La Nación
 Reviven desacato por demoras en la construcción de la PTAR en Neiva 1 29 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

 Reviven desacato por demoras en la construcción de la PTAR en Neiva

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

Las gestiones emprendidas por las Empresas Públicas de Neiva  no han sido suficientes ni efectivas para garantizar la construcción y operación de las tres plantas de tratamiento de aguas residuales, ordenadas para contener la  grave contaminación del río Magdalena.

Después de 14 años de impartida la orden, los avances son insignificantes y aún persiste la grave vulneración de los derechos colectivos, entre otras razones, según el Consejo de Estado, por la falta de  los estudios y diseños requeridos, pero ante todo por negligencias y falta de gestión de los gerentes de las Empresas Públicas.

“Si bien la anterior gerente de EPN Cielo Ortiz Serrato adelantó algunas gestiones para la concreción de los diseños de la planta de tratamiento, lo cierto es que son insuficientes ante la totalidad de los deberes a su cargo”, precisó el consejero de Estado Roberto Augusto Serrato.

Entre otros, no avanzó en la adquisición de los predios necesarios para la construcción de la PTAR;  la elaboración de los diseños definitivos de la obra hidráulica; el trámite de la licencia ambiental requerida para su desarrollo; y, finalmente la formulación de los documentos precontractuales y contractuales necesarios para tal efecto.

“En este orden de ideas- concluyó- esta Sala encuentra que el incumplimiento de la citada orden judicial, en tiempos recientes, se deriva de una actuación negligente de Cielo Ortiz Serrato, en su calidad de gerente de la sociedad Empresas Públicas de Neiva”.

En veremos

Luego de examinar las gestiones emprendidas y el incumplimiento del cronograma establecido para la construcción de las obras, el Consejo de Estado, ordenó el trámite inmediato de un nuevo incidente de desacato, tramitado en el 2012 por el dirigente cívico Gustavo Mora Perea.

Atendiendo esa orden perentoria,  el Tribunal Administrativo del Huila inició el nuevo incidente de desacato contra las Empresas Públicas de Neiva, y en particular, contra la actual gerente Gloria Enid Perdomo.

Adicionalmente, el Consejo de Estado notificó al alcalde Rodrigo Lara Sánchez “con el fin de que adopte los correctivos del caso ante la persistencia de la grave vulneración de los derechos colectivos”.

El alto tribunal compulsó copias a la Procuraduría General de la Nación para que establezca si la conducta de la ex gerente Cielo Ortiz puede ser constitutiva o no de falta disciplinaria.

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El cronograma no se ha cumplido y hoy no existen ni siquiera los diseños

 Primer desacato

El trámite incidental de desacato fue promovido en el 2012 por Gustavo Mora Perea, presidente de la Asociación de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios del Departamento del Huila.

El dirigente cívico consideró que las autoridades comprometidas han incumplido desde el 2005 el fallo que ordenaba la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas residuales.

La sentencia de primera instancia proferida  el 27 de junio de 2005 ordenaba a la Alcaldía de Neiva, EPN, Gobernación del Huila, Cam y Cormagdalena la construcción del sistema de tratamiento aguas residuales en Neiva.

Las entidades vinculadas en una acción popular debían ejecutar a más tardar en el año 2011 al menos una de las tres plantas de tratamiento proyectadas y antes de finalizar el año 2015, tenían la obligación de garantizar una solución completa al problema de contaminación por aguas residuales que el municipio de Neiva descarga al río Magdalena sin ningún tratamiento.

La decisión fue confirmada por el Consejo de Estado el 11 de junio de 2009. Sin embargo, nunca se cumplió. El cronograma cobró vigencia a partir  del 28 de noviembre de 2013. Hasta la fecha  la obra sigue en cero.

Embolatada

Después de este tiempo ni siquiera está terminado el estudio y diseño para tramitar las correspondientes licencias requeridas para su construcción para hacer efectiva la cofinanciación.

La construcción del sistema de tratamiento de aguas residuales sigue  aún ‘embolatada’, lo que originó el nuevo incidente de desacato.

Luego el 13 de marzo de 2018 el Tribunal Administrativo del Huila sancionó a Cielo Ortiz Serrato, en su calidad de gerente de las Empresas Públicas de Neiva por desacato.

En esa fecha le impuso una multa equivalente a 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes por no haber atendido la orden judicial impartida por esa corporación que le ordenaba la construcción de la PTAR en un plazo perentorio.

Al ser apelada, el Consejo de Estado, encontró válida la argumentación para ordenar un nuevo incidente de desacato.

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Las gestiones emprendidas por la ex gerente Cielo Ortiz no fueron suficientes. Tampoco cumplió con el cronograma previsto durante su gestión.

Poca gestión

Según el organismo, la señora Ortiz Serrato durante los primeros nueve meses de su gestión no realizó ningún trámite.

En los primeros 12 meses de gestión, únicamente contrató  por intermedio de la subgerente administrativa y financiera, a la Asociación Colombiana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental  (Acodal), para que brindara apoyo a la supervisión y conceptuara acerca de la información técnica y financiera de las alternativas de tratamiento, estudios y diseños de la Ptar, presentados por el Consorcio Neiva 2009, en virtud del contrato de consultoría No. 015 de 2009 y otrosí No. 003 de 2011.

Con ocasión de este contrato, se identificaron falencias en los diseños de la obra hidráulica producto de la consultoría No. 015 de 2009.

El 2 de febrero de 2017, el Consorcio Neiva 2009 consideró que no le correspondía acatar dichos requerimientos en tanto excedían su objeto contractual. Esta postura fue respaldada por la Asociación Colombiana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental, en memorial de 7 de abril de 2017, toda vez que esos productos ya habían sido aprobados por la supervisión.

Para la actualización de los diseños finales de la Ptar se suscribieron los contratos de consultoría e interventoría No. 009 de 2017 y 005 de 2017, cuyo plazo de ejecución culminó el 19 de abril de 2018.

Curiosamente, en esta fecha venció el plazo otorgado a EPN para cumplir con dos de las cuatro labores a su cargo, esto es, el diseño a nivel de proyecto de la alternativa seleccionada para la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales y el trámite de la licencia ambiental ante la Agencia Nacional de Licencias Ambientales requerida para su construcción.

“Sin embargo, la señora Cielo Ortiz Serrato no se pronunció sobre el asunto, lo que denota un proceder negligente y totalmente descuidado en relación con el cumplimiento de las órdenes judiciales”, observó el consejero de Estado, Serrato Valdés.

Tampoco  hubo un acompañamiento activo respecto de sus obligaciones relacionadas con la adquisición del terreno necesario para su construcción  y la preparación de los documentos precontractuales y contractuales para la construcción de obra de saneamiento hídrico.

En criterio del alto tribunal el carácter diligente de las acciones emprendidas se verifica efectivamente no sólo por las gestiones realizadas, sino que aquellas fuesen conducentes a lograr el cumplimiento de la totalidad de la orden judicial a cargo de la entidad condenada por la vulneración de los derechos colectivos.

Exonerada

Sin embargo, a pesar del incumplimiento, la eximió de la sanción pecuniaria por haber hecho dejación del cargo a finales de julio del año pasado. Por la misma razón  fueron exonerados sus antecesores Juan Carlos Herrera Gutiérrez y Aurelio Navarro.  Lo mismo que los alcaldes, gobernadores de la época y otros funcionarios vinculados en la orden judicial (Ver recuadro)

“No resulta procedente imponerle sanción pecuniaria alguna, en tanto no funge, en la actualidad, como representante legal de la entidad incumplida”, ya que en su criterio la finalidad del desacato no es la imposición de una sanción en sí misma, sino perseguir el cumplimiento de una orden judicial,

En sentido precisó que debido a su separación del cargo, ya no tienen la posibilidad real y cierta de efectuar todas las actuaciones tendientes a efectivizar la orden de amparo.

En consecuencia el Consejo de Estado revocó la sanción y le ordenó al Tribunal Administrativo que inicie  de manera inmediata, un nuevo incidente de desacato en contra de la actual gerente Gloria Enid Perdomo Quiroga.

Adicionalmente, el alto tribunal notificó al alcalde Rodrigo Lara Sánchez “con el fin de que adopte los correctivos del caso ante la persistencia de la grave vulneración de los derechos colectivos”.

El alto tribunal compulsó copias a la Procuraduría General de la Nación para que establezca si la conducta de la ex gerente Cielo Ortiz puede ser constitutiva o no de falta disciplinaria.

Finalmente instó al Tribunal Administrativo del Huila para que continúe el trámite de cumplimiento y adopte las medidas que estime pertinentes con miras a lograr la protección de los derechos colectivos, como quiera que han transcurrido más de diez sin que Empresas Públicas de Neiva haya cumplido a cabalidad al menos uno de los compromisos globales a su cargo.

El Consejo de Estado estimó que persiste la grave vulneración de los derechos colectivos amparados en la sentencia de 22 de febrero de 2005, confirmada por la Sección Primera del Consejo de Estado, en la providencia de 11 de junio de 2009.

Acatando esa orden impartida por el máximo organismo jurisdiccional del país, el magistrado Jorge Alirio Cortés, reinició un nuevo incidente de desacato, en este caso, contra la actual gerente de la entidad, Gloria Enid Perdomo por el presunto incumplimiento de las órdenes judiciales.

La funcionaria quien asumió el cargo el primero de agosto de 2018 ya presentó los descargos por las demoras ocasionadas por sus antecesores.

Actualmente, el nuevo incidente se encuentra en el respectivo trámite procesal mientras la obra, necesaria para frenar la contaminación del río Magdalena, sigue en inconcebible espera.

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Aurelio Navarro y Juan Carlos Herrera fueron exonerados por estar por fuera de sus antiguos cargos.

Sancionados y exonerados

Por desatender la orden judicial, el 20 de septiembre de 2016 el Tribunal Administrativo del Huila sancionó con una multa convertible en arresto a los ex gerentes de Empresas Públicas de Neiva, Juan Carlos Herrera y Aurelio Navarro, como supuestos responsables por la demora en la ejecución de las obras, contrariando expresamente una orden judicial proferida hace once años.

La sanción, consistente en una multa de 30 salarios mínimos, un poco más de 21 millones de pesos por desacatar la orden judicial. En grado jurisdiccional de consulta, el 2 de junio de 2017, el magistrado instructor confirmó parcialmente la decisión y revocó las sanciones impuestas a los ex gerentes, Juan Carlos Herrera Gutiérrez y Aurelio Navarro Cuéllar en razón a que ya no ejercían el cargo.

Por las mismas razones fueron exonerados los exalcaldes de Neiva Héctor Aníbal Ramírez Escobar y Pedro Hernán Suárez Trujillo, los exgobernadores Luis Jorge Pajarito Sánchez García, Cielo González Villa, Luis Guillermo Vélez Cabrera, Julio César Triana Quintero y Carlos Mauricio Iriarte, inicialmente vinculados al proceso.

También fueron eximidos  Rey Ariel Borbón Ardila, Alberto Vargas Arias, Alaín Hoyos Hernández y Carlos Alberto Cuéllar Medina, quienes han ejercido el cargo de director general de la Cam y los directores y exdirectores de Cormagdalena, Horacio Arroyave Soto, Juan Gonzalo Botero, Juan Manuel Guzmán  y Augusto García Rodríguez.

Según el magistrado Jorge Alirio Cortés, los vinculados concurrieron a la cofinanciación de la compra del terreno en el marco de sus competencias. “En tales condiciones- dijo- no se avista responsabilidad de quienes fungieron como titulares o representantes legales del municipio de Neiva, departamento del Huila, Cam y Cormagdalena”.