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La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha estado al frente de la reforma pensional.
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Lo que va aprobado de la reforma pensional

Aquí está el abecé de la reforma pensional que sigue viva tras ser aprobada en segundo debate del Senado de la República. Esto cambiaría en la forma en que se pensionan los colombianos.

Las reformas del gobierno de Gustavo Petro Urrego han causado controversia y una amplia discusión. Durante esta última semana, se cumplió el segundo de los cuatro debates que deben desarrollarse para discutir la reforma pensional y luego de una tensa deliberación se demostró que el Gobierno Nacional logró conformar mayorías ajustadas que le dieron ‘luz verde’ al proyecto. Ahora este hará trámite en la Cámara de Representantes para que se convierta en ley.

Y es que la arquitectura del sistema pensional de cuatro pilares del Gobierno Petro, salvo ciertos cambios, salió intacta del Senado y en términos generales se continúa bajo la línea de aumentar la cobertura en el país en el que hoy solo se pensiona una de cada cuatro personas mayores.

Bajo esa lógica, una de las principales apuestas se sintetiza en los pilares solidario y semicontributivo, que hay que aclarar, no entregarán pensiones, pero sí un ingreso para la vejez. Ahora Colpensiones y las Administradores de Fondos de Pensiones, AFP, ya no competirán como en el sistema actual, sino que serán complementarias y se recogen en el pilar contributivo.

Según lo ha expresado el Gobierno Nacional, el objetivo de la iniciativa es el de mantener la edad de jubilación en 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, pero ampliar el sistema para que todos puedan beneficiarse de recursos, incluso sin haber aportado suficiente en salarios.

Además, se ha dicho que la iniciativa pretende ampliar la renta vitalicia para quienes no han cotizado lo suficiente y definir un subsidio para personas en condición de pobreza extrema y en vulnerabilidad. Esta renta vitalicia será para los mayores de 65 años que hayan cotizado entre 150 y 999 semanas, y dependerá de las semanas y el aporte que dé el Estado.

¿Quiénes cotizarían en Colpensiones?

Prácticamente se obligará a todos los trabajadores a cotizar en Colpensiones, es decir, si una persona gana 2,3 salarios o menos tendrá toda su cotización en Colpensiones pero si su salario es mayor, el excedente lo podrá meter a uno de los fondos privados. Esto significa que, las personas que ganan más de 2,3 salarios mínimos tendrán dividida su cotización en lo público y en lo privado, por ejemplo, si una persona gana 5 salarios mínimos (unos 6,5 millones a precios del 2024) los 2,3 primeros los tendrá en Colpensiones y los restantes 2,7 los meterá al fondo que elija.

Si estos cambios se realizan, los 18 millones de afiliados actuales a los fondos privados tendrían que estar en Colpensiones; de esos unos 16 millones se quedarían únicamente en el régimen público y los otros dos restantes cotizarían una parte en Colpensiones y la otra en lo privado.

Por tanto, la idea es que en cada régimen se haga el cálculo tal y como se viene haciendo hasta ahora y que se sumen las mesadas resultantes, e igualmente, cuando llegue el momento de la pensión si la persona tiene una parte en el fondo privado esta se pasaría a Colpensiones para que el régimen público sea el único pagador.

Dentro de la reforma también se plantea acabar con los subsidios a las pensiones más altas debido a que Colpensiones solo subsidiaría las pensiones hasta 2,3 salarios mínimos. De allí que, en los fondos privados estaría la clave para obtener una mayor mesada a futuro.

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¡De aquí saldrán los recursos!

Lo que se busca es que las cotizaciones de todos los trabajadores hasta 2,3 salarios mínimos vayan a un fondo de ahorro que lo administraría el Banco de la República y sería una bolsa de dinero que se iría llenando con las cotizaciones y de la que irían sacando para pagar a la gente que se vaya pensionando.

Aunque desde el alto gobierno indican que la reforma sería sostenible en el tiempo, según algunos expertos en la materia, esto podría reducir el ahorro nacional.

Más cambios

Pese a que no se eleva la edad de la pensión, en algunos casos si cambian las semanas de cotización, por ejemplo, si a un trabajador de salario mínimo hoy está en un fondo privado donde tiene que completar 1.150 semanas para pensionarse, pero le obligan a pasarse a Colpensiones donde tiene que completar 1.300 semanas. Con ello, tendría que estar tres años más aportando al sistema.

Sin embargo, para las mujeres se reduce a 1.000 semanas de conformidad con las directrices de la Corte. De la misma forma, se prevé la prestación anticipada desde las 1.000 semanas. Adicionalmente, podrán ingresar al régimen de transición los que ya tienen cotizadas 750 semanas en el caso de las mujeres y 900 en el de los hombres. A estas personas se les continuaría aplicando la Ley 100.

A las mujeres con hijos les van a dar semanas de cotización, según lo contempla el proyecto. Lo que significa que, les darán 50 semanas por cada hijo propio o adoptado, hasta 3 hijos. El reconocimiento de estas semanas se realizará cuando la mujer cumpla la edad de pensión y esté próxima a cumplir las semanas respectivas. Las mujeres con un hijo podrán reclamarlas cuando tengan 1.250 semanas, las de dos hijos con 1.200 semanas y las de tres o más con 1.150.

Se calcula

También es importante destacar un aporte de último momento que permitió destrabar la discusión y consistió en reducir la edad pensional para la población campesina, afrodescendiente e indígenas. El Dane será el encargado de medir la reducción respectiva en beneficio particular de cada una de estas comunidades.

Así las cosas, los pensionados que devenguen una mesada superior a 10 salarios mínimos y hasta 20 contribuirán para el Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia en 1 por ciento, y los que devenguen más de 20 salarios mínimos en 2 por ciento para la misma cuenta. Se mantendrá también la mesada 13 y la 14 no revivirá.

Finalmente, en el primer año de la reforma, el gobierno calcula que se duplicaría la cobertura de adultos mayores que acceden a un ingreso durante su vejez (del 24% al 53%), y al 2052 se alcanzaría una cobertura de 87%. Como el Estado reduce lo que subsidia a los pensionados de Colpensiones, puede destinar más plata en subsidios más altos y con mayor cobertura para adultos mayores sin ingreso.

Fuente: La República.
Fuente: La República.

¿Quiénes entraría en la reforma pensional?

El régimen de transición que, básicamente, define quiénes se acogen al nuevo sistema y quiénes se quedan con el actual, depende del número de semanas cotizadas para el momento en el que entre en vigencia el proyecto:

  • A los hombres que tengan 900 semanas cotizadas o más les seguirá aplicando la Ley 100 de 1993, los que tengan menos quedan en el nuevo sistema.
  • A las mujeres que tengan 900 semanas cotizadas o más les seguirá aplicando la Ley 100 de 1993, los que tengan menos quedan en el nuevo sistema.

Pilares:

  1. El pilar solidario consiste en “garantizar una renta básica solidaria para amparar las condiciones mínimas de subsistencia” a personas que se encuentren en condición de vulnerabilidad a partir de los recursos del Presupuesto General de la Nación y la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.

El requisito de edad es 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres. Hombres mayores de 55 años con discapacidad o mujeres mayores de 50 años que poseen una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 % y no tienen una fuente de ingresos. Ofrece una renta básica que corresponderá como mínimo a la línea de pobreza extrema (cerca de $223.000).

  1. El pilar semicontributivo lo conforman “personas afiliadas al sistema” que cuenten con una edad superior a los 60 años y que “no hayan cumplido los requisitos mínimos para acceder a una pensión”, a quienes se les dará un beneficio económico del Presupuesto General de la Nación y “con sus propios aportes”.

Hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 años que hayan cotizado entre 300 y menos 1000 semanas.

  1. El pilar contributivo impactará a los “trabajadores dependientes e independientes, servidores(as) públicos y a las personas con capacidad de pago para efectuar las cotizaciones, que les permita acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes en el sistema y demás prestaciones establecidas en la presente ley”.
  • Hombres: el requisito mínimo será de 1.300 semanas.
  • Mujeres: el requisito empezará a bajar en 2025 hasta llegar en 2036 a las 1.000 semanas (atendiendo la orden de la Corte Constitucional). En el Senado se hizo un cambio no avalado por el Gobierno para que además se les pueda bajar 50 semanas por cada hijo nacido hasta tres hijos. Es decir, el requisito puede ser de 850 para las mujeres con tres hijos.
  1. El pilar de ahorro voluntario contempla a las personas que puedan realizar un ahorro voluntario de acuerdo con el régimen establecido por la Ley “con el fin de complementar el monto de la pensión integral de vejez”.