La Nación
La pandemia no lo salvó de la extradición 2 25 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

La pandemia no lo salvó de la extradición

El comerciante de Suaza (Huila). Alfredo Molina Cutiva, solicitado en extradición por narcotráfico será entregado de un momento a otro a la justicia de los Estados Unidos. El Gobierno Nacional confirmó la medida, impugnada por dolencias asociadas al coronavirus.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

El comerciante huilense Alfredo Molina Cutiva, investigado por narcotráfico, será extraditado a los Estados Unidos, de un momento a otro.

Pese a registrar quebrantos de salud compatibles con coronavirus, el Gobierno Nacional confirmó su entrega a los Estados Unidos, donde es requerido por una corte federal por concierto para el tráfico de narcóticos.

Las súplicas para diferir la entrega, por la propagación del virus global, no lograr frenar su extradición.

“El señor Molina Cutiva ha padecido dolencias de tipo cardíaco y diabetes que en estos momentos ponen en riesgo su vida en caso de ser extraditado”, alegó su apoderado.

De hecho, en el complejo carcelario ‘La Picota’, donde permanece recluido, se han presentado 889 casos y varios muertos, una cifra alarmante en medio del grave hacinamiento con 8.135 internos, de los cuales hay 6.563 condenados y 1.565 sindicados.

En su criterio, “esta situación no se tuvo en cuenta al autorizarse la extradición, máxime cuando hoy el contagio del coronavirus está generalizado tanto en el sitio de reclusión, en Colombia y en el país de destino que reporta cuatro millones de contagiados”.

La extradición fue aprobada por el Gobierno Nacional el 19 de marzo de 20020, en plena emergencia sanitaria.

La entrega se congeló por la suspensión de los términos judiciales, ocasionados por las medidas adoptadas por el Gobierno para contener la pandemia.

En este ambiente, su apoderado interpuso un recurso de reposición el 22 de julio de 2020, por los riesgos que representaba. Por eso solicitó la posibilidad de “diferir la entrega hasta que las condiciones sanitarias tanto locales como foráneas sean de completa normalidad”.

El argumento no surtió efectos para detener la extradición.

 

La captura

Molina Cutiva, de Suaza (Huila), fue capturado el 8 de agosto de 2019 en Armenia (Quindío) donde se encontraba radicado. En el mismo operativo también cayó el ex guerrillero de las antiguas Farc, Aldemar Soto Charry, supuesto socio para producción y comercialización de base de coca, según lo atestiguaron agentes infiltrados.

La captura con fines de extradición fue solicitada por el Gobierno de los Estados Unidos en Nota Verbal número 1148 el 5 de agosto de 2019 para que comparezca en juicio por el delito federal de concierto para el tráfico de narcóticos.

Atendiendo esa solicitud presentada el año pasado por el embajador gringo en Colombia, el ex fiscal General (e),  Fabio Espitia, decretó la captura.

La detención se hizo efectiva el 8 de agosto de 2019 por miembros de la Fiscalía Delegada contra la Criminalidad Organizada y el Grupo Apoyo de Estupefacientes de la DEA- SIU y la Policía.

La extradición fue aprobada mediante Resolución Ejecutiva 056 de 2020 expedida el 19 de marzo por el jefe del Estado y la ministra de Justicia Margarita Cabello Blanco.  La decisión acaba de ser confirmada.

 

 Inaplazable

Curiosamente el abogado no cuestionó las razones jurídicas para ordenar la extradición. Solamente se limitó a reclamar que Medicina Legal lo examinara para comprobar su estado de salud y demandó la posibilidad de requerir a la justicia norteamericana, alternativas reales para mantener contacto con su familia.

El Ministerio de Justicia recordó que el Molina Cutiva tiene derecho a mantener contacto con sus familiares más cercanos y el país requiriente, de acuerdo con sus políticas internas de inmigración, debe ofrecer posibilidades reales y racionales para que el requerido pueda tener contacto con sus parientes.

“Sin embargo imponer tal exigencia constituye un requisito no previsto dentro de los condicionamientos que exige la ley”, respondió.

“Las nuevas circunstancias generadas por la pandemia han llevado a los países a adoptar todas las medidas necesarias y urgentes para la identificación, aislamiento, tratamiento y divulgación de las medidas preventivas para mitigar el contagio”, indicó el Ministerio de Salud.

“El contagio es un riesgo generalizado en todos los países y por ello no puede aceptarse lo afirmado por el recurrente en cuanto a que permanecer en Colombia le aseguraría evitar el contagio”, concluyó.

En estas circunstancias, confirmó que la entrega a las autoridades solicitantes no puede aplazarse, ni suspenderse.

 

Chequeos médicos

Mientras se surte el trámite de extradición es al Estado colombiano a quién le corresponde asumir la obligación de preservar la salud de los internos, respondió la cartera de justicia.

“Bajo ese entendido- dijo- el procedimiento de extradición no puede conllevar un quebranto al derecho a la salud del detenido”.

“Por lo tanto, la extradición no se constituye en una situación que menoscabe o impide que la persona requerida continúe recibiendo los tratamientos médicos o asistenciales que necesiten así como los cuidados y medidas paliativas que su estado de salud pueda estar demandando”.

“Serán entonces las autoridades carcelarias las que determinarán las medidas que de acuerdo con las valoraciones médicas deban adoptarse para preservar la salud del detenido incluso disponer su traslado a un centro hospitalario de ser el caso”,

En este caso, en aras de proteger el derecho a la salud y vida del señor Alfredo Molina requirió al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) para que adopte las medidas que se estimen pertinentes para preservar la salud del ciudadano requerido en extradición.

En cuenta regresiva

“Teniendo en cuenta que el trámite de extradición del señor Alfredo Molina Cutiva cumplió con plena observancia y acatamiento del debido proceso a él aplicable; que cuenta con el concepto previo y favorable de la Corte Suprema de Justicia; que no observa vulneración alguna de los derechos fundamentales del ciudadano requerido en extradición y que con el presente recurso no se aporta nuevos elementos de juicio que lleven al Gobierno Nacional a variar la decisión que inicialmente tomó en el caso”, concluyo.

El Gobierno dejó en firme la extradición que entró en la cuenta regresiva mediante Resolución Ejecutiva 131 de 2020.

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Mientras se produce la entrega a la justicia de Estados Unidos, el Inpec deberá ofrecerle la atención requerida, como a los demás reclusos.

 

La extradición

La solicitud de extradición fue formalizada el 4 de octubre de 2019 por la Embajada de los Estados Unidos, luego de varios testimonios entregados por agentes de la Agencia Antidrogas de Estados Unidos (DEA).

Los funcionarios encubiertos se presentaron como negociantes de droga, supuestamente para carteles mexicanos. Varios encuentros se realizaron en Garzón (Huila), Florencia (Caquetá) y Cali (Valle).

Esas conversaciones fueron monitoreadas legalmente usando aparatos de grabación secretos que portaban los agentes encubiertos.

Según la acusación, Molina Cutiva poseía uno de los laboratorios de cristalización de cocaína en el sur del país, además, según el mismo reporte, era el encargado de toda la logística para la transferencia del clorhidrato de cocaína de Colombia a Ecuador.

La meta era negociar un embarque inicial de 600 kilogramos de cocaína.

La acusación fue presentada por el Gobierno de Estados Unidos a través de su abogado, el Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, y sus asistentes, Kevin L. Rosenberg y Lauren Goddard.

“Desde octubre de 2018, o alrededor de esa fecha, y continuando hasta incluso el 25 de junio de 2019, Molina Cutiva y otras personas con conocimiento, intencionalmente y deliberadamente se combinaron, concertaron para delinquir, confederaron y acordaron distribuir cinco kilogramos o más de una mezcla y sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína”, precisa el escrito.

Sin aportar pruebas sobre la comisión de ese delito, el gobierno gringo aseguró que harían parte de una red con tratos comerciales con los carteles mexicanos del narcotráfico y otros grupos involucrados en la importación de drogas a los Estados Unidos.

 

Autorización previa

La solicitud de extradición fue tramitada por el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales el 7 de octubre de 2019.

El Ministerio de Justicia remitió luego la solicitud a la Corte Suprema de Justicia el 15 de octubre de 2019  para su autorización previa. La Sala de Casación Penal emitió el concepto favorable el 4 de marzo de 2020 por haber cumplido los requisitos que exigen las normas aplicables al caso.

“Los razonamientos expuestos en precedencia permiten tener por acreditada las exigencias legales para conceptual de manera favorable la solicitud de extradición formalizada por el gobierno de Estados Unidos a través de su embajada en nuestro país contra Alfredo Molina Cutiva por los cargos que se le atribuyen en la acusación de la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia”, expresó la Corte Suprema de Justicia autorizando la extradición, ahora sí irreversible.

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