La Nación
Prepárese para pagar impuestos en este nuevo año 2 4 mayo, 2024
ECONOMÍA

Prepárese para pagar impuestos en este nuevo año

Aliste el bolsillo y toda la documentación, antes de finalizar el 2018 el Gobierno firmó el decreto, donde se estipulan las fechas en las que las personas y empresas tendrán que pagar impuestos en 2019.

El régimen tributario colombiano incluye los siguientes impuestos. Impuesto sobre la renta, grava en un 25% las utilidades que se dan de forma ordinaria en la empresa, pero hay casos en el que el porcentaje gravado varía. Usuarios industriales y operadores de Zonas Francas gravan al 15% y Sociedades extranjeras sin sucursal ni establecimiento permanente en Colombia al 33%.

También está el impuesto de ganancias ocasionales que grava al 10% diferentes ganancias, como loterías, herencias o enajenación de activos fijos. El controvertido impuesto al valor agregado (IVA) que grava la importación de bienes, la venta y la prestación de servicios. También está el impuesto al consumo, que es un impuesto indirecto y grava 4 sectores: telecomunicaciones, vehículos, comidas y bebidas.

Entre los impuestos locales, están los impuestos de industria y comercio (ICA), el impuesto predial y el de registro, son los impuestos locales más importantes, es decir, son gravados y administrados dependiendo de la ubicación donde se encuentre el inmueble o se desarrolle la actividad. El impuesto de industria y comercio varía del 0,2% al 1,4%, el impuesto predial del 0,3% al 3,3% y el impuesto de registro del 0,1% al 1%.

Declaración de renta

Las disposiciones en materia de declaración de renta, aplicarán para las personas naturales o sucesiones ilíquidas (conjuntos de bienes, derechos y obligaciones que deja una persona al fallecer, etc). La norma establece que las personas naturales que tendrán que declarar su renta de 2018, serán aquellas que cumplan los siguientes requisitos:

– Que el patrimonio bruto de todo el 2018 sea de al menos 149’202.000 pesos.

– Que los ingresos brutos sean de más de 46’418.000 (3’868.166 pesos al mes)

– Que los consumos con tarjeta de crédito sean de al menos 46’418.000 pesos.

– Que todas las compras y consumos hayan sido de más de 46’418.000 pesos

– Que el valor acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras hayan sido de mínimo 46’418.000 pesos en todo el año.

Calendario para pagar renta

Las fechas límites para declarar y pagar (si es el caso) entre el 6 de agosto y el 17 de octubre del 2019. Se paga según los dos últimos dígitos del número de identificación.

99 y 00: 6 de agosto de 2019

97 y 98 : 8 de agosto de 2019

95 y 96:  9 de agosto de 2019

93 y 94:  12 de agosto de 2019

91 y 92: 13 de agosto de 2019

89 y 90: 14 de agosto de 2019

87 y 88: 15 de agosto de 2019

85 y 86: 16 de agosto de 2019

83 y 84: 20 de agosto de 2019

81 y 82: 21 de agosto de 2019

79 y 80: 22 de agosto de 2019

77 y 78: 23 de agosto de 2019

75 y 76: 26 de agosto de 2019

73 y 74: 27 de agosto de 2019

71 y 72: 28 de agosto de 2019

69 y 70: 29 de agosto de 2019

67 y 68: 30 de agosto de 2019

65 y 66: 2 de septiembre de 2019

63 y 64: 3 de septiembre de 2019

61 y 62: 4 de septiembre de 2019

59 y 60: 5 de septiembre de 2019

57 y 58: 6 de septiembre de 2019

55 y 56: 9 de septiembre de 2019

53 y 54: 10 de septiembre de 2019

51 y 52: 11 de septiembre de 2019

49 y 50: 12 de septiembre de 2019

47 y 48: 13 de septiembre de 2019

45 y 46: 16 de septiembre de 2019

43 y 44: 17 de septiembre de 2019

41 y 42: 18 de septiembre de 2019

39 y 40: 19 de septiembre de 2019

37 y 38: 20 de septiembre de 2019

35 y 36: 23 de septiembre de 2019

33 y 34: 24 de septiembre de 2019

31 y 32: 25 de septiembre de 2019

29 y 30: 26 de septiembre de 2019

27 y 28: 27 de septiembre de 2019

25 y 26: 30 de septiembre de 2019

23 y 24: 1 de octubre de 2019

21 y 22: 2 de octubre de 2019

19 y 20: 3 de octubre de 2019

17 y 18: 4 de octubre de 2019

15 y 16: 7 de octubre de 2019

13 y 14: 8 de octubre de 2019

11 y 12: 9 de octubre de 2019

09 y 10: 10 de octubre de 2019

07 y 08: 11 de octubre de 2019

05 y 06: 15 de octubre de 2019

03 y 04: 16 de octubre de 2019

01 y 02: 17 de octubre de 2019

Las plataformas

Para el caso de las empresas, que tendrán una tarifa de 33% en el 2019, los plazos serán dos: los vencimientos de la primera cuota irán del 9 de abril al 10 de mayo, en tanto que la segunda será del 11 al 25 de junio.

Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM

Periodo Gravable            hasta el día

Enero de 2019             15 de febrero de 2019

Febrero de 2019          15 de marzo de 2019

Marzo de 2019             16 de abril de 2019

Abril de 2019                17 de mayo de 2019

Mayo de 2019                20 de junio de 2019

Junio de 2019                17 de julio de 2019

Julio de 2019                  16 de agosto de 2019

Agosto de 2019              17 de septiembre de 2019

Septiembre de 2019       16 de octubre de 2019

Octubre de 2019            14 de noviembre de 2019

Noviembre de 2019        13 de diciembre de 2019

Diciembre de 2019         16 de enero de 2020

 

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