La Nación
El estado de cosas inconstitucional 1 16 mayo, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

El estado de cosas inconstitucional

Germán Alfonso López Daza

 

La tradición protectora de la Corte Constitucional sobre los derechos fundamentales, la ha llevado a instaurar herramientas y mecanismos para proteger de manera eficaz esta categoría de derechos, en los casos de violación por parte del Estado, ya sea por acción u omisión de sus funcionarios.

Como ejemplo se tiene la figura del “estado de cosas inconstitucional”, la cual fue creada para las situaciones en que abiertamente se han vulnerado de forma masiva los derechos y principios consagrados en la Constitución Política, debido a la inoperancia del Estado. Con esta declaratoria, se ordena a las autoridades competentes para que dentro de un término fijado, tomen las medidas necesarias para superar la vulneración.

Esta creación jurisprudencial se hizo por primera vez en la sentencia SU-559 de 1997 y posteriormente ha sido aplicada a temas carcelarios, de salud, de desplazados, de pensionados, de carrera administrativa, entre otros.

La semana anterior, la Corte nuevamente utilizó la figura para resaltar la crisis de seguridad que afrontan los desmovilizados de las FARC y los miembros del partido Comunes -firmantes del Acuerdo final de Paz con el Estado-, pero víctimas de amenazas, atentados y homicidios.

Con una estrecha votación, el Alto Tribunal declaró que a los desmovilizados de las FARC, les violaron los derechos fundamentales a la vida, a la integridad y a la paz por la Unidad Nacional de Protección (UNP), por el bajo nivel de implementación de las normas sobre garantías de seguridad.

Obviamente entre el Gobierno no cayó bien esta decisión judicial, pues alegó que la Corte “no vio a profundidad lo que se ha logrado” y culpó a las disidencias de las Farc, al Eln y al Clan del Golfo de esta situación.

Lo que sí es cierto es que han sido asesinados 303 desmovilizados y que muy probablemente el Gobierno no ha hecho lo suficiente para evitar estas muertes. Ahora deberá la UNP reevaluar el riesgo de los firmantes, el Gobierno disponer de más presupuesto y la Procuraduría vigilar el cumplimiento de las órdenes impartidas.