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¿Por qué están ‘engavetados’ procesos contra Gorky? 1 4 mayo, 2024
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¿Por qué están ‘engavetados’ procesos contra Gorky?

El Consejo de Estado admitió la procedencia de la revisión automática de las sanciones disciplinarias. Sin embargo, hace un año, los procesos reposan inmóviles en los anaqueles de la justicia. ¿Quién baraja las cartas?

RICARDO AREIZA

investigacioneshuila@gmail.com

Pese a la sanción de destitución e inhabilidad impuesta hace un año por la Procuraduría General de la Nación, el ex alcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón, relanzó su campaña política y baraja, tranquilamente, sus cartas electorales.

Aunque también fue imputado por graves delitos por presunta corrupción, en la irregular contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE), el ex mandatario destapó sus fichas, calentando, anticipadamente, el debate comicial.

El primer fallo disciplinario que lo inhabilitó se produjo el 8 de marzo de 2023, hace un año, y, contrario a lo esperado, el grado de consulta, sigue engavetado en el Consejo de Estado. Aunque la Sala Plena decidió esta semana que el recurso extraordinario de revisión, es procedente, la decisión permanece sin resolver. Increíble pero cierto.

Gracias a ese ‘salvavidas’ que le concedió la Corte Constitucional, Muñoz Calderón pudo terminar plácidamente su periodo. Y, de hecho, transitoriamente suspendido por participación en política, jugó sus cartas electorales, pero perdió la partida.

Salvavidas

La precisión la hizo esta semana la Sala Especial de Revisión al fallar un caso similar relacionado con el ex alcalde de Campoalegre, Aldemar Gutiérrez Muñoz, sancionado en diciembre de 2023 con destitución e inhabilidad.

El ex mandatario fue inhabilitado por el término de nueve años por haber celebrado un contrato interadministrativo (en la modalidad de contratación directa), a pesar de no reunir los requisitos para ello. La conducta se realizó en 2017, cuando Gutiérrez Muñoz se desempeñaba como alcalde de Campoalegre. Sin embargo, la sanción se produjo seis años después, cuando ya no ejercía el cargo.

En esa condición, la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Neiva remitió el proceso disciplinario para que surtiera el recurso extraordinario de revisión, contemplado en la Ley 2094 de 2021, que reglamentó las funciones jurisdiccionales de la procuraduría.

Discrepancias

Sin embargo, el alto tribunal admitió que en este tema no hay pleno consenso sobre la admisión y trámite del recurso extraordinario de revisión para los funcionarios elegidos por voto popular.

“Algunos despachos han dispuesto admitirlo; y en otra decisión se consideró que no debe tramitarse porque las disposiciones que regulan el recurso violan la Constitución Política y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), en la medida en que no se garantizan los derechos políticos de los servidores de elección popular”, advirtió el magistrado, Martín Bermúdez Muñoz.

En concreto, el funcionario judicial admitió que en este asunto no se ha proferido una decisión que unifique la posición del Consejo de Estado.

Por lo tanto, debe definirse cuando no haya claridad frente al precedente aplicable, o que la jurisprudencia sobre un determinado aspecto de derecho sea contradictoria o imprecisa.

Opciones

En este caso, como lo estableció la Corte Constitucional ante la falta de unidad de la jurisprudencia, los jueces deben hacer explícita la diversidad de criterios y optar por las decisiones que interpreten de mejor manera el imperio de la ley.

En su criterio, el recurso de revisión debe tramitarse porque la Corte Constitucional ya se pronunció (sentencia C-030 de 2023) sobre las sanciones de funcionarios elegidos por voto popular.

“Lo allí establecido hace tránsito a cosa juzgada, razón por la cual —de acuerdo con dicha sentencia— al juez contencioso le corresponde adelantar su trámite y precisar la regla procesal que permita que el servidor sancionado ejerza los mismos derechos previstos para la acción (o medio de control) de nulidad y restablecimiento”, explicó Bermúdez Muñoz.

¿Por qué están ‘engavetados’ procesos contra Gorky? 7 4 mayo, 2024
Facsímil fallo segunda instancia.

Control previo

En su criterio, los jueces administrativos no pueden inaplicar las normas relativas al recurso extraordinario de revisión. Tampoco es viable acudir a la excepción de inconvencionalidad.

En plata blanca, según la Corte, el esquema de juzgamiento disciplinario de servidores públicos de elección popular contemplado en la Ley 2094 de 2021 es constitucional (con algunos condicionamientos).

Esto significa, que el recurso procede de manera automática y excepcional cuando la procuraduría imponga sanciones destitución, suspensión o inhabilidad a servidores públicos elegidos popularmente que se encuentren en el ejercicio de sus funciones.

En los demás casos deberá acudirse al medio de control o acción de nulidad y restablecimiento para impugnar la sanción impuesta por la Procuraduría General de la Nación.

“Esto es así porque la Corte indicó que la reserva judicial frente a las sanciones de la Procuraduría solo se encuentra en cabeza de los funcionarios elegidos popularmente, en ejercicio del cargo”, precisó el magistrado Martín Bermúdez Muñoz.

Reglas de juego

Adicionalmente, según esas reglas del juego, las sanciones que la Procuraduría imponga al servidor se suspenderán durante el trámite del recurso de revisión, el cual finaliza con la sentencia judicial definitiva que resuelve sobre la sanción. Por tal razón, en dicha sentencia no será necesario adoptar ninguna medida dirigida a restablecer el derecho del servidor elegido popularmente.

De acuerdo con esta interpretación, en el caso de Gorky Muñoz, sancionado con destitución e inhabilidad, procede la remisión automática del proceso disciplinario, porque el ex mandatario estaba en ejercicio de sus funciones cuando fue sancionado por la Procuraduría por irregularidades en la contratación de mercados en la fase inicial de la pandemia.

Las sanciones

Gorky Muñoz Calderón y otros tres miembros de su equipo de gobierno fueron sancionados con destitución e inhabilidad el 8 de marzo de 2023, hace un año, por las anomalías en la compra de mercados para familias vulnerables.

La sanción cobijó también al secretario de Educación, Giovanny Córdoba, al director de Gestión del Riesgo, Armando Cabrera Rivera, y a su secretaria Privada Camila Mercedes Ortega, quien fungía como secretaria de la Mujer.

La destitución e inhabilidad la confirmó hace un año en primera instancia la procuradora Delegada Disciplinaria Olga Liliana Suárez Colmenares.

La funcionaria encontró graves irregularidades en el suministro de componentes nutricionales (mercados) para adultos mayores, ayuda humanitaria para habitantes de calle y el suministro de complementos alimenticios para estudiantes de escasos recursos de las instituciones educativas públicas, y anomalías en la campaña publicitaria para prevenir el coronavirus.

El 31 de marzo de 2023, la Procuraduría Delegada remitió el proceso a la Sala Disciplinaria para el de Juzgamiento de servidores públicos de elección popular.

La Sala Disciplinaria confirmó en segunda instancia la sanción de destitución e inhabilidad de Gorky Muñoz por nueve años y seis meses. Pero no pasó nada.

Faltas gravísimas
La Sala Disciplinaria consideró que Muñoz Calderón no obró amparado por error invencible, como lo aseguró su apoderado. Contrario a ello, no actuó con la diligencia necesaria para verificar por sí mismo las irregularidades que se presentaban en la contratación.

En su caso, la sanción se basó en la presencia de un concurso de faltas gravísimas atribuidas a título de culpa grave (una) y tres con culpa gravísima.

“Las conductas por las cuales fueron hallados responsables son típicas, sustancialmente ilícitas y cometidas con el grado de culpabilidad deducido a cada uno de los cuatro funcionarios sancionados”, subrayó.

El organismo confirmó igualmente las sanciones de destitución e inhabilidad por nueve años a Giovanni Córdoba, Armando Cabrera Rivera y Camila Mercedes Ortega.

Aunque la decisión de segunda instancia no tiene ningún recurso, la ejecutoria de la decisión y ejecución de la sanción quedaron en suspenso.

La misma tesis la reiteró el procurador regional Diego Tello. “A diferencia del ex alcalde de Campoalegre, quien fue sancionado cuando ya había hecho dejación del cargo, Gorky Muñoz estaba en el pleno ejercicio de sus funciones, como lo reiteró la Corte Constitucional”.

“Para que proceda la revisión automática del proceso disciplinario, el servidor sancionado debe estar en ejercicio de sus funciones”, agregó el abogado Vladimir Salazar.

“En el caso, de las sanciones futuras por los procesos en curso que no han sido fallados, a Gorky Muñoz, como no está en ejercicio del cargo, en eventuales sanciones entran en vigencia inmediata y no requieren control previo judicial”, precisó el abogado William Alvis.

En suspenso

Según Carlos García Parrado, presidente de la Sala Disciplinaria, la interrupción se produjo “por involucrar a servidores públicos de elección popular, hasta que el Consejo de Estado se pronuncie en sede del recurso de revision que opera de manera automática e inmediata”.

Este hecho, le sirvió como ‘salvavidas’ al alcalde Gorky y a los miembros de su equipo para evitar el retiro del cargo y, por lo tanto, lo ‘blindó’ para terminar su periodo de gobierno.

Incluso, esa ‘gabela’ le abrió las alas, para relanzar, con pasmosa tranquilidad, su campaña política y emprender su intensa actividad proselitista, como lo viene haciendo, desde hace varias semanas.

Según varios miembros de su antiguo gabinete, Muñoz Calderón, ha presidido este año varias reuniones, con sus antiguos colaboradores y viejos aportantes.

La fórmula que viene ambientando, según varios de sus cercanos asesores, está definida:  Su hijo Gorky Julián Muñoz Trujillo, ingeniero industrial, sería candidato a la Cámara; su padre para Senado y el ex congresista Víctor Andrés Tovar para la Gobernación. A las reuniones, habría asistido el propio Wilker Bautista, ex candidato a la Alcaldía de Neiva, quien seguramente, como Casagua, aspiraría a repetir.

¿Por qué están ‘engavetados’ procesos contra Gorky? 8 4 mayo, 2024
La campaña gorkista prendió motores.

Engavetado

El expediente disciplinario, según García Torrado, fue remitido en septiembre de 2023 al Consejo de Estado, Sala Especial de Revision, reparto, para que surta el grado de consulta.

Lo que llama la atención, es que el expediente, cumplirá en abril próximo, el primer año, sin que Sala Especial de Revisión se haya pronunciado. Hasta la fecha permanece ‘engavetado’.

En contraste, el proceso del ex alcalde de Campoalegre, Aldemar Gutiérrez, fallado el 5 de diciembre de 2023, nueve meses después, está resuelto. Increíble.

Esa excesiva lentitud del aparato judicial juega en favor del ex alcalde Gorky Muñoz Calderón, quien, pese a la destitución e inhabilidad, viene ambientando de nuevo su campaña política con la reiterada tranquilidad, según sus amigos, que “todo eso está cuadrado”.

Pero no solo, en este expediente disciplinario, la morosidad juega en su propia cancha. El proceso penal, por la irregular contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE), está paralizado desde abril del año pasado.

Acusación

La acusación fue sustentada el 22 de agosto de 2022 contra el ex alcalde Gorky Muñoz, su secretario de Educación Giovanny Córdoba Rodríguez, los tres contratistas foráneos (aportantes de la campaña) y los dos asesores jurídicos por la irregular contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) comenzando la pandemia.

La Fiscalía les imputó tres delitos: peculado por apropiación, indebida celebración de contratos y violación al régimen legal de inhabilidades e incompatibilidades.

Las conductas se habrían cometido en la celebración de varios contratos en medio de la crisis sanitaria, soportados en la figura de la “urgencia manifiesta” decretada para contener la propagación de la pandemia.

El 28 de junio de 2022 la Juez Séptima Penal Municipal de Neiva con Funciones de Garantías les dictó medida de aseguramiento (casa por cárcel).

Sin embargo, el 16 de diciembre de ese mismo año el Juez Tercero Penal del Circuito de Neiva, Juan Carlos Bolaños Motta, revocó la medida, dejándolo en plena libertad.

Quieto en primera

En desarrollo de la audiencia preparatoria, la bancada de la defensa impugnó en abril del año pasado la solicitud de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar para constituirse en víctima. Aunque se trata de una decisión, aparentemente sencilla, el expediente permanece inmóvil desde el 31 de mayo de 2023 en el Tribunal Superior de Neiva.

La demora en autorizar o no, la representación de víctimas, mantiene suspendida la audiencia preparatoria. En abril próximo se cumplirá el primer año de haberse interrumpido la audiencia preparatoria, cuya demora, jugará en el terreno de los imputados. ¿Quiénes barajan las cartas?