La Nación
El desplazamiento forzado por cambio climático 1 11 mayo, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

El desplazamiento forzado por cambio climático

El desplazamiento forzado interno de personas en Colombia tiene orígenes históricos que se circunscriben a lo económico, social y político. La violencia ha sido quizás la principal causa de estas movilizaciones internas, debido a la disputa por el control de la tierra y la violencia generada por actores armados, principalmente la guerrilla y los grupos paramilitares. Este fenómeno inició en el país a mediados del siglo pasado y se acentuó en la primera década del presente, ubicando a Colombia entre los países con mayor desplazamiento forzado, por encima de Etiopía, Yemen, Nigeria, Somalia y Sudán.

A este panorama, habría que agregar un nuevo factor de desplazamiento interno por cuenta del cambio climático que nos afecta a todos por igual, pero que puede causar mayores afectaciones a ciertas personas en términos de derechos fundamentales, como la vivienda digna, el acceso al agua o la seguridad alimentaria.

Es así como se evidencian grupos humanos mucho más vulnerables que otros como consecuencia del calentamiento global, que genera inundaciones, huracanes, sequías, incendios, etc., dejando a estos individuos desprotegidos y con dos posibles opciones: relocalizarse o subsistir en zonas cada vez más hostiles.

El derecho ha comenzado a ocuparse de esta nueva realidad, reconociendo la violación de derechos fundamentales en estos grupos humanos, lo que implica que el Estado debe prever su atención. La Corte Constitucional se ocupó de una acción de tutela (sentencia T-123/24) interpuesta por una pareja de campesinos que fue desplazada de su predio por las inundaciones del río Bojaba y que solicitó protección al considerarse desplazados por efectos climáticos. Sin embargo, la Unidad para la Atención y Reparación Integral para las Víctimas les negó los beneficios otorgados a otros desplazados.

La Corte reconoció la existencia de esta nueva modalidad de desplazamiento, determinando un déficit de protección constitucional y estableciendo la obligación que tiene el Estado de atender a los desplazados por factores ambientales. Además, exhortó al Congreso a legislar sobre la materia.