La Nación
La ‘guaca’ millonaria que busca el coreano 1 26 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

La ‘guaca’ millonaria que busca el coreano

Increíble. El comerciante coreano Jim Hoan Ju, investigado por minería ilegal, reclama ahora, una indemnización por 23.756 millones de pesos por el desmonte de su actividad en el norte del Huila. 

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

El comerciante coreano, Jim Hoan Ju, sancionado en Colombia, por minería ilegal, encontró en las entidades del Estado una  verdadera ‘guaca’ para recuperar el dinero que no logró con la minería ilegal en el norte del Huila.

Aunque parezca una inconcebible paradoja el extranjero intenta por vía judicial recuperar el complejo minero, desmantelado hace diez años. Además, sin haber cumplido con los planes de restauración en las zonas afectadas pretende una astronómica indemnización, supuestamente, por el decomiso de la maquinaria y la suspensión definitiva de la actividad ilegal. Esta sería su verdadera ‘mina de oro’ que se abre paso.  LA NACIÓN le siguió los pasos.

La multimillonaria demanda fue presentada contra los ministerios de Minas y Energía; de Ambiente; Agencia Nacional de Minería;  Servicio Geológico Colombiano y la Corporación Autónoma del Alto Magdalena (CAM), en su criterio, llamadas a responder por los resultados del primer operativo nacional conjunto contra la minería ilegal.

La ‘Operación Gaitana I’ fue ejecutada por una unidad especial de la Policía de Carabineros y Seguridad Rural con la participación de funcionarios del Ministerio del Medio Ambiente, Ingeominas, Ideam, Dian y efectivos de la Policía Fiscal y Aduanera.

El envolvente operativo fue ejecutado durante dos días el 22 y 23 de febrero de 2011 en la vereda Albadán, en el municipio de Rivera, convertido en el centro de las operaciones de extracción de oro a gran escala en el norte del Huila.

La explotación ilegal se había concentrado en el predio ‘El Arrayán’ (conocido como Isla del Sol), ubicado en la vereda Llano Grande, municipio de Campoalegre.

La explotación se realizaba sin tener títulos mineros, ni permiso de autoridad competente, causando graves impactos al medio ambiente. Por estas actividades se adelantaron 13 procesos sancionatorios contra propietarios de los terrenos y otras personas que laboraban en esa actividad, todos en firme.

Reclamaciones

Sin haber cumplido con el plan de restauración, el infractor coreano, alegando que tenía un contrato con los dueños de los predios, solicitó la nulidad de todas las medidas impuestas en el proceso sancionatorio  adelantado por la CAM por daño ambiental seguido en su contra y por lo tanto reclamó una millonaria indemnización.

El demandante estimó los perjuicios en la suma de 23.756 millones de pesos, sin indexar, así como el levantamiento de las medidas cautelares que le prohibieron la continuidad de sus actividades.

Además, solicitó el levantamiento del decomiso y las medidas previas decretadas y la devolución de la maquinaria decomisadas en las diligencia

La demanda fue admitida el 21 de octubre de 2013 por el Consejo de Estado, pero finalmente, regresó al Huila por competencia, donde actualmente se viene tramitando.

El extranjero argumentó que había suscrito un acuerdo con los propietarios de los terrenos para adelantar la explotación de oro.

A su vez, los propietarios de los terrenos habían solicitado el permiso a Ingeominas seccional Ibagué, a través de un formulario simplificado de legalización de explotaciones mineras, en el citado predio.

La empresa ‘Koreanas’ dirigida por Jim Hoan Ju se había convertido en un emporio dedicado a la extracción  ilícita de oro, a gran escala, a cielo abierto, utilizando maquinaria pesada, con una fuerza laboral de 300 operarios en varios municipios del Huila.

Según el Ideam, la empresa utilizaba sustancias de alta toxicidad como cadmio, cromo y mercurio, para las actividades mineras.

Las explotaciones ilegales se localizaron en varios municipios del Huila como Campoalegre, Palermo, Neiva y Yaguará, dejando a su paso, daños ambientales irreparables.

 

La sanción

La CAM le impuso en junio de 2012 una millonaria multa, pero además, la obligó a ejecutar un riguroso plan de restauración en las zonas afectadas por la extracción mecanizada, que hasta el momento no se ha cumplido.

La sanción aun sin cumplir, quedó consignada en la Resolución 0176 de 2012 suscrita por Rodrigo González Carrera, quien fungía como director de la zona norte.

Según el ex funcionario, “quedó real y efectivamente demostrado que la empresa Koreanas y su propietario Jim Hoan Ju efectuaron las explotaciones auríferas en la mina “causando graves afectaciones al medio ambiente y a los recursos naturales, con consecuencias jurídicas irreparables, lo que los hace responsables de violación a normas legales”.

La autoridad ambiental declaró responsable de la actividad ilícita y de los daños ambientales a la empresa Koreanas Ltda y a su propietario Jim Hoan Ju.

La CAM le impuso a la empresa Koreanas una multa de 859 millones de pesos como infractor ambiental. También ordenó el decomiso definitivo de los elementos utilizados para perpetrar el daño ambiental, entre ellos, 13 retroexcavadoras, dos dragas y una motobomba.

La autoridad ambiental ordenó el cierre definitivo de las actividades mineras en el predio Isla del Sol y los conminó a realizar un riguroso plan de restauración ambiental en la zona afectada, hasta la fecha no ejecutado.

El proceso administrativo sancionatorio, quedó en firme y  quedó ejecutoriado el 27 de abril de 2012.

La directora de Autoridad Nacional Licencias Ambientales (Anla) respaldó las medidas de la CAM y mantuvo intacta la suspensión de las actividades (Resolución  No. 0331 del 25 de febrero de 2011).

Objeciones

El Ministerio de Minas objetó la reclamación, argumentando que no tiene relación ni formal ni material con la situación planteada en la demanda.

Lo mismo ocurrió con las demás entidades estataes. La Agencia Nacional de Minería, estimó que en su criterio, no es la llamada a satisfacer las solicitudes del demandante. “Este asunto, no permite concluir que efectivamente exista o haya existido una participación real de esta entidad dentro de los hechos que dieron origen a la presente demanda y menos en los actos administrativos cuya nulidad se demanda”.

La entidad impugnó la no prosperidad de las excepciones previas que formuló. Por esa razón, el recurso admitido ayer pasó al Consejo de Estado para dirimir su inconformidad.

“Lo anterior se traduce en facultar y legitimar a todas estas entidades para intervenir en el trámite del proceso y como quiera que la legitimación material en la causa es presupuesto material de la sentencia, será allí donde se definirá su situación jurídica en el presente asunto de estos demandados”, explicó el magistrado Enrique Dussán Cabrera.

Extinción

Separadamente, un Juzgado Penal del Circuito Especializado de Neiva adelanta el proceso de extinción de dominio, tanto de los predios objeto de la intervención, como de la maquinaria utilizada para la explotación minera ilegal.

Evasión

En la misma época la Dian le impuso una sanción por el no pago del impuesto de renta y por irregularidades detectadas en la contabilidad.  La Dirección de  Impuestos Nacionales le exigió el del impuesto de renta del año 2010 por un valor de $138,50 millones de pesos, más los respectivos intereses y decretó como medida previa el embargo de dineros de la empresa Koreanas.

El 21 de febrero de 2012 decretó el embargo del establecimiento comercial de Koreanas.

 

La ‘guaca’ millonaria que busca el coreano 7 26 abril, 2024
Las explotaciones ilegales generaron graves daños ambientales en Campoalegre, Palermo, Neiva y Yaguará.

 

Infractor renuente

El ciudadano oriental reporta otras cuatro sanciones por similares infracciones. En el 2004 fue sancionado por explotaciones ilegales en las veredas Cedro Damitas (en Íquira). Ese mismo año fue sancionado por similares hechos en las veredas El Molino, Palmito y otras en Tesalia. Otra sanción se le impuso en el 2004 por explotaciones ilegales en otras regiones de Tesalia. Finalmente en el 2010 fue sancionado por actividades similares realizadas en la vereda Río Frío en Rivera.

Fallida restauración

Sin haber cumplido las medidas de recuperación de la zona, insiste en la devolución de los equipos.  El empresario oriental fue conminado a realizar un plan de restauración en la zona afectada y mitigar los daños ambientales ocasionados. Diez años después la medida sigue sin cumplirse.

El plan incluía acondicionamiento de la superficie del terreno, remodelado, relleno, recuperación del suelo y usos del suelo, medidas para prevenir la erosión, sedimentación, inestabilidad e inundaciones, medidas de protección del paisaje, estudio de impacto ambiental sobre los recursos naturales y medidas previstas para su protección.

El infractor asiático, debía acometer un proyecto de almacenamiento de  residuos mineros y sistemas previstos para mitigar el deterioro ambiental.

La autoridad ambiental ordenó un plan de revegetación con sistemas  de arranque, acopio y tratamiento previo de la tierra vegetal; creación de un nuevo suelo, extendido de la tierra vegetal en taludes y plataformas, así como acciones para prevenir la contaminación de aguas subterráneas, entre otras acciones que jamás se ejecutaron.

Por ahora, la autoridad ambiental, antes que ordenar la ejecución del plan, se defiende de la demanda como las demás entidades comprometidas.