La Nación
Ampliarán horario de las rumbas en Neiva durante Navidad 1 6 mayo, 2024
ACTUALIDAD

Ampliarán horario de las rumbas en Neiva durante Navidad

Foto: Internet.

Los negocios podrán expandir sus horarios de funcionamiento durante la temporada decembrina que empieza el 15 de diciembre y finaliza el 7 de enero de 2015.  La Alcaldía ya fijó las medidas que regirán en Neiva. Las motocicletas podrán circular hasta las 11:00 de la noche.
 
 
La Alcaldía de Neiva ya expidió el Decreto que establece las medidas que regularán durante la temporada decembrina en la capital del Huila que empieza el 15 de diciembre hasta el 7 de enero de 2015.
 
LA NACIÓN.com.co conoció que los días 24, 25, 31 de diciembre de 2014 y primero de enero de 2015 los establecimientos públicos de Neiva podrán funcionar en el horario de 10 a.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.
 
No obstante, en las comunas 6, 8, 9 y 10 (por razones de seguridad) los establecimientos públicos podrán funcionar hasta las 3:00 de la mañana.
 

Circulación de Motocicletas

Las motocicletas con cilindraje menos a 100 centímetros cúbicos, circularán con acompañante desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m. A partir de las 11 p.m. queda prohibido el tránsito de motociclistas a excepción de las que tengan permiso especial expedido por la Secretaría de Movilidad.
 
Las motocicletas con cilindraje superior o igual a 100 centímetros cúbicos, por razones de orden público, no podrán circular con acompañante en ningún momento.
 

Pie de fuerza

 
De acuerdo con lo establecido, habrá refuerzo en el número de unidades de Ejército y Policía, 240 del Ejército para la zona rural, 130 para la zona urbana así como 50 más de la Policía, custodiarán a los neivanos durante la temporada decembrina.
 
“Asimismo prestarán sus servicios dos CAI Móvil que estarán ubicados en sitios de gran concurrencia de personas como lo son el Parque Santander y la Plaza Cívica, lugares en los que se prestará especial vigilancia y control y así garantizar una mayor seguridad en estas zonas”, precisó el Secretario de Gobierno.
 

Pólvora

En esta materia, no se permitirán las ventas ambulantes, estacionarias o informales en espacios públicos de elementos que produzcan calor, chispas, llamas o cualquier producto o artefacto que involucren riesgo de incendios, a una distancia igual o inferior a 40 metros de los lugares de expendio de pólvora, fuegos artificiales y artículos pirotécnicos.
 “El decreto regulará la venta y las demostraciones públicas de fuegos artificiales, previo lleno de los requisitos, es decir que los ciudadanos no podrán maniobrar este tipo de artefactos sin tener una autorización”, informó el secretario de Gobierno José Ferney Ducuara.