La Nación
Juez admitió tutela contra Consejo Superior de la USCO 1 26 abril, 2024
HUILA

Juez admitió tutela contra Consejo Superior de la USCO

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana designó al rector para que adelante proceso de remoción del decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Docentes del programa de derecho entutelaron la decisión.

 

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

 

Una certificación que indique si el Rector de la Universidad Surcolombiana (USCO) en Neiva, tiene la competencia para la remoción de decanos, es una de las pruebas claves que solicitó el juez que admitió la tutela con la que docentes del programa de derecho, buscan que se restablezca el debido proceso que habría ‘violado’ el Consejo Superior del Alma Máter.

La acción judicial fue admitida el miércoles anterior por el juez Primero Penal del Circuito de Neiva Para Adolescentes con Función de Conocimiento, Jairo Antonio Ardila Espinosa, que solicitó los medios de prueba a la Secretaría General de la USCO.

“Solicitar a la Secretaría General de la Universidad Surcolombiana, expida certificación en la que indique si de conformidad con Estatuto General de Universidad, el Rector tiene la competencia para realizar las funciones de evaluación de desempeño de los decanos de la Universidad”, manifestó el juez Ardila Espinosa.

El togado pidió además a la dependencia universitaria el Estatuto General Universitario actualizado con todas sus modificaciones a la fecha.

La acción de tutela fue instaurada por los docentes German Alfonso López Daza, Mario Cesar Tejada González y Diana Marcela Ortiz Tovar, quienes manifestaron que el Consejo Superior Universitario vulneró sus derechos fundamentales, al entregarle al rector (e) Edwin Trujillo Cerquera, “una competencia exclusiva”.

Incumplimiento

Según los profesores, el rector no tiene la competencia para la remoción del decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Leonel Sanoni Charry Villalba.

Los docentes señalaron en la tutela que el Estatuto General de la Universidad no prevé la delegación de este proceso en el Rector de la Universidad, “pues el Consejo Superior es quien designa a los decanos y, por tanto, por derecho propio, corresponde a este cuerpo colegiado la realización del proceso de remoción de los mismos”.

Agregaron los docentes que con la tutela buscan que el proceso de remoción del nombramiento del Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas vuelva al Consejo Superior “con el fin de proteger nuestro derecho al control ciudadano a la gestión pública”.

Los tutelantes manifestaron que la remoción del decano Charry Villalba, obedece al incumplimiento de su propuesta programática denominada ‘La Formación del Ciudadano del Siglo XXI: El  Horizonte para Forjar Ciudadanos Competentes’ presentada en el mes de abril de 2018.

Precisaron los docentes López Daza, Tejada González y Diana Marcela, que el incumplimiento del decano fue puesto en conocimiento al Consejo Superior Universitario a través de un derecho de petición el 19 de mayo de 2020. “Presentamos certificaciones de varias  dependencias en las que se hacía constar el incumplimiento de cada una de las propuestas realizadas por el actual Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y con las cuales se fundamentaba el inicio del proceso de remoción”, explicaron los profesores.

El Consejo Superior Universitario en respuesta a la petición de los docentes, señaló que en sesión ordinaria del 24 de junio de 2020 agendó rendición del informe de gestión del decano Charry Villalba; no obstante los profesores inconformes con la decisión decidieron interponer el recurso de reposición solicitando la remoción inmediata del Decano “por haberse demostrado dos incumplimientos de la propuesta programática en un 87%”, señalaron los tutelantes.

El organismo universitario negó el recurso de reposición, el 20 de agosto, y designó al rector Trujillo Cerquera el proceso de evaluación de desempeño “instar al Rector de la Universidad Surcolombiana para que proceda…respecto de evaluación de desempeño del decano Leonel Sanoni Charry Villalba…”.

Precisaron los tres docentes que el Estatuto General de la Universidad no prevé la delegación de este proceso en el Rector de la Universidad, “pues el Consejo Superior es quien designa a los decanos y, por tanto, por derecho propio, corresponde a este cuerpo colegiado la realización del proceso de remoción de los mismos”.

Lo quejosos además de la tutela solicitaron al juez compulsar copias a la Procuraduría General de la Nación para que investigue una posible extralimitación de funciones del Consejo Superior Universitario y “ejerza veeduría al proceso de remoción que debe iniciar el Colegiado”.