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Restricciones en el porte, consumo y distribución de sustancias psicoactivas y alcohólicas.
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Prohibido el consumo de estupefacientes, se abre el debate

Un nuevo decreto que restringe de manera permanente el porte, consumo y distribución de sustancias psicoactivas y alcohólicas, durante las 24 horas de los 7 días de la semana, en espacios públicos de Neiva, ha sido aplaudido por gran parte de la ciudadanía. Sin embargo, también ha generado inconformismo para algunos jóvenes que lo catalogan como un plan de choque drástico y agresivo.

 

Johan Eduardo Rojas López

Periodistamultimedia4@lanacion.com.co

 

La Alcaldía de Neiva, liderada por German Casagua, ha decidido adoptar decisiones contundentes en contra del porte, consumo y distribución de sustancias psicoactivas y alcohólicas en espacios públicos de la capital huilense. Así se dio a conocer a través del decreto 0204 de 2024 con el que, según la administración, buscan proteger el tejido social de las familias que ya no podrían privilegiarse de este tipo de entornos.

José Ferney Ducuara Castro, secretario de Gobierno, detalló que esta medida preventiva en materia de seguridad y convivencia fue aprobada en un Consejo de Seguridad y corresponde a las múltiples solicitudes de la comunidad. Con lo anterior, buscan que los espacios públicos sean utilizados por los menores de edad y no por los consumidores de drogas.

“Hoy tenemos una queja reiterada de la ciudadanía que nos informa que muchas veces van a tener un encuentro en un lugar público y no pueden hacerlo por esta misma razón. Si hay personas que tengan que consumir droga por cuestiones medicinales, pueden acudir a la ruta de atención que tiene la Secretaría de Salud”, afirmó el funcionario.

Dosis mínima

De ser incumplida esta normatividad tanto en la zona rural como urbana, se impondrán multas y, de hecho, podría enfrentarse a procesos penales y la judicialización.

Entre tanto, si se trata de la dosis permitida dentro de los perímetros de lugares establecidos en el presente decreto, los uniformados de la Policía Nacional ordenarán a la persona, el retiro de la zona y se procederá a la destrucción del bien y multa tipo 4. “La dosis mínima será respetada por mandato legal, pero no es para que lo hagan en cualquier sitio afectando los derechos de los demás ciudadanos”, agregó.

Aunque el decreto expedido el día 4 de marzo ya empezó a regir, la administración municipal va a realizar una labor de sensibilización y pedagogía, que tiene como finalidad no tener que aplicar ningún tipo de sanción.

Sin fecha de caducidad

Además, con esta decisión que no tiene fecha de caducidad y es indistinta de las edades conforme a la legislación colombiana vigente, han priorizado las comunas 6, 7, 8, 9 y 10, porque es donde más se vienen presentando este tipo de flagelos.

‘Hasta que por fin’

Zoilo Chaux Jaramillo, vicepresidente ejecutivo de Confenalpadres, celebró esta determinación que ha tomado el gobierno local e invitó a la ciudadanía a apoyar este tipo de acciones realizando las respectivas denuncias y cooperando con las autoridades competentes.

“En primer lugar, queremos felicitar y agradecer al señor alcalde porque nos parece que es una medida muy importante que beneficia a la ciudad y de esta manera, se crea un ambiente muy favorable para que los niños y jóvenes asistan a los diferentes espacios públicos sin encontrarse con personas expendiendo o consumiendo este tipo de sustancias”, insistió.

Dejó claro además, que esta medida la venían esperando desde periodos gubernamentales pasados y hasta ahora, luego de que la situación ha cogido vuelo, es una realidad, por lo tanto, la apoyará de frente y sin reparos.

Facsímil del decreto 0204 del 2024.
Facsímil del decreto 0204 del 2024.

Inconformismo

Cristian Camilo Gutiérrez Rodríguez, presidente del Consejo Municipal de Juventud de Neiva, aseguró que esta media lo sorprende, toda vez que considera que es muy drástica y exagerada y, de hecho, raya en la discriminación de las personas que consumen con fines recreativos.

“Creo que atenta un poco contra el libre desarrollo de la movilidad de nosotros como individuos jóvenes; cae de sorpresa el tema del consumo del alcohol ya que si bien es cierto es un elemento que tiene tolerancia y genera dependencia, pues es legal. De pronto en la sustancia psicoactiva, tiene cabida la ley, pero igual me parece drástica”, expresó.

Indicó también que de acuerdo a los altos índices de violencia que existen en la ciudad, más que atacar al joven consumidor, se debería arremeter contra los lazos criminales que actúan en Neiva. “Así como se generan medidas de choque, también se debe pensar en aquellas personas que ya lo están haciendo; así que decirle al gobierno municipal que no expidan este tipo de medidas tan agresivas. Otra cosa que me sorprendió mucho es el tema del porte, ya que si bien es cierto, el consumo y expendio es ilegal, el porte no lo es”, añadió Gutiérrez Rodríguez.

Bajo esta lógica, para el presidente del Consejo Municipal de Juventud de Neiva, se estaría denigrando a algunos jóvenes e incluso le parece una decisión contradictoria con las políticas que ha establecido el Gobierno Nacional.

Lugares específicos de restricción

La restricción de manera permanente en el porte, consumo y distribución de sustancias psicoactivas y alcohólicas, durante las 24 horas de los 7 días de la semana se dará así: instituciones educativas y en un área de 100 metros en el entorno de la institución del nivel inicial, preescolar, básica y media; instituciones de salud, parques públicos, escenarios deportivos, bibliotecas públicas y en un área de 100 metros de su entorno y en ciclo rutas y las jornadas de ciclovías que se realicen.

¿Qué pasará con los menores de edad?

Los menores de edad que sean sorprendidos consumiendo o bajo los efectos de sustancias psicoactivas o bebidas alcohólicas deberán ser conducidos ante el defensor o comisario de familia para que se adelante el procedimiento correspondiente.

Asimismo, los menores de 14 años que sean utilizados para estas actividades deberán ser sometidos al proceso de restablecimiento de derechos regulado en la Ley 1098 de 2006. Sin perjuicio de las sanciones aplicables a los padres o tutores según las normas vigentes y la medición del perímetro se toma desde los linderos del espacio público objeto de restricción.

¡Denuncie!

Se podrá solicitar asistencia a la Policía Nacional en la línea 123 en donde se permite la reserva de identidad para que no se expongan a un acto de intimidación por parte de las personas que están cometiendo estos actos indecorosos.

Propiedad horizontal

Las copropiedades sometidas al régimen de propiedad horizontal podrán solicitar asistencia a la Policía Nacional para que esta, dentro del marco de su competencia, garantice para el cumplimiento de las disposiciones que la copropiedad haya podido adoptar para la prohibición del consumo de sustancia psicoactiva o bebidas alcohólicas y/o embriagantes en las áreas de las zonas comunes.

Medidas correctivas

Comportamientos

Medida correctiva a aplicar
Artículo 34 numeral 3 Multa General tipo 4, Destrucción del bien
Artículo 34 numeral 6 Multa General tipo 4, Destrucción del bien
Artículo 140 numero 13 Multa General tipo 4, Destrucción del bien
Artículo 140 numeral 14 Multa General tipo 4, Destrucción del bien