La Nación
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Abuso general

El General Carlos Ramiro Mena, Director de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, mostró claramente que no está bien enterado de la normatividad básica de su trabajo pues propuso que se incrementara el límite de velocidad a 120 kilómetros por hora. No acababa de sugerirlo cuando José Clopatofsky, director de la revista Motor del diario El Tiempo, le recordó que la normatividad en nuestro país autorizaba precisamente ese límite de velocidad, lo cual fue corroborado por el Ministerio de Transporte mediante comunicado.

Que un funcionario no conozca al detalle las normas pasa, pero que ese mensaje sea transmitido a los policías de carreteras que como delincuentes se esconden con una radar de velocidad para multar a quienes van a más de 80 kilómetros por hora es deplorable, no solo porque se está violando la Ley sino también porque los ciudadanos terminan atropellados por una autoridad que impone un comparendo, contesta que es su palabra contra la del supuesto infractor y que si no le gusta lo impugne, pero eso si para esto último debe solicitar una audiencia y perder mucho tiempo en el mismo municipio donde le impusieron la multa, lo cual implica que en la práctica no hay posibilidad de ejercer el derecho a la defensa.

Lo que nos queda claro entonces es que el origen del abuso no es la ignorancia de las normas, ya que la policía de carreteras, los municipios y por supuesto la Federación de Municipios, convirtieron en un negocio los límites de velocidad, los primeros para cumplir sus metas de comparendos y obtener una que otra recompensa personal; los segundos porque crearon un nuevo impuesto a todo aquel que transite por su territorio, lo cual han ampliado con las denominadas fotomultas para lo cual imponen límites de velocidad absurdos en la ciudades; y la federación que a través del Simit cobra un porcentaje por cada comparendo pagado.

El Ministerio de Transporte pasa de agache, sabe a ciencia y conciencia lo que está pasando pero hace poco o nada por resolverlo, la movilidad es un tema secundario.
El ciudadano se encuentra entonces a merced del criterio del policía que se encuentra en la vía que ha sido instruido para que interprete la ley a pesar que esa facultad solo la tienen los jueces, poco importa que su actuación sea ilegal porque la autoridad en Colombia está facultada para abusar, y el conductor, paga la multa arbitrariamente impuesta o lo mandan a cobro jurídico. ¡Qué tal!
garcia.francisco@javeriana.edu.co