, también se opuso, incluso cuestionando la intervención de la Procuraduría General de la Nación, porque no aparece un texto que permita demostrar la titularidad del derecho para actuar en este trámite judicial.

Su apoderado Jesús Antonio Collazos argumentó que las actuaciones del concejo local, se encuentran amparadas bajo el principio de la buena fe.

Finalmente, el Concejo de Altamira, también se opuso. Su abogada, María Cristina Luna, estimó que las pretensiones “carecen de fundamento, no solo en cuanto a la inviabilidad del sustento jurídico a partir del cual se edifican, sino también y principalmente, por cuanto su contenido declarativo y condenatorio derivado, carecen de respaldo probatorio suficiente que le acredite”.

Altamira se quedó sin Personero 9 4 mayo, 2024
Facsímil de la medida cautelar.

Medida cautelar

“De acuerdo con el material probatorio allegado, para la Sala es evidente que el concurso adelantado por el Concejo Municipal de Altamira (Huila) encaminadas a la elección del personero municipal no fue orientado por una entidad idónea”, concluyó el magistrado Lugo Barrero.

“El proceso de selección adelantado por el concejo municipal con la Universidad Popular del Cesar se encuentra con vicios en su formación ante las irregularidades enunciadas, quebrantando las garantías constitucionales y los criterios de objetividad, transparencia, imparcialidad y publicidad de los aspirantes, al haberse ejecutado mediante actos ilícitos”, explicó Lugo Barrero.

En ese orden de ideas, consideró que se satisfacen los requisitos legalmente consagrados y, por lo tanto, accedió a decretar la suspensión de los efectos jurídicos del acto acusado.