La Nación
Aclarado otro falso positivo en Garzón 1 26 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Aclarado otro falso positivo en Garzón

El Consejo de Estado despejó un nuevo falso positivo perpetrado en Garzón y condenó a la Nación a pagar una fuerte indemnización. El oficial implicado, sometido a la JEP, responde por otros hechos similares.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

El mayordomo de una finca cafetera en Garzón (Huila) nunca creyó que un chico de tejo, terminaría en una tragedia.

El labriego, Darío Hernández Guerra, salió el sábado 3 de marzo de 2007 con su compadre Héctor Julio Fonseca. Los dos en una motocicleta se dirigieron hacia la cancha ‘El Dorado’, donde departieron un largo rato.

Al caer la noche, Fonseca retornó a su casa.

Hernández Guerra quedó solo y sin transporte.

Al día siguiente, lejos del lugar, apareció muerto en un supuesto combate realizado en una apartada zona montañosa en la vía Isnos-Popayán.

“Inexplicablemente Hernández Guerra apareció a las 5:30 de la mañana en la vereda ‘El Mármol’ en jurisdicción de San José de Isnos, es decir, en otro municipio diferente al que residía”, denunciaron sus parientes.

El teniente Carlos Andrés Mahecha Bernal, comandante de la ‘compañía Berlín’, implicado en otros falsos positivos, reportó que durante el operativo realizado en horas de la madrugada fue dado de baja cuando “se encontraba cobrando vacunas en la vereda ‘El Mármol’ en un retén ilegal como lo informaron supuestos camioneros.

El occiso apareció con una pistola, colocada, al parecer, después de haber sido abatido, denunciaron sus familiares. Después tuvieron que abandonar la zona por las amenazas que recibieron cuando intentaban esclarecer la muerte de su progenitor.

 

Dos posiciones

El Ministerio de Defensa insistió en que Darío Hernández Guerra resultó muerto en combate con tropas del Batallón de Infantería No. 27 Magdalena.

El Juzgado 65 de Instrucción Penal Militar realizó la indagación preliminar y la archivó definitivamente.

Inicialmente el Tribunal Administrativo del Huila rechazó la demanda, argumentando que

“Darío Hernández Guerra fue ultimado por agentes de la fuerza pública en legítima defensa, es decir, al repeler un enfrentamiento armado promovido por algunos posibles delincuentes que al notar la presencia del Ejército Nacional en donde se encontraban atracando los vehículos que transitaban por el lugar, los atacaron con armas de fuego”.

Sin embargo, otra cosa concluyó el Consejo de Estado.

Otras versiones

“Con dichas evidencias ese juzgado llegó a la conclusión de que los militares actuaron en legítima defensa, pero para la Sala no resultan suficientes para determinar que así ocurrieron los hechos en los cuales se dio muerte al señor Darío Hernández Guerra, pues no se demostró que la víctima se encontrara delinquiendo, que se enfrentara a los militares, que accionara el arma que fue incautada o que pusiera en peligro sus vidas de algún modo”, explicó la consejera de Estado, Marta Nubia Velásquez.

La decisión fue adoptada la semana pasada, condenando al Ministerio de Defensa a pagar una fuerte indemnización a los parientes del difunto.

El caficultor Aldemar Matiz Arenas declaró que el señor Hernández Guerra laboraba como mayordomo en la finca ‘Montesion’ de su propiedad, ubicada en la vereda Monserrate, en el municipio de Garzón.

“Cuidaba la finca, se dedicaba al campo, sembraba café, curaba los animales, recogía los huevos, era un trabajador muy activo y permanecía de tiempo completo en la finca”, declaró el testigo.

Su compadre, Julio Fonseca Rodríguez, confirmó que horas antes de su trágico deceso pasaron la tarde en las canchas de tejo de Garzón.

“Estuvimos un buen rato, yo me fui para la casa y él se quedó en las canchas (…) como desde la una de la tarde hasta las cinco tomamos cerveza…no le vi nada especial, ni armas ni nada”, afirmó.

Las pruebas

El informe oficial informó que el occiso atacó al pelotón con una pistola. Sin embargo, el estudio de laboratorio balístico no concluyó que el arma incautada hubiera sido disparada y menos aún por la víctima.

Tampoco poseía antecedentes judiciales y no era conocido por usar armas de fuego.

“No se encontró evidencia de que el señor Hernández Guerra estuviera ‘atracando camioneros’ o en compañía de otros asaltantes, tampoco poseía traje camuflado, capucha o algún otro elemento que coincidiera con lo denunciado por las supuestas víctimas”.

Hernández Guerra vestía de pantalón jeans color azul claro, camisa blanca a cuadros con rayas rojas, medias y correa color negro y zapatos en cuero color negro, es decir, la víctima no vestía ni chaqueta, ni capucha, ni pasamontañas, ni camuflado.

Además, el hecho ocurrió en un lugar de difícil acceso, desolado, sin presencia de testigos y muy alejado de donde residía y se le vio por última vez.

“En estas condiciones, las escasas evidencias allegadas al proceso solo demuestran que el señor Darío Hernández Guerra resultó muerto por proyectiles de armas de fuego de dotación oficial y no se probó que se encontraba delinquiendo, como tampoco que estuviera acompañado de otras personas armadas, no se encontraba vestido como lo indicaron las supuestas víctimas de hurto y no se le hallaron elementos que evidenciaran la comisión de dicho delito o de que hubiera agredido o provocado un intercambio de disparos con los miembros del Ejército Nacional”, concluyó la magistrada Marta Nubia Velásquez Rico.

Falso combate

“Aunque el Ejército Nacional aseguró que hubo un intercambio de disparos con los miembros de la supuesta banda criminal, no se encontraron ni se aportaron casquillos de proyectil que evidenciaran un enfrentamiento armado”, precisó el alto tribunal.

Tampoco se allegó evidencia de los otros miembros de la supuesta banda criminal.

Aclarado otro falso positivo en Garzón 7 26 abril, 2024
El teniente Carlos Mahecha, demandado por el Ministerio de Defensa por otro falso positivo.

Otro detalle

La víctima llevaba consigo todos sus documentos de identificación y datos de contacto, incluso fotografías y registro civil de su hija, lo cual no concuerda con un patrón de comportamiento criminal. “Una persona dispuesta a cometer un ilícito no portaría sus documentos de identificación u otros personales que lo hicieran fácilmente individualizable por las autoridades y que no se probó que se dedicara a actividades ilícitas”, refrendó la consejera de Estado.

Para la Sala tampoco resulta razonable que una persona dispuesta a cometer los hurtos antes descritos portara documentos que lo hicieran fácilmente identificable por las autoridades.

“En la medida en que se demostró que la víctima falleció por la acción de la fuerza pública y con arma de dotación oficial, era su carga desvirtuar que no hubo un combate, como lo afirmó el Juzgado 65 de Instrucción Penal Militar, como tampoco una legítima defensa como sostuvo la entidad demandada y, en tanto dichas circunstancias no se probaron, se declarará la responsabilidad de la entidad demandada”, precisó.

Con estas consideraciones el Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia y condenó a la Nación a indemnizar a los familiares de la víctima los perjuicios morales por la muerte ilegítimamente presentada como baja en combate.

 

Salvó el voto

El magistrado José Roberto Sáchica se apartó de la decisión mayoritaria y salvó su voto.

“En este caso, -dijo- la decisión mayoritaria dio por probada tal responsabilidad soportada en interpretaciones circunstanciales e hipotéticas que no desvirtúan las pruebas efectivas que acreditan las circunstancias bajo las que se produjo el deceso fatal del señor Darío Hernández Guerra”.

“Adicionalmente, a falta de una prueba efectiva que lo desacreditara, no se podía desconocer la decisión del Juzgado 65 de Instrucción Penal Militar, que se inhibió de continuar con la indagación preliminar y la archivó definitivamente”.

Aclarado otro falso positivo en Garzón 8 26 abril, 2024
El operativo se realizó a la madrugada en la vía a Popayán.

En suspenso

El oficial Carlos Andrés Mahecha, implicado en otros falsos positivos, se sometió voluntariamente a la Jurisdicción Especial para la Paz, conjuntamente con William Andrés Capera Vargas, sindicado como uno de los reclutadores y Óscar Cárdenas Sánchez.

Adicionalmente, el Ministerio de la Defensa lo demandó para que retorne a esa cartera los dineros que tuvo que cancelar por la ejecución extrajudicial de los campesinos Danilo Yepes Pineda y Saúl Ortiz Muñoz, ocurridas el 22 de marzo de 2006 en la vereda Kennedy, en el corregimiento cafetero de Bruselas en Pitalito.

Los dos labriegos fueron sacados de sus viviendas cuando se aprestaban a iniciar sus actividades agrícolas, los condujeron a un lugar montañoso y luego fueron ultimados a sangre fría, en un falso combate. Luego los presentaron como guerrilleros dados de baja en una confrontación armada.

Por este doble homicidio el Ministerio de Defensa fue condenado a pagar 1.515 millones de pesos. Al quedar en firme, decidió repetir contra los militares implicados.

El miércoles pasado se realizó la audiencia virtual quedando en suspenso. El sometimiento a la JEP podría cambiar el escenario ante una eventual suspensión del proceso por prejudicialidad.